Protesta, vacíos y retos | El Nuevo Siglo
Domingo, 11 de Octubre de 2020

Más allá de los debates de moción de censura

* Urge definición clara sobre garantías y límites

  

Si hay algo que está quedando en claro alrededor de los dos debates de moción de censura que se adelantan contra el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, es que existe un vacío normativo, tanto a nivel constitucional como legal y reglamentario respecto a lo que es la protesta, cuáles son las garantías que el Estado debe brindar para ejercer este derecho y los límites que quienes la realizan tienen de cara a respetar los derechos del resto de la ciudadanía que no participa de marchas, manifestaciones ni otra clase de expresiones de inconformismo social, gremial, institucional, laboral, ideológico, político o de cualquier otra índole.

Si bien es cierto que tanto en la Constitución como en la ley así como en múltiples protocolos están señaladas una gran cantidad de definiciones y reglas de procedimiento en torno al ejercicio de la protesta como derecho ciudadano y garantizado por la institucionalidad, los autos de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Administrativo de Cundinamarca evidencian que hay una serie de zonas grises que no están cubiertas por ese acervo jurisprudencial ni el conjunto normativo vigente. La mayor prueba de ello es que ambas instancias judiciales ordenaron ajustar los protocolos que venían implementando las autoridades locales y la Fuerza Pública a la hora de custodiar los actos de protesta y neutralizar los desórdenes y vandalismo en que suelen degenerar algunos de estos, sobre todo propiciados por saboteadores y delincuentes infiltrados cuyo propósito no es otro que generar el caos y el desorden público.

Del intenso debate de esta semana al Ministro en la plenaria de la Cámara se pueden extraer varias conclusiones. En primer lugar, que más allá del trasfondo político e incluso electoral que dejaron ver muchos de los parlamentarios intervinientes, es evidente que existe un amplio margen de interpretación subjetiva de la jurisprudencia de las altas cortes, los mandatos legales y las directrices reglamentarias alrededor de lo que es permitido y no cuando un sector de la ciudadanía ejerce el derecho a la reunión, la manifestación en espacio público y la exigencia de reivindicaciones, sea cual sea su naturaleza. Muchas de las voces de congresistas redundaron en pedir que se castigue lo que ya, en la legislación vigente, está tipificado como faltas penales o disciplinarias de los uniformados que violan el proceder correcto de la Fuerza Pública. Y también fueron muchas las opiniones solicitando que se actuara con más eficiencia y drasticidad contra los infiltrados en los actos de protesta que incurren en vandalismo, ataque a las autoridades e incluso terrorismo, como ocurrió en la segunda semana de septiembre en Bogotá, cuando tras un caso evidente de abuso policial se generaron asonadas en distintos sitios de la ciudad que dejaron no menos de 10 civiles muertos, decenas de heridos, así como más de 200 agentes lesionados y alrededor de 70 CAIs incinerados o destruidos total o parcialmente.

Visto todo lo anterior, resulta innegable que esta discusión no se va a zanjar ni resolver con la votación de la moción el próximo martes en la Cámara, ni tampoco se superará con lo que pase en el Senado en donde, ese mismo día, se llevará a cabo un segundo debate al titular de Defensa. Tampoco apunta a ser la solución final la redacción apresurada de los protocolos por parte de las autoridades nacionales y seccionales, así como la Policía, la Procuraduría, la Fiscalía y otros entes de control.

Se requiere, en realidad, de un análisis más profundo y abierto alrededor del ejercicio de la protesta en Colombia, de forma tal que se genere un marco regulatorio equilibrado y funcional que permita, al mismo tiempo, garantizar la expresión pacífica y amparada de los inconformes así como la tranquilidad y convivencia de quienes no participan de la misma. Claro está: no es esta una tarea que se pueda realizar en escenarios polarizados y politizados. Tampoco puede adelantarse en medio de posturas extremas y macartistas, y mucho menos partiendo de criterios en donde los hechos aislados se asumen como generalizados.

Así las cosas, como ya se anotó, el debate alrededor del ejercicio de la protesta en Colombia sigue abierto. Hizo bien el ministro Trujillo en reiterar la petición de perdón por las anomalías en que incurrieron algunos uniformados durante los operativos de control de marchas y neutralización de desórdenes. También deben ponderarse las opiniones de quienes llaman a los organizadores de las manifestaciones a ser los primeros en denunciar ante las autoridades la presencia de personas sospechosas o de saboteadores. Igual debe pedirse a la Fiscalía, la Procuraduría y otros organismos que agilicen sus investigaciones sobre lo que ha pasado el último año en las marchas y señalen a los responsables de una vez por todas. Estos tres elementos constituyen, sin lugar a duda, una plataforma muy útil para arrancar la discusión de fondo sobre un tema de tantas implicaciones para el día a día de los colombianos. No tendría presentación que ese análisis se esquive y que toda la polémica de los últimos tiempos pierda eco y solo vuelva a ponerse sobre la mesa cuando se presenten, otra vez, desórdenes y los consecuentes cruces de acusaciones. Llegó la hora de las definiciones.