Corte da vía libre al Estatuto de Oposición | El Nuevo Siglo
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Jueves, 5 de Abril de 2018
Redacción Política

La sala plena de la Corte Constitucional acogió la ponencia del magistrado Alejandro Linares sobre la ley estatutaria aprobada en el Congreso y le dio vía libre al estatuto de la oposición política.

Sin embargo luego de la luz verde por parte de la Corte Constitucional, tumbó el artículo que creaba una Procuraduría Delegada para la protección de los derechos políticos de las minorías.

En total son nueve derechos a favor de los partidos en oposición el Gobierno de turno; por ejemplo los movimientos y partidos de oposición podrán recibir dinero, tendrán acceso mínimo a medios de comunicación y mayor seguridad para sus integrantes.

El estatuto contempla que estos partidos tendrán el 5% de financiación adicional para el ejercicio de la oposición por parte de las autoridades electorales.   En su concepto, el Ministerio Publico señaló que el Estatuto garantizará la seguridad para quienes se declaren en oposición al Gobierno de turno y deseen crear un partido político.

El ABC

1.Garantías. No es para las Farc, son garantías para las organizaciones políticas que le declaren la oposición al gobierno nacional, departamental, municipal o distrital. Debido a que se eleva la oposición a derecho fundamental, es necesaria la declaratoria para poder acceder a los derechos derivados. Es decir no todos los tendrán acceso a los beneficios de la respectiva Ley. Esa declaración debe ser al mes siguiente al inicio de Gobierno, y puede ser en tres sentidos: 1. Oposición, 2. Independiente, y 3. Organización de Gobierno

 

2.Curul asegurada.

Los candidatos que obtengan el segundo lugar en elecciones a Gobernador, Alcalde distrital, o Alcalde municipal, tendrán derecho a ocupar una curul a las Asambleas Departamentales, Concejos Distritales o Municipales respectivamente. En el caso a la Presidencia de la República se aplica en el mismo orden, pero mientras el candidato a Presidente que queda en el segundo lugar, obtiene una curul en el Senado, el de Vicepresidente hace lo propio en la Cámara.

 

3. Financiación Adicional.

Será del 5% del Fondo Nacional de Financiación Política, dicha partida será distribuida de forma igualitaria en las organizaciones declaradas en oposición

 

4. Acceso a los medios de comunicación estará garantizado

Tendrán 30 minutos mensuales en franjas de mayor sintonía. El 50% del tiempo será asignado en partes iguales, el otro 50% de acuerdo a su representación en el Congreso. Y la ANTV y MinTIC determinarán los detalles

 

5. Derecho a controvertir en medios de comunicación

Luego de la instalación de las sesiones del Congreso que tradicionalmente hace el Presidente, los Partidos declarados en oposición tendrán 20 minutos para controvertir y presentar visiones alternativas, dividiendo ese tiempo entre ellos. Además después de cada alocución presidencial, los declarados en oposición tendrán 48 horas para en los mismos medios, y con el mismo tiempo y horario para controvertir. Pero, sólo tendrán derecho a esto 3 veces al año.

 

6. Espacios en las Mesas Directivas y participación en la Agenda

Las Mesas Directivas de plenaria, y corporaciones públicas, que son fundamentales en el proceso de toma decisiones, ahora tendrán espacio para una persona declarada en oposición, la cual no podrá ser postulada por los miembros de esa Mesa Directiva. Una de las grandes quejas por la oposición, es no poder ser parte del orden del día de corporaciones como el Congreso. Ahora tendrán dicho espacio determinando la Agenda, tres veces durante cada legislatura, y una vez en sesiones extraordinarias.

 

7. Participación en la Comisión de Relaciones Exteriores

Con este Estatuto, a la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, saldrá un principal y un suplente del Senado, de los declarados en oposición, además al menos uno de los dos será mujer. Lo mismo pasará en la Cámara con los declarados como Independientes.

 

8. Rendición de cuentas

Al finalizar cada año de periodo, el Presidente, Gobernador o Alcalde, deberá presentar una rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas en el Plan de Desarrollo y ejecución del presupuesto. Dicho informe será discutido en plenaria de la corporación correspondiente, y una sesión será exclusivamente dedicada a las organizaciones políticas declaradas en oposición o independientes, para tratar este tema. Pero, la presencia del Gobierno no será obligatoria.

9. No podrán participar de la burocracia

Tanto si se declaran independientes, como de oposición, NO podrán tener cargos en el Gobierno nacional, ni seis meses después del retiro de su organización política. Casos como los de la Ministra de Trabajo Clara López, o el Exministro de Justicia Londoño, no se podrían repetir, o su partido pierde los beneficios o ellos se retiran de la colectividad y esperan los seis meses. La inhabilidad se extiende a los que hayan sido candidatos avalados por organizaciones políticas declaradas después en oposición, hayan sido elegidos o no.