Glifosato: Gobierno listo para citar el Consejo Nacional de Estupefacientes | El Nuevo Siglo
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Viernes, 16 de Abril de 2021
Redacción Política

La entidad deberá preparar un borrador de acto legislativo para retomar la aspersión aérea de cultivos ilícitos y tras la etapa de comentarios dar la orden para que despeguen las avionetas que fumigarán

Todo parece indicar que al ministro de Defensa, Diego Molano, le fallaron los cálculos cuando dijo que este mes despegarían las primeras avionetas para reanudar las aspersiones aéreas de cultivos ilícitos.

Sin embargo, también cada vez es más claro que dicho error de cálculo fue solo de unos cuantos días o, a lo sumo, un par de semanas, porque según pudo verificar EL NUEVO SIGLO, el Gobierno ya está listo para convocar al Consejo Nacional de Estupefacientes.

Terminada la primera mitad del mes de abril todavía no hay fecha tentativa para esa citación, que debe hacerla el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, o la viceministra de Política Criminal, Diana Abaunza, quienes de acuerdo con los decretos 1206 de 1973 y 1188 de 1974 presiden el Consejo Nacional de Estupefacientes, con el director de Política de Drogas, Andrés Orlando Peña, en la Secretaría Técnica.

Como se sabe esta semana la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), a partir de una solicitud de la Policía Nacional hecha en 2019, modificó el Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato (Pecig) con lo que no se reanuda el programa, aclaró la propia entidad a través de un comunicado, porque esa decisión le compete exclusivamente al Consejo Nacional de Estupefacientes.

La ANLA precisó que el PMA ha estado vigente desde 2001 y continúa estándolo para actividades no relacionadas con aspersión aérea, apuntando que lo autorizado el miércoles es una modificación que incluye “más medidas de manejo y un programa de seguimiento y monitoreo más detallado, para que en caso de que se reanude la actividad se logre un mayor control sobre los efectos ambientales en los componentes hídricos, bióticos y socioeconómicos, entre otros”.



 

De otra parte, voceros del Instituto Nacional de Salud (INS) le han expresado a varios medios de comunicación que ya entregó su concepto, que consiste en un análisis de la evaluación de riesgo en diferentes escenarios.

Estos dos puntos cumplen con parte de las exigencias de la Corte Constitucional para retomar la aspersión aérea, a los que se suma la expedición el lunes del decreto 380 de 2021, que es una regulación elaborada por el Ministerio de Justicia, es decir por una entidad distinta a la que ejecutará el Pecig, que es la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional (Dirán), y al mismo tiempo el establecimiento de un mecanismo para recibir las quejas de los ciudadanos por posibles afectaciones derivadas de la aspersión, a cargo de la ANLA, el Ministerio de Salud, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda).

Citación

Con estos elementos, ya el Consejo podría ser citado para tramitar la parte final de la reanudación del Pecig.

El decreto 380 ordena que la ejecución del Pecig la hará la Dirán con base en un acto administrativo expedido por el Consejo Nacional de Estupefacientes, en el cual se disponga la destrucción de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea.

El proyecto de ese acto administrativo deberá ser publicado en el sitio web que disponga la Dirección de Política de Drogas (probablemente la del Ministerio de Justicia), dependencia que dará respuesta a las observaciones de los ciudadanos o grupos de interés sobre la decisión de reanudar o no la destrucción de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea. Los argumentos se darán a través del informe de observaciones y respuestas que será publicado durante el término que disponga el Consejo Nacional de Estupefacientes.

Según el decreto 380, antes de proceder a la aspersión el Consejo Nacional de Estupefacientes debe definir el ámbito territorial donde se ejecutarán los programas y, en todo caso, debe excluir las áreas del Sistema Parques Nacionales Naturales y los Parques Naturales Regionales, los ecosistemas estratégicos como páramos, humedales categoría Ramsar y manglares, los cuerpos de agua y los centros poblados.

Para hacer un control independiente respecto de los parámetros operacionales del programa, el Ministerio de Justicia, por decisión del Consejo Nacional de Estupefacientes, puede celebrar contratos o convenios. El alcance de este control independiente lo definen los ministerios de Justicia y Salud, en el marco de sus competencias.



 

Decreto

El decreto establece que el Consejo Nacional de Estupefacientes, para evaluar la eficiencia y eficacia de las medidas y la protección de la salud y el medioambiente, puede ordenar pilotos de aspersión para establecer la procedencia de su ejecución.

El texto establece que cuando la ejecución del programa pueda afectar directamente a comunidades étnicas debe adelantarse el proceso de consulta previa.

La Policía deberá enviar un informe mensual a la ANLA, al ICA y a Fonvivienda sobre las áreas en las que haya asperjado.

Las aspersiones con glifosato fueron suspendidas desde octubre de 2015 en atención a un informe de una agencia adjunta a la Organización Mundial de la Salud (OMS), que alertó sobre los posibles riesgos cancerígenos del herbicida.

Fumigación

La restricción luego sería ratificada por la Corte a través de la Sentencia T-236 de 2017, en la que advirtió que, bajo el principio de precaución, no se podían retomar las aspersiones aéreas, pues no había evidencia científica concluyente que comprobara que el químico no era lesivo para la salud humana, las fuentes hídricas y los cultivos legales.

Sin embargo, desde agosto de 2018 el Gobierno inició una gestión ante la Corte para que revisara el tema, bajo la tesis de que existían estudios que verificaban que el glifosato no era cancerígeno y también se podían implementar mecanismos para disminuir los daños colaterales, preservando la salud de las personas, las fuentes de agua y el entorno natural.

Tras una audiencia a comienzos de 2019, en julio de ese año la Corte reiteró su jurisprudencia sobre la restricción a las fumigaciones aéreas con el glifosato, pero aclaró que podían retomarse si el Gobierno cumplía con un estricto protocolo sanitario y ambiental de seis condiciones, que debía ser aprobado por el Consejo Nacional de Estupefacientes.

Desde entonces el Ejecutivo viene trabajando en un protocolo para desarrollar el Pecig de manera segura, atendiendo los requerimientos de la Corte, especialmente lo que tiene que ver con la protección a la salud de las personas y el medioambiente.