Ratio legis | El Nuevo Siglo
Viernes, 1 de Noviembre de 2019

La finalidad de la ley no debe ser otra que regular las conductas humanas. También tiene como fin ordenar o prohibir alguna conducta en consonancia con la justicia. El tema de los horarios de operación en el aeropuerto El Dorado puede ser un buen ejemplo de la finalidad de la ley. No resulta justo, por ejemplo, que El Dorado sea un aeropuerto que se asuma que es nivel 3 IATA sin que exista una declaratoria sobre la capacidad del mismo.

Uno se pregunta entonces. ¿Por qué es nivel IATA 3 si nadie lo ha declarado así? La respuesta de la industria y las autoridades es que la congestión y las limitaciones para operar en Bogotá así lo evidencian, pero la declaratoria sobre la capacidad nadie la ha hecho oficialmente.

Es urgente que se haga la declaratoria de la capacidad del aeropuerto El Dorado. Es un error hacer una nueva regulación sobre los slots (franjas de operación) basado en meros cálculos sin ninguna evidencia científica.  Estaríamos haciendo leyes asumiendo hechos. ¿Es eso correcto?

Es un error contemplar excepciones a intereses particulares al momento de hacer la ley. O todos en la cama o todos en el suelo. Pero no puede ser que sobre los intereses generales (prestación de un servicio público de transporte aéreo) estén intereses particulares (superiores) como lo constituyen los intereses de la aviación general (ejecutiva) es decir privada.

Hay un remanente cercano al 20% de los slots en el aeropuerto El Dorado reservado para que operen, entre otros, este tipo de aviación.  ¿Es justo que una aeronave de X aerolínea con 252 pasajeros esté detrás en turno para salir de una aeronave privada con 3 pasajeros? ¿Por qué no al hacer la ley se elimina de una vez por todas ese espacio para excepciones y más bien se ordena el tema y se obliga a este tipo de aviación general y de Estado operar en los horarios en los que no existe ningún tipo de limitación? El gobierno también debe ayudar a descongestionar El Dorado. No deben existir llamadas de altos funcionarios del gobierno a la Aerocivil para que dejen salir a X hora al personaje que sea. La OACI y la IATA han sido claros que debe prevalecer la aviación civil comercial. Pues la gente que vuela en esas aeronaves pagó por ese servicio público. No hay derecho a retrasarlos. Las aerolíneas también sufren consecuencias económicas por las demoras que genera por ejemplo el cierre parcial del espacio aéreo en Bogotá los días 20 de julio de todos los años. ¡Algo inaceptable!

Lo anterior no está en línea con los lineamientos globales de la IATA y OACI para la industria aérea. Una industria que genera miles de millones de dólares y miles de empleos. Debe imperar la ley. La declaratoria de la capacidad de El Dorado es urgentísima. La aviación de Estado y la general no deben prevalecer sobre la aviación comercial.

@ReyesJuanfelipe