Abecé de la reforma a las regalías | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 4 de Diciembre de 2019
Redacción Economía
Las entidades territoriales productoras tendrán un aumento del doble de recursos que actualmente reciben. Los municipios con mayores índices de pobreza también se verán beneficiados
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Un importante aumento de los recursos para las entidades territoriales productoras y los municipios con mayores niveles de pobreza contempla la reforma constitucional al Sistema General de Regalías, que fue aprobada por unanimidad esta semana en octavo y último debate en la plenaria del Senado de la República.

En la modificación que se realizará al artículo 361 de la Constitución Política las regiones productoras pasarán de recibir un 11% actual a un 25%. De este porcentaje, el 20% se destinará a departamentos y municipios donde se adelanten actividades de extracción de recursos no renovables, así como los municipios con puertos marítimos y fluviales por donde se transporten.

Un 5% adicional se destinará exclusivamente a los municipios productores. El Ministerio de Minas, a manera de ejemplo, señaló que si esta nueva distribución se aplicara con el presupuesto bianual 2019-2020, las regalías directas para estas regiones pasarían de $2 billones a $4,6 billones.

Por su parte, los municipios más pobres del país pasarán de recibir un 10,7% a un 15% a partir de criterios de necesidades básicas insatisfechas y población. Se estima que 800 serán cobijados con este incremento, principalmente, en departamentos como La Guajira, Sucre, Bolívar, Magdalena, Nariño, Córdoba y Cesar.

Durante el debate, el senador liberal Luis Fernando Velasco expuso varios ejemplos del aumento que recibirían estos municipios. “A cerca de 800 municipios de Colombia las regalías le crecerán por su pobreza de entre el 60% y 70%. Por ejemplo, Yolombó, en Antioquia, esperaba recibir en la bianualidad $2.500 millones, va a recibir $1.380 adicionales. Buenaventura que recibía $42.700 millones pasa a recibir $67.000 millones. Es muy importante”, expresó.

Otro elemento clave de la reforma es que se asignará un 1% directo para la conservación de las áreas ambientales estratégicas y la lucha nacional contra la deforestación. Adicionalmente, de las asignaciones para los municipios más pobres y para Ciencia, Tecnología e Innovación se destinarán 2%, de cada una de ellas, para proyectos relacionados o con incidencia sobre el medio ambiente y el desarrollo sostenible. “Con esta reforma al Sistema General de Regalías, por primera vez se destinarán recursos para la protección del medio ambiente”, destacó la ministra de Minas, María Fernanda Suárez.

Se mejora, además, la asignación de recursos para Ciencia, Tecnología e Innovación, pasando del 9,5% al 10% del total del presupuesto. Por otra parte, mantiene la asignación del 7% para la estabilización de la paz y para Cormagdalena del 0,5%.

Estos incrementos se hacen sin perjudicar a las entidades territoriales no productoras que mantienen el porcentaje que se distribuye actualmente en todo el país a través de los fondos de desarrollo y compensación regional. El nuevo modelo destina una inversión total del 34% para el desarrollo de proyectos de alto impacto regional, distribuida, principalmente, con criterios de población, pobreza y desempleo.

Excedentes

En relación con los excedentes que se puedan generar también hay modificaciones. El mayor recaudo generado, con respecto al presupuesto bienal de regalías, se destinará en un 20% para mejorar los ingresos de las entidades territoriales donde se exploren y exploten recursos naturales no renovables, así como para los municipios con puertos marítimos o fluviales por donde se transporten dichos recursos o productos derivados de los mismos, un 10% para los municipios más pobres de país, con criterios de necesidades básicas insatisfechas y población, un 20% para la conservación de las áreas ambientales estratégicas, y la lucha nacional contra la deforestación, un 5% para proyectos de emprendimiento y generación de empleo que permita de manera progresiva la ocupación de la mano de obra local en actividades económicas diferentes a la explotación de recursos naturales no renovables, y el 45% restante se destinará para el ahorro de las entidades territoriales”, indica el proyecto.

Reducción

Los aumentos establecidos se originan en la disminución de los porcentajes establecidos para el funcionamiento que pasará del 5% actual al 3% y fundamentalmente en ahorro. Con el modelo actual se ahorraba el 22,5% de los recursos que baja al 4,5%.

Recursos de paz

En la iniciativa se establece que se podrán adelantar los recursos correspondientes al 7% de las regalías para el OCAD Paz. “Dichos recursos serán invertidos exclusivamente en la implementación de los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET o, en su momento, la Hoja de Ruta que los incorpore, durante los años 2020, 2021 y 2022. En el caso en que los recursos de la asignación Paz sean efectivamente menores a los proyectados en el momento de adelantar los recursos, el Sistema General de Regalías garantizará el pago de las obligaciones con cargo a los recursos de ahorro para la estabilización de la inversión”, señala.

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Ley reglamentaria

Las disposiciones de la reforma constitucional serán estructuradas en detalle por una ley reglamentaria que será debatida el próximo año.

En la discusión de ese proyecto, el Congreso de la República tendrá “la potestad de establecer” cuál es la instancia que va a tomar las decisiones que les corresponden a los cuestionados OCAD, los órganos que tienen la última palabra sobre la destinación de los recursos del sistema, “en atención a criterios de conveniencia, oportunidad, pertinencia y calidad del gasto, siempre buscando que las decisiones que se adopten sean las más pertinentes frente a las necesidades de las entidades”.

Para ello, el gobierno nacional tendrá como plazo máximo el 30 de marzo de 2020. “Hasta tanto se promulgue la ley, seguirá vigente el régimen de regalías contemplado en los Actos Legislativos 05 de 2011 y 04 de 2017 y las normas que lo desarrollen. Si al 30 de agosto de 2020 el Congreso de la República no ha expedido la Ley a que se refiere el inciso anterior, se faculta por un mes al Presidente de la República para expedir decretos con fuerza de Ley que garanticen la operación del Sistema según el nuevo marco constitucional, incluido el presupuesto para el 2021”, señala el texto.