Traslado exprés de afiliados a pensiones costaría $35 billones | El Nuevo Siglo
EL TRASLADO exprés de afiliados a los fondos de pensiones tendría un alto costo para las finanzas del país. /ENS
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Lunes, 20 de Septiembre de 2021
Redacción Economía

Un proyecto de ley que ya el Congreso había rechazado en octubre pasado, y que permitía el traslado exprés de afiliados a los fondos de pensiones, revivió en la Cámara de Representantes y está listo para el primer debate. De ser aprobado, el Gobierno señala que su costo sería de $35 billones.

La iniciativa, que fue radicada por los representantes María Cristina Soto, del Partido Conservador, y Omar de Jesús Restrepo Correa, del partido Comunes, pretende el “restablecimiento de los derechos afectados a un grupo significativo de los sectores sociales más vulnerables al omitirse la obligación constitucional de brindarles la doble asesoría previa a la decisión de afiliación o traslado entre regímenes pensionales”.

La propuesta establece unos parámetros mínimos como que los hombres deben ser mayores de 52 años y las mujeres mayores de 47 años, sumado a una cotización mínima de 750 semanas. Sin embargo, no especifica por cuánto tiempo podría llevarse a cabo este proceso y lo ampara en la frase “por un breve lapso”, especialmente para aquellos casos que se vienen tramitando vía judicial.

El Ministerio de Hacienda emitió un concepto técnico sobre el proyecto de ley 018 de 2021. Según la cartera, "el traslado entre regímenes pensionales sin el cumplimiento de ningún requisito legislativo afecta la sostenibilidad financiera, no solamente del Régimen de Prima Media (RPM), sino de todo el Sistema General de Pensiones (SGP), poniendo en aprietos serios su sostenibilidad".

Para el Ministerio, las personas que se trasladan entre regímenes con requisitos cercanos a los determinados para acceder a la pensión buscan arbitrar el sistema para obtener los subsidios implícitos del RPM que le beneficiarán con el reconocimiento de pensiones más altas de las que podrían haber obtenido en el régimen anterior.



Traslados

Indica el Gobierno que, al ser aprobada la iniciativa, “se trasladarían desde las AFP hacia Colpensiones 223.000 personas, de las cuales se estima que 59% logra pensionarse, y que se trasladan hacía Colpensiones con cerca de $29,4 billones que han acumulado en sus cuentas de ahorro individual (CAI), incluyendo los correspondientes aportes al Fondo de Garantía de Pensión Mínima, y que además implican la anulación neta de bonos pensionales por valor de $9,9 billones. Quienes se trasladan generan un costo en valor presente para la Nación por valor de $74.3 billones, que incluye pensiones e indemnizaciones sustitutivas.

"El impacto fiscal está altamente concentrado en los rangos salariales más altos, como resultado de los mayores subsidios que estos grupos reciben y de la mayor probabilidad de pensionarse que presentan en este escenario. En particular, el impacto fiscal en el grupo de menores ingresos, el que va de uno a dos salarios mínimos, es de $0,8 billones, lo que representa menos de 2,3% del impacto fiscal total estimado y corresponde al 51,8% de las personas", dice el concepto emitido.

Los bonos

Se proyecta que, desde Colpensiones, como administradora principal del RPM hacia las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) del Rais se trasladarían 14,1 mil personas que se concentrarían en el nivel de aportes de un salario mínimo, por lo cual se presenta un costo fiscal por efecto de la expedición de nuevos bonos pensionales por valor cercano a $2 billones.

Una de las principales consecuencias de estos flujos que implican un impacto fiscal, es que la tasa interna de retorno (TIR) del impacto fiscal es negativa, con un nivel de -12,58% nominal en la proyección, o un equivalente real de -9,30%.

Estos niveles contrastan con las tasas de los TES, que constituyen una de las principales fuentes de financiación del déficit de la Nación. A manera de comparación, la tasa fija de los TES UVR de largo plazo es de 3,75% por encima del Índice de Precios del Consumidor.

En su momento, la Corte Constitucional señaló que se hacía necesario para quien regresara al RPM trasladar, no solo todo lo cotizado al Rais, sino que el monto de lo ahorrado no debía ser inferior a lo que se habría cotizado en caso de haber permanecido en el RPM, esto con el fin de garantizar al equilibrio financiero del SGP.