La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de elección de Omar Javier Contreras Socarrás como contralor municipal de Valledupar (Cesar), revocando así el fallo de primera instancia emitido por el Tribunal Administrativo del Cesar.
El estudio se centró en determinar si el enjuiciado fungió como defensor del Pueblo en la regional de Cesar, ejerciendo las facultades de dirigir, organizar, programar, coordinar, supervisar y disciplinar entre otras, dentro del período inhabilitante para ser elegido, vulnerando el artículo 272 de la Constitución.
En este aspecto el fallo reiteró el contenido de decisiones jurisprudenciales de la Sección Quinta, en las que se concluyó que en la inhabilidad para contralores territoriales referida al ejercicio de cargos del nivel ejecutivo en el año anterior, se debe tender incluido el desempeño en cargos de nivel superior, como el nivel directivo.
Asimismo, respecto del componente territorial de la inhabilidad se concluyó que, para que aquel se encuentre materializado, debe probarse que el cargo público se ocupó en una entidad pública dentro de la misma jurisdicción en la que se aspiró a ejercer el cargo de contralor.
En el caso en estudio, se encontró demostrado que el demandado ejerció el cargo de defensor regional de Cesar, empleo perteneciente al nivel directivo, cuyo propósito principal era dirigir, organizar y cumplir los planes, programas y proyectos, señalados por el Defensor del Pueblo, relacionados con la Regional a su cargo.
La Defensoría Regional de Cesar corresponde al fenómeno de desconcentración administrativa prevista en la Carta Política y, en tal medida, el ámbito de ejercicio de sus funciones corresponde a todo el departamento del Cesar, dentro del cual se encuentra incluido el municipio de Valledupar.
“Así las cosas, al haber desempeñado el demandado el cargo de defensor regional de Cesar dentro del año anterior a su elección como contralor de Valledupar, incurrió en la inhabilidad prevista en el inciso 8° del artículo 272 constitucional y, por esa razón, se encuentra configurada la causal de nulidad electoral prevista en el artículo 275.5 de la Ley 1437 de 2011”, advierte el Consejo de Estado.
Proceso accidentado
La elección a principios de 2016 de los contralores departamentales del actual período por parte de las asambleas, así como en el caso de los distritos y algunos municipios por los concejos, no ha resultado en varios casos afortunada tras los cambios de última hora que introdujo la Reforma de Equilibrio de Poderes en la forma de adelantar este proceso, por lo que se tuvo que hacer contrarreloj. Como consecuencia han sido investigados un importante número de corporados y se ha anulado la elección de varios contralores.
El Acto Legislativo del 2 de julio de 2015 (Reforma de Equilibrio de Poderes) introdujo que “los contralores departamentales, distritales y municipales serán elegidos por las asambleas departamentales, concejos municipales y distritales, mediante convocatoria pública conforme a la ley, siguiendo los principios de transparencia, publicidad, objetividad, participación ciudadana y equidad de género, para período igual al del gobernador o alcalde, según el caso”.
El proceso para la elección de los contralores en el año 2012 fue mediante ternas integradas por dos candidatos presentados por el tribunal superior de distrito judicial y uno por el correspondiente tribunal de lo contencioso-administrativo.
En 2016 varios concejos y asambleas se quejaron porque no contaban con los recursos para pagar una universidad que adelantara la convocatoria pública para la elección del respectivo contralor, como lo exige Equilibrio de Poderes.
En noviembre pasado el Consejo de Estado declaró nula la elección del contralor de Villavicencio, Iván Balcázar, al determinar que no se respetó la norma de la mayoría simple, pues necesitaba nueve votos y ganó solo con ocho.
En diciembre de 2016 el Consejo de Estado declaró nula la elección del contralor municipal de Santa Marta, Wilfrido Enrique Gutiérrez Ospina, porque estaba inhabilitado, ya que ocupó el empleo de nivel directivo en la Universidad del Magdalena, incluso después de ser elegido como contralor de Santa Marta por parte de los concejales.
En septiembre de 2016, la Procuraduría suspendió por seis meses a dieciséis de los 19 concejales de Cartagena por las irregularidades en la elección de la contralora, Nubia Fontalvo.
Señaló el Ministerio Público que Fontalvo fue elegida a pesar de que no obtuvo el mayor puntaje en la convocatoria pública.
En agosto pasado y por estos hechos, fue capturado el entonces alcalde de Cartagena, Manuel Vicente Duque; su primo, José Julián Vásquez; la contralora Fontalvo y el concejal conservador Jorge Useche.