Proponen eliminar funciones electorales | El Nuevo Siglo
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Jueves, 15 de Marzo de 2018
Redacción Política
Hasta ahora eligen los aspirantes a la Procuraduría General y la Auditoría
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Un proyecto de reforma constitucional para eliminar las funciones electorales que tienen las Altas Cortes, fue radicado por el Presidente del Consejo de Estado Germán Bula Escobar. Se trata de eliminar las facultades para elegir aspirantes a la Procuraduría General de la Nación y la Auditoría General de la República.

Bula explicó que el texto del proyecto se aprobó en Sala Plena de la Corporación, por mayoría, sobre un asunto que “no daba más espera".

“Era importante mostrar la voluntad real del Consejo de Estado en esta materia. Hay una discusión sobre si estas funciones son propias de los jueces y hemos visto con preocupación que se ha abierto paso en la opinión pública la idea de que defendemos a capa y espada esas funciones electorales, como si fuera el interés propio de cada uno de los magistrados y no es así", dijo Bula.

El magistrado señaló que no se trata de una reforma a la justicia, sino específico de las funciones electorales que se les entregaron en la Constitución de 1991.

Se conoció que varios magistrados están en desacuerdo con este proyecto, por estimar que el Consejo de Estado caería en un protagonismo.

El tema ya ha estado en la agenda pública con la propuesta de la reforma a la Justicia anunciada por el ministro de Justicia, Enrique Gil Botero.

En el 2014 el presidente Juan Manuel Santos también había lanzado algunas sugerencias durante la posesión de uno de los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, sobre la necesidad de eliminar dichas funciones electorales debido a que distaría a los magistrados y les haría perder tiempo en temas burocráticos.

La iniciativa contempla que la vigilancia de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República se ejercerá por un auditor elegido para períodos de dos años por la Cámara de Representantes, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública adelantada con base en lo dispuesto en el artículo 126 de la Constitución Política, y no podrá ser reelegido ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento de su periodo.

Se propone que el Procurador General de la Nación será elegido por el Senado de la República, para un período de cuatro años, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública adelantada con base en lo dispuesto en el artículo 126 de la Constitución Política, y no podrá ser reelegido ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento de su periodo.

Y señala que compete a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia adelantar en única instancia los procesos disciplinarios que se promuevan contra el Procurador General de la Nación. El Consejo de Estado conocerá de los procesos contra los actos emitidos por la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de la función disciplinaria señalada.

El Proyecto de Acto Legislativo que se somete a consideración del Congreso de la República tiene como finalidad fortalecer la independencia y autonomía de la Rama Judicial, alejándola de posibles distractores de su misión funcional de administrar justicia como es su intervención en el proceso de elección de funcionarios que no integran la Rama, específicamente el Procurador General de la Nación y el Auditor ante la Contraloría General de la República.