Plebiscito y paz | El Nuevo Siglo
Lunes, 11 de Julio de 2016

La Corte Constitucional inició el examen de constitucionalidad del acto jurídico mediante el cual el Congreso aprobó la iniciativa de convocar un plebiscito como mecanismo para refrendar el eventual Acuerdo de Paz. A la espera del resultado de sus deliberaciones, son varias las preocupaciones que se ciernen sobre el proceso de negociación y que esperan respuestas de la Corte.

Unas, tienen que ver con la resolución de los asuntos pendientes y sobre el contenido del Acuerdo Final, susceptibles por la importancia de sus temas de profundas modificaciones del ordenamiento jurídico, y de obligatorio cumplimiento por las Partes, a pesar de no gozar ellas del mandato jurídico necesario para adoptarlas. Transformaciones del ordenamiento territorial, conflictos del uso de la tierra, latifundio y delimitación de la propiedad, regulación de la explotación del territorio, renegociación de los tratados de libre comercio, constituyen temas definitorios del régimen constitucional y legal de la propiedad privada en el país.

Otras, atañen a la satisfacción de los principios de verdad, justicia y reparación que no encuentran en el borrador sobre justicia claridad ni precisiones, indispensables para la sostenibilidad del acuerdo de paz. La constitución de un Tribunal de Paz investido de la capacidad de revisar todas las sentencias penales, disciplinarias y fiscales, sin límite en el tiempo, sin que se conozcan sus procedimientos ni los mecanismos para su integración, sin claridad sobre el rigor de su régimen probatorio, puede llegar a ser una invitación a la impunidad selectiva o generalizada que burlaría la verdad y haría nugatoria la reparación.

Las últimas conciernen la financiación de la paz, cuya cuantía es incierta, dudosas sus fuentes e inexistente su presupuesto, en medio de dificultades fiscales que afectan tanto a la nación como a las entidades territoriales. La reforma tributaria estructural que se avecina se percibe como una amenaza, no sólo por su eventual contenido, sino también como presión indebida sobre la decisión del ciudadano en el plebiscito.

Incertidumbre que se acrecienta con la negativa de desmovilizarse de frentes de las Farc, envalentonados por el aumento de cultivos de coca, y con el sentimiento de que las normas del plebiscito no garantizarán por igual el equilibrio y los derechos de los que militan por el sí o por el no.  El plebiscito no es decisión sobre la paz o la guerra. El triunfo del no, sólo sería mandato para mejorar el acuerdo y asegurar que la paz sea permanente y definitiva. Hasta las Farc lo han entendido así. Ojalá así lo comprenda también la Corte.