Accidentado arranque de JEP | El Nuevo Siglo
Jueves, 26 de Abril de 2018
  • Entre pulsos de poder y pujas burocráticas
  • ¿Puede funcionar sin ley de procedimiento?

 

El arranque de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) no ha sido el más afortunado. Por el contrario, son más que accidentados los distintos procesos para la estructuración de este sistema de justicia transicional con el que se debe juzgar a los guerrilleros de las Farc, integrantes de la Fuerza Pública y civiles -si estos se someten voluntariamente- señalados de delitos graves y de lesa humanidad en el marco del conflicto armado.

En las últimas semanas las polémicas han estado a la orden del día. Inicialmente por la intempestiva renuncia del Secretario Ejecutivo de la JEP, en medio de desgastantes versiones sobre un pulso de poder con la plana mayor de los magistrados alrededor de temas como el manejo presupuestal, la autonomía burocrática, la designación de los magistrados auxiliares y hasta por asignación de oficinas y carros blindados.

A lo anterior se suma que crece la controversia en torno a cómo esta jurisdicción especial puede darse su propio reglamento interno, cuando lo más lógico era que el Congreso o una tercera instancia de la administración judicial estuviera a cargo de una labor crucial.

Igualmente desde varios sectores políticos y jurídicos se están lanzando advertencias sobre lo extraño que resulta que la JEP pueda empezar a funcionar pese a que sólo esta semana el Gobierno radicó el proyecto de ley que fija el “procedimiento” de aplicación de la misma. Las bases del proyecto fueron presentadas tiempo atrás al Ejecutivo por el Tribunal Especial para la Paz, pero sólo hasta el martes fue llevado al Congreso, con el evidente riesgo de que no se alcance a tramitar en esta última legislatura, a la que apenas le restan siete semanas de trabajo legislativo.

Desde mediados de marzo, cuando el Parlamento reanudó tareas, los voceros de las distintas bancadas y partidos le urgieron a los ministerios del Interior y de Justicia que radicaran el paquete de leyes y reformas constitucionales que no alcanzó a ser aprobado por ‘fast track’ pero que son urgentes para acelerar el proceso de implementación normativa del acuerdo con las Farc. Inexplicablemente no hubo la diligencia debida, pese a mediar la posesión de los magistrados de la JEP y el comienzo de remisión de expedientes e informes a esa jurisdicción por parte de la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía. Aunque ahora se anuncia que el proyecto será tramitado prioritariamente porque llegó con mensaje de urgencia e insistencia, en los pasillos del Senado y la Cámara se cree que no hay tiempo para aprobarlo antes de mediados de junio y, por lo tanto, quedará en tránsito para el segundo semestre, ya con nuevos Congreso y Gobierno.

Sin embargo, por más que desde la JEP y el propio Ejecutivo se afirme que esta puede empezar a funcionar sin tener la ley de procedimiento, las dudas al respecto son muchas. Algo grave si se tiene en cuenta que existen alrededor de 8.000 casos de guerrilleros, militares, policías y terceros civiles que deben empezar a ser analizados para establecer si pueden ser juzgados bajo este esquema de justicia transicional que contempla la posibilidad de cero cárcel a quienes cumplan con la verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición. 

Esa incertidumbre es aún mayor si se tiene en cuenta que la jurisdicción especial tiene ya un reto de primer  nivel a bordo, pues a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas le está corriendo el tiempo para que decida si los delitos por los cuales está detenido y pedido en extradición el excabecilla desmovilizado alias ‘Jesús Santrich’ se cometieron después del 1 de diciembre de 2016. Como se sabe, en caso de confirmarse tal situación, se configuraría una clara reincidencia criminal que se castiga con el paso del sindicado a la jurisdicción ordinaria, la pérdida de beneficios jurídicos especiales y la activación de la posibilidad de entregarlo a la justicia de un tercer país. Tanto el Gobierno, como el partido Farc así como el país en general saben que esa decisión será una prueba de fuego no solo para la JEP sino para el mismo futuro del acuerdo de paz y el cumplimiento de las reglas del juego allí fijadas.

Como se ve, no ha sido nada fácil el arranque de la jurisdicción especial. Y eso que todavía no ha emitido su primera sentencia, ya que cuando esto ocurra vendrá el momento más crucial de todos: la lupa de la Corte Penal Internacional para verificar si este esquema flexible de judicialización y castigo a culpables de delitos atroces no conduce a altas dosis de impunidad o una “justicia aparente”.