El Acuerdo de Escazú es coherente con la Constitución: Murillo | El Nuevo Siglo
El exministro Luis Gilberto Murillo explicó que “el Acuerdo de Escazú da la oportunidad de crear mecanismos nacionales para prevenir situaciones como las generadas por Hidroituango y evitar que se repitan”. /Archivo ENS
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Domingo, 25 de Octubre de 2020
Redacción Política

Al desvirtuar los mitos que se han difundido sobre el Acuerdo de Escazú, el exministro Luis Gilberto Murillo afirmó que no solo el tratado “es coherente con la Constitución”, sino que precisamente “el sistema normativo colombiano sirvió como una de las de referencias para la definición de los principios del tratado”.



Cuando mañana las comisiones segundas de Senado y Cámara sesionarán conjunta para debatir la ratificación del tratado, Murillo le aclaró a este Diario que aunque “al licenciamiento le han colgado muchas responsabilidades que deberían recaer claramente en otros sectores distintos al público ambiental”, el Acuerdo no crea esos problemas ni los va a agravar, anotando que tampoco “prevé ninguna supra-jurisdicción ambiental internacional”.

EL NUEVO SIGLO: ¿Cuál es la importancia real del Acuerdo de Escazú a nivel global?

LUIS GILBERTO MURILLO: El Acuerdo de Escazú es un tratado regional de América Latina y el Caribe sobre acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales.

Tiene una gran importancia global porque es el primer instrumento vinculante que desarrolla el principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo. Este principio expresa que se debe asegurar que toda persona tenga acceso a la información, participe en la toma de decisiones y acceda a la justicia en asuntos ambientales con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano y sostenible de las generaciones presentes y futuras.

Estos aspectos son esenciales para la formulación e implementación de una buena política ambiental y de desarrollo sostenible. Este acuerdo muestra como América Latina y el Caribe asume con responsabilidad la respuesta a la crisis existencial de carácter global asociada al cambio climático, pérdida de biodiversidad y en general a la degradación de los recursos naturales y el ambiente, además reconoce el papel determinante de la profundización de la democracia ambiental en la solución efectiva a esta crisis.

No solamente lo decimos nosotros. Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la Cepal ha dicho en repetidas ocasiones que este es el único acuerdo vinculante emanado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20), el primer Gran Acuerdo Regional Ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el mundo en contener disposiciones específicas sobre defensores de derechos humanos en asuntos ambientales.

Así mismo, el secretario general de la ONU, Antonio Guterres, ha destacado públicamente al Acuerdo de Escazú por su importancia no solo para la región, sino para la comunidad mundial. Este es el primer gran pacto ambiental y de desarrollo sostenible de América Latina y el Caribe. La región le está mostrando a la comunidad global nuevos caminos para resolver el rompecabezas de salida a la debacle ambiental.

Gana Colombia

ENS: ¿Qué gana Colombia y la ciudadanía al suscribir este pacto?

LGM: Colombia gana mucho con el tratado de Escazú. Somos uno de los países con mayores conflictos ambientales en mundo y nos peleamos el penoso primer lugar en la región. Alrededor del 75% del conjunto de conflictos en el país están relacionados con asuntos ambientales. Estos conflictos demoran la materialización de la paz porque alimentan la violencia que se presenta en un país en tránsito hacia el posconflicto. De allí que, según la organización Global Witness alcanzamos el vergonzoso primer lugar en el mundo como el país donde más se asesinan líderes, activistas y defensores del ambiente.

No debe sorprender que con el aumento de la conciencia ciudadana sobre la necesidad de protección del patrimonio natural y el goce de estándares óptimos de calidad ambiental, la sociedad demande cada vez más y mejor acceso a la información oportuna y confiable, y a instancias efectivas de participación real y de fondo en las decisiones que les afectan, más allá de la forma, la superficialidad y la retórica.

El Acuerdo de Escazú, no crea los problemas que mencioné antes. Al contrario, es un marco que ayuda a solucionarlos. Este Acuerdo es de gran importancia en el propósito de proteger a los líderes ambientales y materializar los derechos de las poblaciones de la otra Colombia tanto rural, como urbana, que confrontan casos específicos de injusticias ambientales, me refiero a grupos urbanos de zonas marginales expuestos a la contaminación y el riesgo ambiental y a población afrocolombiana, indígena, campesina, rural-ribereña, cienaguera y paramuna.



El Acuerdo de Escazú le conviene al país porque le da un marco adecuado para organizar y armonizar la política pública y la legislación nacional para estar a la altura de los crecientes desafíos ambientales y manejar y transformar oportunamente los conflictos por acceso a recursos naturales y goce de una adecuada calidad ambiental. Es un marco vinculante que contribuye a la construcción de paz desde la inclusión, la justicia y la democracia ambiental.

