Justicia & ambiente | El Nuevo Siglo
Viernes, 6 de Abril de 2018
  • Avalada ley sobre el Acuerdo de París
  • Amazonía, región “sujeta de derechos”

 

El próximo 22 de abril se celebrará a nivel global el Día de la Tierra. En Colombia se preparan una serie de actos para relievar no sólo que nuestro país es una de las potencias mundiales en materia de biodiversidad, riqueza hídrica y de recursos naturales, sino para llamar la atención sobre el avance incontenible en la depredación de los mismos. En la antesala de esa fecha, los máximos tribunales de justicia han emitido dos sentencias que están destinadas a ser eje de la nueva política ambiental del Estado.

En primer término, la Corte Constitucional declaró ajustada al orden jurídico interno la ley 1844 de 2017, mediante la cual Colombia adoptó el Acuerdo de París firmado hace dos años en París y que señala las metas globales y nacionales en materia de combate, mitigación y adaptación al cambio climático.

De esta forma todo el aparato institucional y los próximos gobiernos, sin importar su tinte político, quedan obligados a implementar planes dirigidos a cumplir las metas sobre reducción de gases de efecto invernadero y otras directivas más sobre preservación ambiental en el corto, mediano y largo plazos.

No hay que olvidar que Colombia está considerada, por su ubicación geográfica y cantidad de recursos naturales, como una de las naciones con mayores índices de vulnerabilidad a los efectos del calentamiento global. Así las cosas, no sólo deben reforzarse todos los esquemas de protección de reservas, bosques tropicales, acuíferos, riqueza forestal, fauna, océanos y demás elementos biodiversos, sino que las políticas de desarrollo sostenible y explotación racional de recursos naturales no renovables tienen que convertirse en marco de acción tanto del sector público como del privado, y de la población en general. Como lo hemos reiterado desde estas páginas, la legislación ambiental en  nuestro país es una de las más copiosas y de avanzada en el continente, pero lamentablemente no se aplica con toda la rigurosidad. A ello se suma que actividades delincuenciales de alto calado como la minería o los narcocultivos se han convertido en los mayores enemigos del potencial ecológico.

Tras el fallo de la Corte Constitucional quedan solo algunos pasos para la ratificación definitiva del Acuerdo de París por parte de Colombia, como la elaboración del respectivo instrumento legal que debe depositarse en la Secretaría General de Naciones Unidas. Surtido ello, nuestro país asistirá con pleno derecho, voz y voto, a la próxima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, en diciembre en Katowice (Polonia).

La segunda decisión judicial trascendental para el ambiente proviene de la Corte Suprema de Justicia que en una sentencia con muchas implicaciones decidió que en aras de proteger un ecosistema vital para el devenir global se reconoce a la Amazonía colombiana como entidad “sujeto de derechos” y por lo tanto el Estado debe velar primordialmente por su protección, conservación, mantenimiento y restauración.

Un fallo así sólo tiene antecedentes en una sentencia, en mayo del año pasado, de la Corte Constitucional que también consideró al río Atrato, en el Chocó, como una “entidad autónoma sujeta de derechos”, conminando al Estado a "adoptar enfoques integrales de conservación en relación a la diversidad biológica y cultural", fuertemente afectadas por la deforestación y la minería ilegal, entre otras graves amenazas.

En el caso de la Amazonía, la Corte Suprema advirtió sobre un alarmante incremento del 44 por ciento en la deforestación en la región, en tanto señaló que el Estado no ha enfrentado eficientemente esta problemática ambiental. Al fallar una acción de tutela interpuesta por un grupo de niños de la zona, el máximo tribunal ordenó a la Presidencia de la República y demás autoridades nacionales, regionales y municipales responsables de la preservación de esta zona adoptar un plan de acción de corto, mediano y largo plazos para protegerla. Esa estrategia, denominada “Pacto Intergeneracional por la Vida del Amazonas Colombiano (Pivac)”, debe reducir a cero la deforestación y los gases efecto invernadero así como incorporar componentes de preservación medioambiental en los planes municipales de ordenamiento territorial. Igual debe existir una ejecución efectiva de medidas policivas, judiciales y administrativas por parte de las tres corporaciones autónomas regionales con jurisdicción en dicho territorio.

Sin duda se trata de dos decisiones judiciales muy importantes y que evidencian un nuevo perfil jurídico dirigido a cumplir el artículo 79 de la Carta, sobre el derecho de todos a gozar de un ambiente sano. Un perfil jurídico que ya tenía con antecedentes en otras decisiones de primer orden, como aquella que prohibió la minería en los páramos o la que revalidó el rol de las comunidades locales en la autorización de actividades extractivas de petróleo, carbón y recursos no renovables. La ruta, pues, está trazada y lo que debemos es seguirla.