¿Seguirá el desorden de los POT en Colombia? | El Nuevo Siglo
APARENTEMENTE, con la nueva regulación se simplificaron los trámites de los POT en todas las regiones. /ENS
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Domingo, 20 de Septiembre de 2020
Redacción Economía

Esta semana, el Ministerio de Vivienda expidió el decreto 1232 del 2020, el cual actualiza la regulación de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT).

Hoy se calcula que aproximadamente el 85% de los municipios del país no han hecho su actualización del POT después de 12 años.

Según el titular de la Dirección de Espacio Urbano y Territorial del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Juan Nicolás Galarza, “lo que se ha identificado es que, en muchas ocasiones, los POT no se han podido actualizar porque las normas vigentes son muy complicadas o son confusas”.

Con la nueva norma solamente se requerirán cuatro etapas para la construcción de los POT, y no en cinco, como se venían desarrollando. El decreto determinó que solamente se exigirán las fases de diagnóstico, formulación, implementación, seguimiento y evaluación. Así mismo, estableció los contenidos mínimos para cada una de estas fases.

Se incluyen, además, algunas nuevas definiciones que no estaban en el decreto pasado. Por ejemplo, la definición del tratamiento de mejoramiento integral, que favorecerá la implementación de programas de mejoramiento de vivienda y de barrios en todo el país.

“El Gobierno hoy tiene el programa 'Casa digna, vida digna' de mejoramiento de vivienda y barrios, y las nuevas definiciones del Decreto van a facilitar que, a través de los nuevos POT, sea más fácil hacer proyectos de mejoramiento integral y más familias se beneficien de programas como CDVD”, aseguró Galarza.

Participación

Adicionalmente, el funcionario destaca que con esta nueva normativa se fortalece el procedimiento de participación. “Si bien anteriormente, el proceso siempre garantizaba la participación, normalmente se daba al final y la ciudadanía no podía consultar los diferentes resultados de las etapas”, dijo.

Es así como el decreto establece que en cada fase se publique el producto final, para que la ciudadanía lo pueda consultar y realice observaciones, generando un ambiente más participativo y democrático en ese sentido.

El funcionario resalta que el decreto tiene un régimen de transición, que otorga un periodo de gracia hasta el 31 de marzo del 2021, para que “los alcaldes que ya han avanzado, que tienen estudios, que tienen consultorías, y que están cerca de iniciar su proceso de concertación, no pierdan el trabajo realizado y puedan continuar con las normas del Decreto anterior.”

Sin embargo, esta normatividad causó cierto sin sabor en algunos sectores, que dicen que centraliza aún más el poder y les quita la autonomía en toma de decisiones a las regiones.

Definiciones

La normativa permite que esta jerarquía desde el Gobierno central se dé en el marco de 11 definiciones de temas de desarrollo urbano que deben ser tenidos en cuenta por las gobernaciones y los municipios; si bien, expertos dicen que esto solo es aplicable para tres casos de proyectos, como vivienda y acueducto, hay quienes señalan que la letra menuda, y sobre todo, el vacío que tiene la norma de negar expresamente poder usarla en desarrollos como los mineros, abre un boquete de inseguridad para las regiones

El ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón, explicó que es un Decreto, “el cual modifica el marco regulatorio de los POT, con el fin de facilitarle el proceso de actualización a más del 85% de los municipios del país”.

El anuncio generó todo tipo de comentarios en redes, pues para muchos no se entendía puntualmente qué pretendía el Decreto, más aún en medio de las demás expediciones que han salido los últimos meses por la pandemia. Uno de esos puntos tiene que ver con personas en Twitter que señalaban que se estaba dando un paso atrás en la descentralización.

De hecho, citaban artículos del Decreto como uno en el que se menciona que “los planes, planes básicos o esquemas de ordenamiento territorial de los municipios y distritos, en ningún caso serán oponibles a la ejecución de proyectos, obras, o actividades (...)”.

Intervención

Es decir, que la Nación podría adelantar intervenciones aún por encima de lo que se establece en los POT. No obstante, Gustavo Guerrero Ruiz, director del Centro de Estudios en Política y Legislación Ambiental de Colombia (Ceplac), señaló que “esta no es una norma nueva, viene del Decreto 2201 de 2003. Establece y reglamenta una Ley de 1997 de los POT. Se refiere a una figura que es determinante de los planes de ordenamiento, y se trata de decisiones de ‘Superior Jerarquía’ que deben ser respetadas”.

El jurista señaló que precisamente desde 2003, está que el Gobierno puede incidir en la ejecución de proyectos por encima de los POT, solo si estos priman en los intereses de la Nación; además, únicamente si tienen que ver con obras de infraestructura vial, servicios públicos, y vivienda (o desarrollo urbano).

“Pero también, el Consejo de Estado aclaró luego de que saliera el Decreto de 2003, que aunque son obras que puede ejecutar directa o indirectamente el Gobierno, prevalecerán sobre los POT. Pero no se pueden involucrar otras categorías como la minería”, agregó Guerrero.

Este último punto, el de minería era uno que preocupaba a ambientalistas, pero se aclaró que el alcance del Decreto no impone proyectos de ese tipo.

Respuestas

Por eso mismo, el ministro Malagón también aclaró que “el Decreto no cambia nada en términos de competencias de los municipios, se respeta por completo su autonomía. Además, no se otorga ninguna facultad nueva al Gobierno nacional. Lo que hacemos es clarificar procedimientos y contenidos que le generaban problemas a los mismos municipios, alargando los tiempos de la actualización”.

Por otra parte, desde la Federación Nacional de Departamentos expresaron que el decreto 1232 realiza un mejoramiento del procedimiento y contenidos para realizar ajustes al POT en fases como, diagnóstico, formulación, implementación, seguimiento y evaluación. "Precisa la información cartográfica requerida para el proceso y define las reglas para la revisión y modificación de los planes de ordenamiento territorial. Logra dar claridad técnica y jurídica sobre cómo proceder en la construcción de la planeación territorial municipal", apuntaron.

Además, añadieron que "es importante decir que este decreto va a ser aplicado solamente por los alcaldes del país por competencia. Aclarando que los análisis al POT deben hacerse teniendo en cuenta el contexto regional", y alertaron que el marco del Decreto permite que haya un "proceso participativo y transparente".

Pero pese a estas lecturas positivas, otras fuentes dijeron que las autoridades de control están revisando el Decreto, pues como dijo el abogado Rodrigo Negrete, la norma “sí profundiza la centralización”, haciendo referencia a que el Decreto no es claro sobre las actividades que no pueden primar por encima del POT como la minería, lo que para él “debería dejarse claro”.

El alcance de la Nación

En el aparte del Decreto “se establece los proyectos, obras o actividades consideradas por el legislador de utilidad pública e interés social cuya ejecución corresponda a la Nación, podrán ser adelantados por esta en todo el territorio nacional, de manera directa o indirecta a través de cualquier modalidad contractual, previa la expedición de la respectiva licencia o del correspondiente instrumento administrativo de manejo y control ambiental por parte de la autoridad ambiental correspondiente, si a ello hubiere lugar.

Los planes, planes básicos o esquemas de ordenamiento territorial de los municipios y distritos en ningún caso serán oponibles a la ejecución de proyectos, obras o actividades a los que se refiere la presente subsección.