Lo que ha pasado con el caso de ‘Santrich’ | El Nuevo Siglo
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Sábado, 4 de Mayo de 2019
Redacción Nacional
El desmovilizado de las Farc está privado de libertad solicitado en extradición por Estados Unidos 

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En los últimos días la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) tomó decisiones sobre Hernán Darío Velásquez, alias ‘El Paisa’, y Luciano Marín Arango, alias ‘Iván Márquez’, por su no comparecencia en el caso que investiga los secuestros que cometió la entonces guerrilla de las Farc.

No obstante, la opinión pública se pregunta qué sucede con el caso de Seuxis Paucias Hernández Solarte, alias ‘Jesús Santrich’, por qué no se ha tomado una decisión sobre si hay elementos o no para establecer la fecha en que habría conspirado para supuestamente enviar cocaína a Estados Unidos, pues dependiendo de esto procederá o no su extradición a Estados Unidos.

 

 

El proceso de extradición de ‘Santrich’ está congelado desde hace más de un año a la espera de que la JEP, a través de su Sección de Revisión, defina su situación en esta Jurisdicción pues atendiendo la garantía de no extradición de los desmovilizados de las extintas Farc que contempla el Acuerdo de Paz, debe determinar la fecha en la que el excomandante guerrillero presuntamente delinquió.

Según el Acuerdo de Paz firmado el 1 de diciembre de 2016, los desmovilizados serán cobijados por una justicia especial, transicional, aplicada por la JEP para castigar los delitos graves que cometieron en el conflicto armado. En esta instancia, de ser encontrados culpables, serán sancionados con penas que van entre los cinco y los ocho años, consistentes en restricción de la libertad en sitios distintos a un centro carcelario, beneficio que recibirán a cambio de verdad y reparación a las víctimas.

Sin embargo, el Acuerdo de Paz también contempla que los desmovilizados que incurran en delitos luego de la firma del acuerdo (1 de diciembre de 2016) serán excluidos de la JEP y su expediente será inmediatamente remitido a la justicia ordinaria, en donde de ser condenados recibirán altas penas por sus crímenes cometidos en la subversión y pueden ser extraditados si son requeridos por las autoridades de otros país.

El largo tiempo que ha tomado a la Sección de Revisión resolver la situación de ‘Santrich’ es porque consideró que adicional al indictment que envió Estados Unidos para solicitar la extradición de esta persona, en donde se limita a señalar el delito por el que lo requiere su justicia, requiere de pruebas que le permitan establecer la fecha de ocurrencia del supuesto delito.

Esto es una situación sin precedentes porque en las más de tres décadas del acuerdo de extradición entre Colombia y Estados Unidos, miles de nacionales han sido enviados a ese país atendiendo con el solo indictment.

La Procuraduría apeló esta decisión de la JEP al considerar que la JEP se extralimitaba en sus funciones al solicitar pruebas a Estados Unidos que no están contempladas en el acuerdo. No obstante, esta Jurisdicción se ratificó en esta determinación.

Sin embargo, en marzo pasado Estados Unidos informó a Colombia que no hará llegar a la JEP las pruebas que tiene contra ‘Santrich’, que lo involucrarían con una conspiración para enviar 10 toneladas de cocaína en concurso con el ‘Cartel de Sinaloa’ de México, porque no está previsto en el acuerdo de extradición.

Entonces la Sección de Revisión abrió una etapa de práctica de pruebas y posteriormente dio cinco días para recibir alegatos de las distintas partes, la Procuraduría y la defensa de ‘Santrich’. El 12 de marzo esta dependencia empezó el estudio para decidir si le concede o no la garantía de no extradición al exjefe guerrillero.}

 

 

En pocos días

Desde principios de abril pasado la Sección de Revisión de la JEP tiene el proyecto de fallo en el caso de ‘Santrich’, no obstante la discusión de los magistrados acerca de la misma fue interrumpida por la Semana Santa, durante la cual se suspendieron los términos.

Por lo tanto se espera que en no más de dos semanas se produzca un pronunciamiento de esta Jurisdicción sobre el particular, el cual en cualquier dirección seguramente producirá una gran polémica.

Si el fallo de dicha Sección señala que ‘Santrich’ delinquió después de la firma del Acuerdo de Paz su expediente pasará irremediablemente a la jurisdicción ordinaria y a su vez la solicitud de extradición a la Corte Suprema para que se pronuncie sobre su extradición.

En ese caso los desmovilizados y el partido Farc seguramente alegarán que es una muestra de que no tiene garantías jurídicas para su tránsito a la sociedad civil.

Pero si la JEP concluye que no tiene pruebas o las pocas que ha obtenido no le dan para establecer la fecha de ocurrencia del delito o si, por el contrario, determina que se produjo luego de la firma del acuerdo, es previsible que los sectores que dijeron No al acuerdo en el plebiscito de 2016 reaccionen contra esta Jurisdicción, señalando que es una muestra de que es una puerta a la impunidad.

El abogado Gustavo Gallardo, quien representa a ‘Jesús Santrich’, dijo que por la demora en la decisión por parte de la JEP están analizando varias opciones, “va desde un hábeas corpus, una acción de tutela y una audiencia de control de garantías”.

 

 

El Paisa’

La Sala de Reconocimiento de la JEP resolvió ayer suspender la audiencia de alegatos y decisión del incidente de verificación del régimen de condicionalidad de Hernán Darío Velásquez (‘El Paisa’) para decidir los recursos interpuestos por la defensa del desmovilizado.

La Sala de Reconocimiento de la JEP explicó que tomó esta decisión dada la complejidad del recurso interpuesto, el alcance de las peticiones de reforma y aclaración, y de los asuntos de materia de decisión.

Como consecuencia citó audiencia para el próximo 15 de mayo, donde se dará a conocer la decisión sobre los recursos presentados por la defensa de ‘El Paisa’, a quien la semana anterior la JEP ordenó capturarlo por violar gravemente el régimen de condicionalidad porque no ha atendido sus requerimientos acerca de presentar un informe sobre sus actividades y tampoco ha comparecido para rendir versión libre sobre secuestros.

Por su parte la Procuraduría advirtió que la ruta para hacer comparecer ante la JEP a Hernán Velásquez Saldarriaga es solicitar al Fiscal General de la Nación reactivar las órdenes de captura en su contra.

Así lo señaló al intervenir ante la Sala de Reconocimiento y Verdad de la JEP, donde sostuvo que la vía constitucional y legal para que Velásquez Saldarriaga comparezca ante esa jurisdicción, es la revocatoria de la resolución de la Fiscalía, que suspendió las órdenes de captura contra ‘El Paisa’.

Para el Ministerio Público resulta prioritario que la JEP defina no solo cuál es el camino de la pérdida de la libertad de Velásquez Saldarriaga y a quién corresponde expedir las órdenes de captura para su comparecencia, sino también el procedimiento para el cumplimiento de las sanciones propias que le impuso esa jurisdicción especial, ante su renuencia a ofrecer verdad y reparar a las víctimas.

La Procuraduría pidió a la sala aclarar las condiciones según las cuales Velásquez Saldarriaga fue declarado no elegible para los tratamientos penales especiales, y en particular si existía un término para que se cumpla esa decisión.