Nuevo pulso del Gobierno con la JEP por las decisiones que toma | El Nuevo Siglo
Foto Minjusticia.
Martes, 5 de Junio de 2018
Redacción Nacional

La salida del país de Fernando Arellán, quien según las autoridades en 2003 ingresó al Club El Nogal el carro bomba de las Farc que dejó 36 personas muertas y 167 heridos, es un nuevo motivo de fricción del Gobierno con la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), pues ayer criticó que entregue este tipo de permisos que, consideró, le dan motivos a quienes quieren desvirtuar su labor.

“Respetamos la autonomía de la JEP pero no compartimos determinaciones tales como el permiso concedido a Fernando Arellán para salir del país. Ese tipo de decisiones deslegitiman la institución y alimentan a quienes quieren desprestigiar la Jurisdicción de Paz”, señaló en Twitter el Ministerio de Justicia, cuya cabeza está a cargo del ministro Enrique Gil. 

La JEP es la jurisdicción creada por el acuerdo de paz para impartir justicia de carácter transicional por los delitos graves cometidos en el conflicto armado por las Farc, los agentes del Estado y los civiles. Los primeros están obligados a presentarse ante esta instancia, en tanto que para los segundos media que tengan la voluntad de hacerlo para resolver su situación jurídica a cambio de verdad, justicia y reparación.

Hace un par de semanas se dio una polémica por la decisión de la JEP de suspender el proceso para la extradición de Jesús Santrich, que debía activarse una vez que Estados Unidos presente la solicitud formal en ese sentido, después que la DEA de ese país entregó pruebas a la Fiscalía colombiana que lo comprometerían con una conspiración para enviar 10 toneladas de cocaína en asocio supuestamente con el cartel mejicano de Sinaloa.

El fiscal Néstor Martínez dijo que la JEP no está facultada para ordenar suspender un proceso de extradición y por ello con este tipo de determinaciones viola el orden constitucional; mientras que el pasado 17 de mayo el Gobierno nacional señaló que “reitera su respeto por las decisiones judiciales”; sin embargo, puso de presente en un comunicado que firmaron los ministros Gil y Guillermo Rivera, del Interior, que “sobre la competencia de la JEP haciendo una lectura del artículo 19 transitorio del Acto Legislativo No. 01 de 2017, la competencia de ésta se activa una vez exista una solicitud de extradición, de conformidad con el procedimiento penal vigente”.

Agregaron en esa oportunidad los ministros del Interior y de Justicia que “el citado artículo 19 señala que dicha competencia se circunscribe a determinar la fecha de ocurrencia de las conductas por las cuales hay una solicitud de extradición”.

Dejaron en claro en el comunicado que “el Gobierno nacional señala que la decisión de la JEP está fundamentada, entre otros, en los protocolos que ella misma se dictó”. Por ello, el Ejecutivo urgió al “Congreso de la República a darle trámite con la mayor urgencia al proyecto que fija las reglas de procedimiento de la JEP, aplicable a este tipo de cuestiones, cuyo texto se encuentra a consideración de las comisiones primeras de Senado y Cámara”.

Precisamente las comisiones primeras aprobaron en días pasados este proyecto de ley en primer y tercer debate, determinando en relación con las solicitudes de extradición de excombatientes de las Farc que "la Sección de Revisión podrá decretar y practicar únicamente las pruebas que sean estrictamente necesarias y pertinentes" para establecer si la conducta se llevó a cabo antes o después del 1 de diciembre de 2016.

 

Responde JEP

Los permisos para salidas temporales del país a desmovilizados de las Farc están previstos en el acuerdo de paz, no obstante causó polémica que los seis que se han otorgado hasta el momento fueron firmados en enero pasado por el entonces secretario Ejecutivo de la JEP, Néstor Raúl Correa, cuando todavía no se habían los magistrados de este organismo.

El domingo pasado la JEP explicó en un comunicado que “la Secretaría Ejecutiva de la JEP tuvo competencia para otorgar permisos de salidas del país a ex integrantes de las Farc acreditados por el Alto Comisionado para la Paz hasta el 15 de enero de 2018, fecha de inicio de las funciones judiciales de la jurisdicción. Razón por la cual la Presidencia de la JEP expidió la Resolución No. 011, del 20 de abril, a través de la cual ratifica que esa función es exclusiva de la Sala de Amnistía o Indulto”.

Añadió la Presidencia de la JEP que “en abril de 2018 la jurisdicción conoció de autorizaciones de salida del país expedidas por la Secretaría Ejecutiva después del 15 de enero de 2018” y en ese sentido aclaró que “autorización de salida del país de Fernando Arellán -que investiga la Procuraduría General de la Nación- la dio el exsecretario ejecutivo de la JEP, Néstor Correa. No pasó por los magistrados de la JEP”.