Condenado ex gobernador de La Guajira | El Nuevo Siglo
Viernes, 21 de Octubre de 2011

Por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación, un magistrado de la Corte Suprema condenó a ocho años de prisión al ex gobernador de La Guajira, José Luis González Crespo.

Tras acogerse a sentencia anticipada en etapa de juicio un magistrado de la Corte Suprema de Justicia condenó a ocho años, siete meses y 20 días de prisión al ex gobernador de La Guajira, José Luis González Crespo, por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
El 10 de mayo de 2011 la Fiscal General de la Nación, Viviane Morales Hoyos, profirió resolución de acusación en contra de González Crespo, quien se entregó a miembros del Cuerpo Técnico de Investigación, CTI, de Cúcuta el 16 de agosto último.
Las pruebas recaudadas por el Fiscal Noveno Delegado ante la Corte Suprema de Justicia durante la etapa de instrucción llevaron a que el ex mandatario seccional (2004-2007) aceptara los cargos por los que fue acusado con miras de sentencia anticipada.
Los hechos que desembocaron en la condena de González Crespo se relacionan con las irregularidades detectadas en el contrato suscrito entre la Gobernación de La Guajira y el abogado Oswaldo Rogelio Diaz Bermúdez el 2 de agosto de 2004.
El objeto de dicho contrato era hacer un cobro prejurídico a los municipios de ese departamento mediante un impuesto denominado estampilla predesarrollo; y para estos fines el entonces Gobernador le otorgó al contratista Díaz Bermúdez la facultad para recibir dichos dineros por un monto de $2.034.317.618 (dos mil34 millones317 mil618 pesos). Suma que fue objeto de apropiación por parte de terceros.
Los investigadores también establecieron que ese contrato no tuvo estudio de conveniencia, que no hubo selección idónea del contratista, y que fue aceptada una póliza de garantía por cuantía menor a la del contrato.   
En su providencia el juzgador le ordenó a González Crespo pagar 6.161.58 salarios mínimos legales mensuales vigentes, como indemnización por los perjuicios causados al departamento de la Guajira.