ENS: ¿Los alcances del tratado se superponen o desplazan en algún momento a la legislación nacional?

LGM: Algunos opositores al tratado han diseminado una serie de mitos sobre este compromiso vinculante. El desplazamiento de la legislación nacional es uno de ellos. Como ya lo he dicho, el Acuerdo de Escazú es coherente con la Constitución nacional, la ley 99 de 1993 o Ley Fundacional Ambiental y los desarrollos jurisprudenciales de la Corte Constitucional. Más aún, el sistema normativo colombiano sirvió como una de las de referencia para la definición de los principios del tratado. En lugar de desplazar a la legislación colombiana, el tratado le da un marco apropiado para modernizarla y fortalecerla desde un enfoque de derechos. Reitero que este tratado fomenta la prevención y disminución de conflictos ambientales a través del acceso a la información pública en igualdad de condiciones, la participación ciudadana incluyente y el acceso a la justicia en materia ambiental. Este acuerdo es de la mayor importancia para la protección de líderes ambientales y los derechos los grupos étnicos afrocolombiano e indígena, cuya demanda de materialización efectiva hizo parte de las exigencias de la reciente Minga indígena.

ENS: ¿Cómo explicar los temores y advertencias de varios sectores sobre los riesgos que Colombia correría al suscribir el pacto?

LGM: El único riesgo que corre Colombia con la ratificación del Acuerdo de Escazú es el riesgo de profundizar su democracia ambiental para proteger mejor a su ciudadana y a la naturaleza. Lo demás son mitos que se han prefabricado, por un lado por la falta de información objetiva sobre el Acuerdo y el temor al cambio, y por otro, debido a la desinformación motivada en un juego de intereses particulares que no quieren la ratificación del Acuerdo porque no les conviene.

Licencias ambientales

ENS: ¿Es cierto que impactará el ya de por sí complejo proceso de licenciamiento ambiental para obras y proyectos?

LGM: Entiendo la frustración de algunos empresarios con el proceso de licenciamiento ambiental. Igualmente entiendo la frustración de las comunidades y la sociedad civil. Con el paso del tiempo, el proceso de licenciamiento se ha vuelto excesivamente más técnico, complejo y pesado. Pero no es menos cierto que al licenciamiento le han colgado muchas responsabilidades que deberían recaer claramente en otros sectores distintos al público ambiental.

De nuevo, el Acuerdo de Escazú no crea estos problemas relacionados con el licenciamiento ni los va a agravar. Al contrario, da la oportunidad de contar con un marco institucional adecuado para resolverlos de manera incluyente, para organizar mejor ese proceso y la institucionalidad reformada que debe respaldarlo.

ENS: ¿Se habla de una especie de supra-jurisdicción ambiental que podría frenar el desarrollo?

LGM: Esta afirmación hace parte de los mitos. No se prevé ninguna supra-jurisdicción ambiental internacional. El país puede seguir apoyándose en mecanismos existentes de arbitramento ya probados, es el caso del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial. Por ejemplo, en ese escenario se está resolviendo lo relacionado con las reclamaciones sobre la nulidad de los títulos mineros en el páramo de Santurbán. Igualmente, ya se recurre a los mecanismos de rendición de cuentas del Banco Mundial como lo son el Panel de Inspección del Banco Mundial y el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) del BID.



En este último, la junta de directores del BID autorizó la investigación al proyecto Hidroituango por un presunto inadecuado estudio de impacto ambiental y regulación para su aprobación y falta de acceso de la ciudadanía a la información sobre los riesgos reales del proyecto. Precisamente el Acuerdo de Escazú da la oportunidad de crear mecanismos nacionales para prevenir situaciones como las generadas por Hidroituango y evitar que se repitan.

Este Acuerdo también da la oportunidad de renovar el diálogo y llegar a consensos en muchos temas urgentes y estratégicos del país, uno de ellos, la materialización de la jurisdicción ambiental, que entro otras cosas, les daría mayor seguridad jurídica a las comunidades, la ciudadanía y las empresas.

ENS: Igual los críticos dicen que la ampliación del derecho de petición de información ambiental hará que se termine en una sobreutilización perniciosa de esta herramienta, incluso como elemento dilatorio para los proyectos de desarrollo e infraestructura ¿Es cierto?

LGM: Esa es una crítica infundada. El sistema normativo nacional plasmado en la Constitución, las leyes y la jurisprudencia, así como como un amplio conjunto de acuerdos internacionales ya reconocen el derecho al acceso a la información oportuna cuando es de carácter público, sobre todo en una democracia participativa como la colombiana. Esa es una medida básica de transparencia y del ejercicio de un derecho ciudadano. Existe una larga tradición en este sentido. Ahora bien, todavía falta mucho camino por recorrer en esa materia.