Continúa proceso contra empresa de seguridad privada en Sincelejo | El Nuevo Siglo
Foto: Alcaldía de Sincelejo
Martes, 24 de Septiembre de 2024
Redacción Web

Luego de haber emitido medida cautelar el pasado mes de junio, ordenando la suspensión inmediata de actividades de patrullaje y, en general de todas aquellas que impliquen la conservación y restablecimiento del orden público, convivencia y seguridad por parte de la empresa VIPERS LTDA, la Superintendencia continuó con el proceso establecido por la ley, en su rol de ente rector del sector al que le corresponde ejercer control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada en el país.

Cabe recordar la Alcaldía de Sincelejo, bajo la administración del alcalde Yahir Acuña, contrató a Vipers Ltda para proporcionar servicios de seguridad móvil y fija hasta diciembre de 2027, con un valor cercano a 25 mil millones de pesos. Según la administración municipal, este contrato se enmarcó dentro de una estrategia de seguridad para combatir el crimen en la ciudad.

La suspensión de las actividades obedeció a que estas son de competencia exclusiva de la fuerza pública en ejercicio de su misión constitucional. La empresa ha sido criticada por su enfoque en el patrullaje civil, lo que ha llevado a cuestionamientos sobre la legalidad y la responsabilidad en el uso de fuerzas de seguridad privadas

La empresa VIPERS LTDA presentó recurso de reposición en subsidio apelación contra la decisión enunciada, el cual fue resuelto, confirmando la imposición de la medida cautelar proferida por parte de la Supervigilancia. La apelación fue decidida mediante Resolución 20241300033057 del 3 de septiembre del año en curso, comunicada a la empresa interesada ese mismo día.

De igual manera, la Supervigilancia adelanta investigación administrativa sancionatoria contra VIPERS LTDA, dada las situaciones que conllevaron a la aplicación de la medida cautelar.

"Reiteramos nuevamente el llamado tanto a las empresas del sector como a los contratantes, a tener en cuenta que la prestación de cualquier servicio de vigilancia y seguridad privada en Colombia debe ceñirse de manera estricta a lo dispuesto en el Decreto Ley 356 de 1994 – Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada, y demás normativa correspondiente", indicó al entidad.