¿Empresas deben exigir vacunación a empleados según el cargo? | El Nuevo Siglo
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Martes, 2 de Marzo de 2021
Redacción Web

La pandemia del covid-19 ha generado un cambio notable en la vida de los trabajadores y a su vez, de los empleadores, puesto que la opción del teletrabajo se ha convertido en una herramienta importante e indispensable a la hora de mantener a flote una compañía. 

No obstante, algunas empresas han considerado que, con la llegada de las vacunación y el avance del Plan Nacional de inmunización, se puede hacer un retorno a las oficinas y demás espacios laborales. El especialista en seguridad y salud en el trabajo, Belisario Velásquez, respondió algunas dudas con respecto a este tema. 

Según el especialista, las empresas no podrán despedir a los trabajadores que se nieguen a la aplicación de los biológicos sea por razones médicas, es decir que presente alguna condición que le impide o que le pueda exacerbar alguna patología, o si, en cambio, este tiene algún regimiento religioso que no se lo permita. 

En ese sentido, indica que el empleador deberá reubicar al trabajador en un cargo en el que no se requiera contrato contacto con la vacuna de conformidad con la valoración de peligro y riesgo de la organización. 

"Asimismo, teniendo en cuenta la posible afectación de terceros por la no vacunación del trabajador el empleador también puede considerar la aplicación de modalidades de trabajo a distancia como trabajo en casa o teletrabajo", señaló. 

Por otro lado, Velásquez indicó que, en caso de que el trabajador no sustente el motivo para negarse la aplicarse la vacuna contra el covid, se estaría frente a un incumplimiento de los protocolos de bioseguridad de la compañía por lo que se deberá iniciar un proceso disciplinario y evaluar la aplicación de una sanción o posible despido.

A su vez, explica que el empleador definirá el carácter imprescindible de la obligación de la vacuna para el desarrollo de las funciones del trabajador, decisión que dependerá del cargo y de los riesgos de las funciones que desempeñe, considerando la posible afectación de terceros.

"Se debe respetar el principio de estabilidad en el trabajo para todos los trabajadores, no quiere esto decir que no pueda ser objeto el trabajador a ser sancionado disciplinariamente cuando se rehusé aplicarse la vacuna cuando puede colocar en riesgo a la población o a los clientes que esté atendiendo", agregó. 

Por otro lado, en el caso de los empleados que sean despedidos pese a argumentar condiciones médicas que le impidan vacunarse, el especialista asegura que estos podrán acudir a la jurisdicción ordinaria laboral u otro mecanismo como las vías de tutela en caso de que ésta proceda en harás de hacer efectiva la protección de sus derechos fundamentales.

Entre tanto, Velásquez hizo un llamado al Gobierno Nacional para reabrir el mercado de vacunas contra el covid-19 para la comercialización de las mismas al sector privado, lo cual permitiría el espectro del acceso a la inmunización y acelerar este proceso, aportando así a la reactivación económica y a la salud pública de los ciudadanos.

Finalmente, el especialista habló sobre las obligaciones que tienen las empresas con sus empleados en el marco de la pandemia del coronavirus. En ese sentido, resaltó que estas vienen siendo reguladas con la resolución 666 del 24 de abril del 2020. 

Por lo tanto, recordó que las compañías deben garantizar la implementación de protocolos de bioseguridad que permitan la no propagación del virus en sus espacios laborales, como es el caso de realizar medidas de protección respiratoria, el cual debe adquirir unos parámetros para cubrirse la nariz al toser y estornudar con el antebrazo, el uso del tapabocas lavado de manos y abstenerse a tocar boca y nariz.

Asimismo, garantizar el distanciamiento social y verificar el ingreso de instalaciones con encuestas, lavado de manos y toma de temperatura.