Mamadera de gallo | El Nuevo Siglo
Miércoles, 15 de Septiembre de 2021

Defender a los animales del dolor y el sufrimiento innecesarios ha pasado de ser un discurso enclaustrado, casi que vergonzante, a un escenario de deliberación abierto, sin tapujos ni cortapisas, reflejo de un consenso ético que viene creciendo a pasos agigantados, muy a pesar de posturas caducas que aún siguen conteniendo su recepción plena en el ordenamiento jurídico. No está lejos el tiempo en que la dignidad animal será un principio, la justicia animal un valor, el respeto a la vida animal en determinadas circunstancias una regla, los mecanismos para defender sus intereses estén habilitados de manera expresa y directa para salir del atolladero de caprichos en el que estamos.

Ya desde 2010, cuando la Corte Constitucional sometió a escrutinio el artículo 7º de la Ley 84 de 1989, articulito que le echa un barniz de cultura al dolor y al sufrimiento de toros, becerros, novillos y gallos, para mantener tradiciones que en algún momento de la historia tuvieron sentido pero que desde hace algunos siglos perdieron pertinencia, señaló que dichas actividades se podían mantener hasta tanto el legislador decidiera prohibirlas, condicionando su realización, entre otras, a que los animales recibieran protección especial contra el sufrimiento y el dolor durante el transcurso de esas actividades, lo que en concreto significa que se deben morigerar hasta eliminar las conducta especialmente crueles, adecuando tales prácticas para beneficio de los animales.

Tal adecuación implicaba que no podrían seguirse acuchillando, mutilando o drogando, a ningún animal para cualquiera de esas faenas. Sin embargo, hasta hace muy poco esa decisión de la Corte venía siendo letra muerta, en plata blanca a la Corte le venían mamando gallo, tanto el Congreso porque nunca se ha tomado en serio la causa animal, y las autoridades territoriales porque se negaban sistemáticamente a adoptar las decisiones, en el marco de sus competencias, para garantizar los espectáculos sin crueldad; seguían permitiéndolos sin ruborizarse.

Esa mamadera de gallo empezó a dar un giro cuando, con el liderazgo de la concejal de Bogotá Andrea Padilla, en el Distrito se expidió el Acuerdo 767 de 2020 desincentivando la practicas taurinas, que no es otra cosa que hacer uso de la regla trazada por la Corte Constitucional.

Nuevamente, el Concejo distrital y la concejal dan un paso para sacar de circulación la sangría de los espectáculos con animales, al promover y aprobar el acuerdo por medio del cual se desincentivan las riñas de gallos, las cuales se podrán realizar con el lleno de requisitos, pero en todo caso, sin el uso de elementos que laceren, corten, mutilen, hieran, quemen o lastimen a los gallos, garantizando su integridad corporal.

La decisión es un gran avance para la realización material del estado animal de derecho, ese que la Corte Constitucional viene respaldando tímidamente en sus sentencias, sirviendo como caja de resonancia de la ampliación de la consideración moral hacia los no racionales existente en la conciencia de las presentes generaciones, conciencia ignorada por el actual Congreso de la República. Es hora de que los animalistas les mamemos gallo a los congresistas, en una década no hicieron lo que debían, no lo harán por más de que ahora se esfuercen por hacerse ver más animalistas que los mismos animales.

@LuisDGomezM, @ludogomezm, luisdomingosim@gmail.com