No han superado el examen en la Corte 12 decretos de emergencia | El Nuevo Siglo
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Viernes, 25 de Septiembre de 2020
Redacción Política

El Gobierno nacional expidió un total de 189 decretos legislativos durante los dos estados de emergencia económica, social y ecológica que declaró para conjurar la crisis generada por la pandemia.

A la fecha, la Corte Constitucional ha proferido fallo sobre un poco más del 60% de ellos, de los cuales al menos una docena se cayeron en su totalidad o una parte por ser contrarios a la Carta Política. 

El Decreto Legislativo 476 otorgó facultades al Ministerio de Salud y al Invima para flexibilizar requisitos relacionados con el registro sanitario, comercialización, importación y fabricación de medicamentos y productos relacionados para enfrentar la emergencia.

Sin embargo, la Corte declaró inexequibles los artículos 1 y 2 porque consideró que antes de la pandemia el Gobierno ya tenía facultades para regular dichas materias.

Del Decreto 516 de 2020 se cayó el artículo primero que reducía de 70% a 20% el tiempo destinado a las producciones nacionales de televisión. La Corte no encontró relación de esta medida con las necesarias para enfrentar la pandemia.

En tanto que se cayó en su totalidad el Decreto Legislativo 567 de 2020 para proteger los derechos fundamentales de los niños y adolescentes, que asignaba a los procuradores judiciales de familia funciones para adelantar los procesos de adopción. Para la Corte, estas medidas eran excesivas en relación con la naturaleza de la emergencia.

También, la Corporación dejó sin efecto el Decreto Legislativo 487 de 2020 que dictaba medidas especiales en extradición. Para el Tribunal esta norma generaba una restricción desproporcionada a los derechos al debido proceso y a la libertad de las personas requeridas por la justicia de otros países.

En tanto que el Decreto Legislativo 564 de 2020 adoptó medidas para las garantías de los derechos de los usuarios del sistema de justicia. Sin embargo, la Corte tumbó un parágrafo del artículo 1º por no encontrar ajustado a la Constitución que no se suspendieran los términos de caducidad penal durante la pandemia.

Además, declaró inexequible el artículo 12 del Decreto 491 del 2020 que habilitaba las reuniones no presenciales del Congreso, asambleas, concejos y JAL. El alto Tribunal determinó que las sesiones virtuales no pueden ser amparadas por un decreto presidencial.

De igual manera fue declarado inexequible el Decreto Legislativo 558 de 2020 con el cual el Gobierno autorizó una reducción en los aportes de pensiones, de tal forma que permitía que los empleadores del sector público, privado y los trabajadores independientes pagaran por dos meses solo el 3% de cotización.

Adicionalmente, la Sala Plena declaró inexequible el Decreto Legislativo 580 de 2020 que establecía alivios en el pago de servicios públicos. El motivo de esta decisión es que, si bien, la norma llevaba la firma del Presidente de la República, no fue suscrita por todos los ministros.

Así mismo la Corte tumbó el Decreto 568 de 2020 que creó el impuesto solidario para los funcionarios que ganen un salario mensual superior a los $10 millones. Sin embargo esta Corporación encontró que la norma violó los principios de la generalidad del tributo, pues el gravamen no era generalizado sino que se aplicaba sobre el empleo público.

También dejó sin efecto el Decreto 802 que permitía que de forma voluntaria las mesadas de retiro programado que estaban en los fondos privados fueran enviadas a Colpensiones. Con esta norma, el Gobierno trató de subsanar que previamente se había caído el Decreto 558 que establecía que este traslado se hiciera de forma unilateral. La Corte encontró que esta norma no tenía conexidad con la emergencia sanitaria.

Otro Decreto que sucumbió fue el 797 de 2020 que adoptó medidas en materia de arrendamiento de locales comerciales en el marco de la pandemia, permitiendo la terminación unilateral y anticipada de los contratos. No obstante el alto Tribunal determinó que era ilegal porque vulneraba la autonomía de voluntad y libertad contractual.

Finalmente, el pasado miércoles, fue declarado inexequible el Decreto Legislativo 811 de 2020, el cual tenía que ver con inversión y enajenación de la participación accionaria del Estado. Con este, el Gobierno esperaba obtener recursos para la atención de los efectos del Covid-19.

Duque destaca a la Corte

Por su parte, el presidente Duque durante su participación ayer en la instalación de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, dijo que todas las medidas que ha adoptado el Gobierno “por drásticas que puedan parecer, las hemos tomado con criterio democrático y con el bienestar de los colombianos en el centro de nuestras mente”.

Añadió que “la Corte Constitucional en su independencia y con espíritu de colaboración armónica ha entendido esta excepcionalidad y ha cumplido su labor democrática de control constitucional. Así lo ha hecho con los decretos que hemos expedido en medio de las emergencias”.