JORGE HUMBERTO BOTERO* | El Nuevo Siglo
Sábado, 21 de Diciembre de 2013

Tribulaciones institucionales

Múltiples manifestaciones de solidaridad se han conocido en favor del Superintendente Financiero, incluidas las del Presidente de la República y destacados dirigentes gremiales, con motivo de su fulminante destitución por el Procurador General. Ellas son comprensibles: el doctor Hernández goza de amplio prestigio como funcionario honesto, diligente y conocedor del sistema financiero.

No es trivial la razón invocada por el Procurador: falta de diligencia en el ejercicio de sus funciones para mitigar o evitar el colapso de Interbolsa y, en consecuencia, la materialización de pérdidas cuantiosas para ahorradores e inversionistas; y, lo que es peor, un deterioro, que, por fortuna, se ha venido superando, de la confianza pública en el mercado de capitales.

¿Fue correcta esta decisión? No puedo saberlo sin haber leído el fallo, en el cual deben estar expresadas en detalle -y no sé si lo están- las pruebas y consideraciones jurídicas que condujeron a tan grave determinación. Ignoro, además, si se tuvo en cuenta que todos nosotros -y esta es una situación que se da con particular intensidad en el servicio público- actuamos con base en información que puede ser incompleta y bajo el apremio del tiempo. Por eso es complejo decidir y tan fácil criticar. Carece de mérito, como suele decirse, ser ‘estratega después de la guerra’.

Consciente de esta realidad, y para garantizar al supervisor el grado de libertad que requiere en el ejercicio de sus funciones, en muchas jurisdicciones se establece que ninguna autoridad del Estado puede revisar las determinaciones que ese alto magistrado adopte. No sucede así en Colombia. El Procurador General ejerce, frente a casi todos los funcionarios públicos, incluidos -lo cual me parece absurdo- los de elección popular, el poder disciplinario: puede sancionarlos incluso con destitución. Por lo tanto, no hay duda de que el Procurador ha ejercido poderes que efectivamente tiene. No puede decirse, pues, que la determinación por él adoptada hace daño a las instituciones. Por el contrario: el ejercicio regular de las competencias de las diferentes instituciones y funcionarios es lo que las fortalece y materializa el Estado de Derecho.

Dicho esto, debo señalar que me parece indispensable abrir un debate, de alta jerarquía intelectual, sobre los poderes que deben corresponder al Procurador en relación con la Superintendencia Financiera.

*Presidente Ejecutivo Fasecolda

* Las opiniones expresadas en esta columna son responsabilidad exclusiva del autor y no comprometen a Fasecolda ni a su Junta Directiva.