Congreso, retado a reglamentar servicios como Uber y Rappi | El Nuevo Siglo
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Domingo, 12 de Enero de 2020
Redacción Política

Ya hay una iniciativa que busca que las plataformas hagan aportes en salud y pensión de los trabajadores

 

En el Congreso de la República actualmente se tramita otra iniciativa que busca regular las plataformas virtuales como Uber y Rappi.

El texto de autoría del senador Rodrigo Lara, de Cambio Radical, contempla que estas contribuyan con el 50% de los aportes de salud y pensión de los trabajadores y, adicionalmente, cubran sus riesgos laborales.

“Este proyecto responde la siguiente pregunta: ¿Cómo logro equilibrar la protección en salud, la protección en pensiones de las personas que trabajan con estas plataformas con su modelo de negocio? bien o mal, estas plataformas están generando empleo. Lo que tenemos que lograr es cómo ese empleo es más justo, equilibrado y no pone en riesgo o en tela de juicio ese modelo de negocio”, señaló Lara a través de un video en redes sociales.

“Para eso creamos una nueva figura, que es la del trabajador autónomo económicamente dependiente, que se sitúa entre el contrato de trabajo que conocemos en el Código del Trabajo y el contrato de prestación de servicios ¿Qué busca esta figura? que en el ejercicio de un trabajo autónomo en donde escoge los tiempos o las horas en que sale a trabajar la plataforma contribuya con dos cosas que son sagradas: la mitad del pago de las pensiones que es un ahorro para estos jóvenes hacia el futuro y la mitad del pago de la cobertura en salud ¿Por qué? porque de hoy son personas que son jóvenes, pueden trabajar, pero el día de mañana no lo serán y es injusto que todo el peso de la atención en salud y en pensiones recaiga en el estado colombiano y en la sociedad colombiana en general. Debe haber solidaridad en las relaciones de trabajo de cualquier naturaleza. Este proyecto busca eso y equilibrarlo con el modelo de negocio”, sostuvo.

Lara señaló que, adicionalmente, “obligamos a las plataformas a cubrir los riesgos laborales de estas personas porque están desempeñando una tarea y enriqueciendo la plataforma que opera como un rentista. Obtiene el 20% o 25% de lo que se gana uno de estos muchachos y dentro de ese 20% o 25% contribuya con la salud y las pensiones”.

Se va

El viernes pasado se generó una gran controversia en el país tras la decisión de la plataforma Uber de retirarse a partir del próximo 1 de febrero, luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio determinara a finales de diciembre que cesara su operación por considerar que incurrió en actos de competencia desleal por violación de normas al prestar de manera irregular el servicio de transporte.

Uber llegó a Colombia en 2013 y desde entonces se han sumado otras aplicaciones con servicios similares, ante el rechazo de sindicatos de choferes y propietarios de taxis, que en varias ocasiones han protestado en las calles contra sus competidores. La firma estadounidense tiene más de 88.000 conductores en varias ciudades de Colombia y asegura que moviliza a 2 millones de usuarios al mes.

En noviembre fue radicado otra iniciativa de autoría de varios congresistas, entre los que se encuentran los representantes Mauricio Toro y Edwin Ballesteros, que busca regular este servicio. Entre los elementos que contiene la iniciativa está que las plataformas, como Uber, deberán estar legalmente constituidas conforme al ordenamiento jurídico y tener sedes físicas de atención al usuario en las ciudades donde se preste el servicio. Adicionalmente, crea un registro único nacional y un banco de información, que sería administrado por el Ministerio de Transporte. Establece también que las empresas deben contratar, bajo su cargo y costo, pólizas de seguros que cubran a los usuarios conductores, los vehículos, los pasajeros y terceros. Señala adicionalmente que en las ciudades y municipios con población inferior 1.000.000 de habitantes, las autoridades locales, de acuerdo a sus competencias en materia de transporte, podrán restringir la prestación del servicio de las plataformas para preservar la sostenibilidad y competencia del servicio de taxi.

 

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En el Congreso cursa un proyecto que crea la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente. /Pexels

 

RECUADRO

Mintransporte pide legislar en la materia

 

A través de un comunicado, el Ministerio de Transporte le pidió al Congreso legislar sobre plataformas de economía colaborativa.

Para prever estos fenómenos, el Congreso debe permitir “nivelar las reglas del juego para todos los actores determinando nuevas condiciones de habilitación”, expresó Mintransporte.

Según la cartera, “Colombia es un país que promueve la innovación y la inversión extranjera bajo las perspectivas de cumplimiento de la normatividad vigente, la legalidad y el cumplimiento de la Ley. En Colombia existe neutralidad de la red establecido por la Ley 1450 de 2011”.

Así mismo, sostuvo que “para prestar un servicio de transporte de pasajeros existe una normatividad que exige procesos de habilitación soportados en las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996. Estas leyes exigen que el Estado habilite tanto a las empresas como los vehículos para que puedan prestar el servicio público de transporte. Está prohibido prestar el servicio público de transporte en un vehículo privado”.

Para Mintransporte, “la utilización de plataformas tecnológicas para la prestación del servicio de transporte en la modalidad individual de pasajeros en vehículos taxi están reguladas por Gobierno nacional en el Decreto 1079 de 2015 y por el Ministerio de Transporte, de modo tal que el empleo de las mismas por parte de las empresas habilitadas para la prestación del servicio, requiere previa habilitación por parte del Ministerio. En la actualidad hay alrededor de 24 plataformas habilitadas para el efecto”.

Según la cartera, en el sector de transporte “velamos por la prestación del servicio en condiciones de seguridad, calidad y legalidad. De ninguna manera estamos en contra del desarrollo tecnológico, apoyamos las iniciativas de esta índole, pero debe protegerse la vida de los usuarios y la prestación del servicio público de transporte bajo las condiciones técnicas y jurídicas establecidas por la normatividad colombiana”.