Juan Manuel Charry es uno de los abogados constitucionalistas y jurisprudenciales con mayor reconocimiento en el país.
El experto explica cuál ha sido el alcance de la coexistencia de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la jurisdicción ordinaria, además de cómo superar las diferencias.
EL NUEVO SIGLO: ¿Qué balance se puede hacer de la justicia transicional?
JUAN MANUEL CHARRY URUEÑA: La sociedad colombiana requiere de decisiones judiciales prontas en donde haya verdadero reconocimiento y reparación a las víctimas, y me atrevería a decir que hasta el momento no hemos visto nada porque no hay decisiones. No hay reconocimiento de las Farc, no hay reparación a las víctimas. No hemos visto nada de eso.
ENS: A la JEP se le cuestiona que no ha tomado decisiones de fondo con sentencias acordes a los delitos…
JMCU: ¿Qué fue lo que se nos ofreció a los colombianos cuando se firmó el acuerdo de paz? Que la justicia transicional era una jurisdicción que tenía como objetivo central la reparación a las víctimas, y eso no se ha visto. Que se iban a reconocer unas responsabilidades a cambio de sanciones alternativas, y eso tampoco se ha visto. Entonces, tenemos una Jurisdicción Especial que hasta el momento no ha rendido los frutos que la sociedad colombiana esperaba.
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ENS: A dos años largos desde que comenzó a operar la JEP, ¿por qué no se ha dado ninguna sentencia de fondo?
JMCU: La sociedad colombiana tiene mucha expectativa pero la verdad, las Farc no han hecho el reconocimiento de su responsabilidad. Recientemente reconocieron su responsabilidad por el homicidio de Álvaro Gómez Hurtado, ningún otro crimen han reconocido con tanta claridad y contundencia. Las Farc no han reconocido miles de secuestros, el reclutamiento de menores, los atentados a la sociedad civil, no ha hecho reconocimiento de nada.
ENS: ¿Y no lo han hecho porque no se les ha exigido, o por qué?
JMCU: Se suponía que la Jurisdicción Especial era para que comparecieran a hacer un reconocimiento de responsabilidad, y no lo han hecho. Mucho se ha dicho de los incumplimientos del Estado, pero también las Farc no han hecho los reconocimientos que todos esperábamos. Se habla de más de mil secuestros que no han reconocido; tampoco han reconocido el reclutamiento de menores, la violencia sexual contra niñas y mujeres. Entonces, si la JEP no ha podido cumplir con su función en buena parte es porque las Farc no han hecho los reconocimientos de responsabilidad que deberían haber hecho.
ENS: ¿Pero es porque la JEP no tiene dientes?
JMCU: Es que las Farc debieron presentarse ante la JEP y hacer esos reconocimientos, y no lo han hecho, lo que significa es que no se ha cumplido con lo que se pactó. Solo ha reconocido un crimen recientemente, pero todavía nos seguimos preguntando por qué lo hizo 25 años después.
“Es normal que existan dos sistemas jurisdiccionales posconflicto”
ENS: Bueno, la presidenta de la JEP dice que sí han tomado decisiones y muestra cifras…
JMCU: Pues yo creo que está equivocada. Las Farc cometieron cientos, miles, de delitos y se tuvieron que aplicar las penas alternativas a esos cientos o miles de delitos, y no hay nada al respecto.
La lógica para solucionar un conflicto armado es reconocer responsabilidades a cambio de penas alternativas transicionales muy distintas a las de la justicia ordinaria. Aquí se nos ofreció eso, pero no se cumplió.
En cambio las Farc están en el Congreso, han reclamado ayudas económicas para sus excombatientes pero no reconocen sus delitos. Entonces creo que ahí la gran responsable son las Farc, no la Justicia Especial de Paz.
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ENS: El caso Gómez Hurtado, ¿debe llevarlo la justicia ordinaria o la JEP?
JMCU: Es el púnico caso que de manera clara y contundente han reconocido las Farc, pero eso no significa que sea un asunto de la JEP sino que tiene que ser reconocida con otros medios de prueba. Aquí lo único cierto es que entre las hipótesis que manejó la Fiscalía nunca apuntaron hacia las Farc, de ahí la sorpresa de la opinión pública.
En la medida en que surjan nuevas pruebas se estará definiendo si el caso es de la justicia transicional o de la justicia ordinaria. Pero la confesión por sí es suficiente.
ENS: ¿Qué hacer para enderezar el rumbo?
JMCU: Muy fácil, que haya un reconocimiento sincero de los delitos que se cometieron y a partir de ese reconocimiento se impongan unas penas transicionales y se repare a las víctimas, pero nada de eso ha ocurrido.
ENS: ¿Usted prevé colisión de competencias entre la JEP y la jurisdicción ordinaria?
JMCU: Una sentencia de la Corte Constitucional advierte que los fueros constitucionales no fueron afectados en virtud del acuerdo de paz. O sea, que las personas que están en el Congreso de la Republica tienen que responder ante la Corte Suprema de Justicia.
Aquí ha habido toda suerte de interpretaciones pero lo cierto es que el acuerdo con las Farc reconoció que las normas de implementación serían sometidas a juicio de constitucionalidad que lleva a respetar instituciones constitucionales como el fuero de los congresistas en la Corte Suprema de Justicia.
‘Timochenko’, por ejemplo, debería ir a declarar a donde lo llamen, pero el senador Lozada debería ser investigado es por la Corte Suprema de Justicia.
"Me parece normal la convivencia de una Jurisdicción Especial con la jurisdicción ordinaria, eso es lo que ocurre cuando se establecen jurisdicciones paralelas y para eso hay solución".
ENS: ¿Ambos sistemas han convivido bien o son excluyentes?
JMCU: Me parece normal la convivencia de una Jurisdicción Especial con la jurisdicción ordinaria, eso es lo que ocurre cuando se establecen jurisdicciones paralelas y para eso hay solución. Que haya conflictos de competencias entre dos sistemas es normal, y será la Corte Constitucional quien las dirima: JEP, Corte Suprema o Fiscalía.
ENS: ¿No le parece que este sistema de justicia transicional tiene muchos vacíos?
JMCU: Eso no solo ocurre en el caso de la JEP, ocurre en muchos otros casos y entre las diferentes jurisdicciones que conviven en Colombia.
ENS: ¿Hay cierto grado de politización en este sistema jurisdiccional?
JMCU: Polarización política existe no solo en Colombia sino en los aparatos judiciales de muchos países del mundo. Digo es que existen muchas dificultades de trámite en las diferencias sobre aplicación del acuerdo de paz.
Uno ve percepciones, falencias, que hacen que haya un componente político importante que nace desde la forma misma como se concibió el acuerdo de paz. Mire, la justicia ordinaria ha sido objeto de muchas críticas y no ha sido posible reformarla en los últimos años.
ENS: ¿Cómo ve el actual modelo de justicia transicional?
JMCU: Yo creo que la justicia transicional es válida, la nuestra quedó muy compleja, y además está inserta en el régimen constitucional del año 91 en el que tenemos muchas jurisdicciones y eso hace que no sea fácil de entender. De ahí las críticas a la administración de justicia en general, en todas sus jurisdicciones.