Imponen medida cautelar a la E.S.E. Hospital San José de Condoto, Chocó | El Nuevo Siglo
Foto: Facebook Hospital San Jose de Condoto
Miércoles, 25 de Septiembre de 2024
Redacción Web

La Superintendencia Nacional de Salud, impuso medida cautelar de cesación provisional de las acciones que ponen en riesgo la adecuada y oportuna prestación del servicio de salud y atención a los usuarios del Hospital San José de Condoto, en Chocó.

Durante la auditoría realizada del 2 al 6 de septiembre de 2024, la Supersalud evidenció las siguientes falencias en la prestación de los servicios:

  • El Hospital presenta fallas en el servicio farmacéutico relacionadas con el seguimiento y control de las condiciones ambientales de temperatura y humedad relativas, inadecuado control de fechas de vencimiento. No garantiza el control de inventarios de medicamentos que dé cuenta y disponga de la existencia real de los medicamentos e insumos necesarios para la atención de los pacientes, así como medicamentos conservados con cadena de frio deficiente, no cuenta con resolución que la autorice el manejo de medicamentos de control regulados por el Fondo Nacional de Estupefacientes.

  • No cumple con la calibración para ningún equipo biomédico utilizado en la entidad, entre los que se encuentran autoclave del servicio de esterilización, los monitores de signos vitales, desfibrilador y termohigrómetros.
  • No cumple con la periodicidad de los mantenimientos preventivos para los equipos biomédicos programados en su cronograma.

  • Se encontró dotación con presencia de oxido, paredes con humedad y hongos, lo que aumenta el riesgo de adquirir Infecciones Asociadas a la Atención en Salud - IAAS, igualmente no implementa la correcta higiene de manos por parte del personal de salud, ni garantiza todos los insumos de aseo, limpieza y secado necesarios.

  • Deficientes instalaciones hidrosanitarias, donde se encontraron recipientes con reserva de agua, que pueden generar riesgos para los menores de edad, quienes pueden sufrir accidentes relacionados con ahogamiento. Así mismo, el estancamiento de agua aumenta la proliferación de los mosquitos que transmiten el dengue y otras enfermedades transmisibles asociadas a vectores.

  • La ESE no garantiza la aplicación de escalas que determinen el riesgo de caída de un paciente, ni estrategias para prevenir las mismas y reducir el riesgo de lesiones.

  • El servicio de hospitalización adulto y pediátrica y atención del parto presentan medida de seguridad interpuesta por la Secretaría de Salud Departamental desde noviembre del 2023, sin embargo, debido a la ausencia de más prestadores en el municipio, la ESE continúa prestando estos servicios a la comunidad, aumentando el riesgo de mortalidad materna y perinatal, sin que cumpla con los requisitos de habilitación de estos servicios.

  • No garantiza la recolección permanente de residuos con una segregación en la fuente adecuada, que minimice los riegos de accidentes biológicos laborales y de contaminación cruzada.

​​“Esta medida cautelar obliga al hospital a cumplir con diez (10) ordenes inmediatas para garantizar la atención y seguridad de los pacientes, en este sentido, el hospital deberá presentar un plan de acción en el que se corrijan las deficiencias", manifestó el Superintendente Nacional de Salud, Luis Carlos Leal Angarita.

Órdenes a la ESE Hospital San José de Condoto, Chocó

  1. Garantizar la gestión del servicio farmacéutico, medicamentos, dispositivos e insumos indispensables requeridos para la prestación de los servicios de salud con el menor riesgo posible, controlando fechas de vencimiento, las áreas de almace​namiento, las condiciones ambientales de temperatura y humedad relativa, inventario en los servicios y seguimiento a la cadena de frio, que permitan evidenciar la gestión sistemática y transparente y el desempeño del servicio farmacéutico en términos de calidad, con enfoque basado en procesos y cumpliendo con las responsabilidades establecidas en el Sistema Obligatorio de la Garantía de la Calidad en Salud.

  2. Gestionar ante la Unidad Administrativa Especial - Fondo Nacional de Estupefacientes, o Fondos Rotatorios de Estupefacientes, la inscripción para obtener la autorización para el manejo de medicamentos de control especial y su adecuado seguimiento y control, la ESE debe abstenerse de prescribir, adquirir y administrar medicamentos de control.

  3. Realizar la autoevaluación de las condiciones de habilitación establecidas en el Manual de Prestadores y de habilitación de servicios de salud, de los que presentan medida sanitaria y gestionar la activación de estos ante la Secretaría Departamental de Salud de Chocó, que permitan la prestación de servicios de salud con seguridad, oportunidad, accesibilidad, y pertinencia.

  4. Cumplir con los mantenimientos preventivos de los equipos biomédicos y la calibración (cuando apliquen) de acuerdo con el cronograma institucional el cual deben cumplir a cabalidad.

  5. Garantizar los insumos para lavado e higiene de manos, así como el funcionamiento de todos los dispositivos necesarios para esta acción.

  6. Realizar las actividades necesarias tendientes a evitar accidentes relacionados con los recipientes de almacenamiento de agua ubicados en los baños, así como, las medidas de prevención de proliferación de dengue.

  7. Garantizar la atención segura de la gestante y el recién nacido, así como, completar el kit de emergencia obstétrica.

  8. Contar con estrategias para la prevención de caídas y reducir el riesgo de lesiones a través de la aplicación de escalas.

  9. Garantizar la recolección permanente de residuos, segregación en la fuente, con el fin de evitar los accidentes de riesgo biológico, laborales y de contaminación cruzada, así como también, definir el movimiento interno.

  10. Implementar seguimiento a la ejecución del contrato No. 267-2024 suscrito con Preservec SAS.