Vandalismo: evitar las zonas grises | El Nuevo Siglo
Lunes, 5 de Julio de 2021

* Ante todo, la aplicación de la ley

* Reglamentación de la protesta social

 

Es evidente que mucho de lo que ocurrió en el paro pasado se debió, en parte sustancial, al hecho de haber dejado prosperar conductas lesivas a los derechos fundamentales de todos los colombianos. Incluso, frente al vandalismo y los bloqueos, la anarquía puso en jaque al Estado, fruto de no hacer uso inmediato de los instrumentos legítimos a disposición y que están, además, claramente determinados en las leyes.

Esta situación anómala que persistió por semanas, confundiendo los elementos constitucionales de la protesta y las reivindicaciones sindicales, llevó al país a muertes lamentables y un sinnúmero de heridos e igualmente a pérdidas económicas gigantescas hasta un monto aproximado de 12 billones de pesos.

En ese caso, lo que prima, desde luego, es la aplicación de la ley. Y para ello el Código Penal cuenta con un acervo suficiente frente a las diversas conductas ilícitas.            

Solo, pues, como aspecto complementario la solicitud del presidente Iván Duque al Congreso para que en la legislatura que está por comenzar debata un proyecto de ley que dote al país de una ley específica en materia de “antivandalismo” y “antidisturbios”.

La función primaria del Legislativo es, precisamente, analizar y discutir las principales problemáticas nacionales y darle una salida normativa viable a las mismas, acorde a los mandatos de la Carta del 91, el bloque de constitucionalidad y el acumulado legal vigente. Y esas son, precisamente, las tres esferas en que debe discutirse la posible regulación de la protesta social, sobre todo en lo relativo a poder diferenciar claramente el ejercicio legítimo y amparado de este derecho, de las actitudes delincuenciales en que incurren personas externas, sobre todo en cuanto a vandalismo, ataque a la Fuerza Pública, daño a los bienes oficiales y privados, así como la afectación grave a los derechos colectivos y de los no manifestantes.

Obviamente este es un tema bastante complejo, en Colombia y en cualquier país. Muchas veces se ha planteado este debate, sin mayores avances o dando pie a regulaciones, reglamentos y protocolos operativos de menor escala normativa. Pero ante la urgencia de evitar que se repita la grave crisis de los últimos dos meses en los flancos político, económico, social, institucional, laboral, sanitario y gremial, entre otros, es imperativo aterrizar y concretar la discusión. Llegó la hora, pues, de tomar las decisiones de fondo. Y esa es una obligación de la que las tres ramas del poder público no se pueden seguir abstrayendo como tampoco los partidos representados en el Parlamento.

También están sobre la mesa los argumentos respecto del que ha sido el tema más analizado a todo nivel en las últimas semanas, desde las más altas autoridades, academia y partidos, hasta el colombiano más humilde en cualquier rincón del país. Se conocen, en consecuencia, las opiniones de quienes consideran que no se requiere ningún cambio legal ni constitucional para frenar el vandalismo y el desborde violento de la protesta social, ya que basta con  aplicar, con decisión y en ejercicio del legítimo principio de autoridad, las normas contenidas en los códigos vigentes. Lo que no obsta para complementar con una normatividad especializada en este tipo de circunstancias, bajo el entendido de que en la legislación actual hay unas ‘zonas grises’ que debilitan la capacidad institucional tanto para reglamentar la protesta social, como para actuar de forma contundente y diligente contra los actores violentos que se infiltran en la misma con el único objetivo de vandalizar, destruir, atacar, afectar, desestabilizar y sembrar el caos.

Bajo esta perspectiva, hay que urgir al Congreso que cumpla con su tarea legislativa y adopte una decisión de fondo de una vez por todas sobre un tema delicado pero que lleva años sin resolverse. Que se radique el proyecto del Gobierno y los que han anunciado ya colectividades oficialistas, independientes y de oposición. Que se analicen todas las posturas al amparo de un marco normativo constitucional tanto en cuanto a los derechos como de los deberes. Ese es el orden correcto de las discusiones en los regímenes democráticos.

Desde luego, el país no solo atraviesa una crisis muy profunda por la emergencia pandémica y su duro coletazo social, sino que ya arrancó la agitada campaña electoral parlamentaria y presidencial. Todo eso es cierto, pero no se puede seguir aplazando la discusión. Aquí se está jugando la esencia misma de la aplicabilidad del Estado Social de Derecho adoptado al amparo de la Carta del 91, pero que en sus tres décadas de vigencia no se ha despejado con claridad.