Independencia de poderes | El Nuevo Siglo
Martes, 13 de Diciembre de 2016

La Corte Constitucional tiene en sus manos el futuro de la Constitución. Mientras escribo esta columna, el alto tribunal no ha decidido aún sobre la suerte del “Trámite Legislativo Especial para la Paz”, mecanismo a través del cual, Farc y Gobierno pretenden implementar el Acuerdo. Hoy, la Constitución cuenta con unas cláusulas para evitar modificaciones “a la ligera” y obliga que los Actos Legislativos surtan un trámite de dos vueltas en ocho debates para garantizar que haya amplia y suficiente discusión alrededor de los temas.

Con el “fast-track” no solo quieren reducir a tres debates el trámite legislativo para implementar lo acordado, buscan reducir las facultades del Congreso, anulando su iniciativa legislativa a favor del Ejecutivo. Así como darle facultades extraordinarias al Presidente de la República para expedir decretos con fuerza de ley.

La Corte Constitucional, el tribunal encargado de velar por el cumplimiento de la Constitución Política de 1991, no puede convertirse en un tribunal al servicio de los intereses del Gobierno Nacional. Por eso llama la atención la presencia del magistrado Alejandro Linares en el Senado, el día en que allí fue “refrendado” el Acuerdo con las Farc.

Según el periódico El Tiempo: “Ante la advertencia del excongresista Juan Lozano a los senadores, durante la refrendación del acuerdo de paz, el martes en el sentido de que estarían “usurpando funciones”, si ratificaban el texto, varios legisladores trataron de asegurarse de que no infringían la ley. La tranquilidad llegó cuando un magistrado de la Corte Constitucional atravesó presuroso la plaza de Bolívar hasta el Senado y los calmó. Al final la votación fue 75 a 0, a favor de lo pactado. El magistrado volvió a su puesto, en la Corte feliz”.

Preocupa que, en medio de una coyuntura política tan sensible y polémica como la refrendación del Acuerdo, un alto representante de la rama judicial haga cabildeo frente a una decisión del legislativo. No corresponde a un alto juez de la República interferir en las decisiones de otra rama del poder público, por el contrario, le corresponde velar por la separación de poderes y por el buen funcionamiento del sistema de pesos y contra pesos.

Lo que está en juego es la institucionalidad del país, la Corte Constitucional va a decidir si le mantiene al Congreso de la República sus facultades para legislar o si las reduce; la Corte va a decidir si da más poder al Presidente de la República contribuyendo al hiper-presidencialismo que padecemos; la Corte va a decidir si las facultades de refrendación popular corresponden al constituyente primario o si en adelante el Congreso las puede asumir.

Ojalá el magistrado Linares haga honor a su cargo y trayectoria, y en virtud de lo anterior se aparte de la discusión y votación de la ponencia que define la suerte del Acto Legislativo 01 de 2016. Y ojalá la Corte defienda la Constitución por encima de los intereses del Gobierno, la Carta del 91 no es un impedimento para conseguir la paz.

@SHOYOS