Piden excluir fletes y seguros de impuestos aduaneros | El Nuevo Siglo
LA MINISTRA de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba, ha estado pendiente de agilizar las medidas para frenar la inflación de los productos del agro.
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Jueves, 7 de Abril de 2022
Redacción Economía

El Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A), en su sesión 355, recomendó al Gobierno nacional excluir el valor de los fletes y de los cargos asociados a este, de la base gravable sobre la cual se liquidan los tributos aduaneros (arancel más IVA) a 327 productos importados.

La propuesta, que ya fue recogida en un proyecto de decreto publicado para comentarios de los ciudadanos este martes 5 de abril, se plantea por un lapso de seis meses, con posibilidad de prorrogar por otros seis más.

Su objetivo es dar un alivio a los costos de producción y de algunos bienes finales que se han visto impactados por los altos precios de las materias primas y los costos de transporte de los productos importados.

En la actualidad, la base gravable sobre la cual se calculan esos impuestos es el valor CIF del producto importado, que es igual al valor FOB + fletes + seguros. Sobre esta base se cobran el arancel y el IVA, por lo que la recomendación disminuiría la base gravable para evitar trasladarle a los agentes económicos, tanto productores como consumidores, el incremento de los fletes internacionales.

Fertilizantes

Esta medida aplicaría para abonos y fertilizantes que se compran en distintos mercados y que se destinan a la producción de alimentos, así como para bienes finales que hacen parte de la canasta básica de las familias colombianas menos favorecidas y que se han visto impactadas por la inflación, en especial de alimentos.

Entre esos bienes se encuentran, por ejemplo, los aceites comestibles, artículos para higiene corporal, algunos embutidos, confecciones y preparaciones alimenticias, entre muchos otros.

Esta recomendación se hace luego que la Comunidad Andina (CAN) adoptara la Decisión 894 del 16 de marzo pasado, a través de la cual faculta a los países miembros a reducir temporalmente un determinado porcentaje de los gastos de transporte y gastos conexos de las mercancías importadas, los cuales forman parte del valor en aduana de la mercancía.

“En conjunto con las carteras de Agricultura y Hacienda estamos en constante evaluación de medidas que permitan aliviar el impacto en el bolsillo de los colombianos por el alza de precios, originado en buena parte por las circunstancias mundiales”, explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.

Esta recomendación ya cuenta con el aval del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), que preside el Ministerio de Hacienda, porque involucra costo fiscal. Con base en esta aprobación, se elaboró el proyecto de decreto publicado para comentarios del público.



Aranceles

De otra parte, el Comité Triple A también recomendó extender por dos años más el Decreto 882 del 2020, a través del cual se estableció arancel del 0% a la importación de trigo.

Este Decreto está vigente hasta el 25 de junio del 2022, pero ante las presiones inflacionarias en la canasta básica de los colombianos, se recomienda extender la decisión. No es necesario llevar esta propuesta al Confis, pues en la actualidad no tiene costo fiscal.

A estas peticiones se añade la determinación del Gobierno nacional, de implementar 0% de arancel para 165 bienes importados a Colombia. La medida se tomó a través del Decreto 307 de 2022 y busca mitigar el impacto de la inflación que ha aquejado a los consumidores en el país. El último dato de inflación mensual para el mes de enero de 2022 arrojó una cifra de 1,67%, mientras que la inflación anual alcanzó 6,94%. Estos altos índices fueron explicados por el alza de precios en categorías como alimentos y bebidas no alcohólicas, alojamiento y servicios públicos.

“En el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas se registró una inflación anual de 19,94% (contribución de 3,19 puntos porcentuales a la inflación total), explicada, principalmente, por un incremento en los precios de la papa, la carne de res, el plátano, la leche y las frutas”, argumenta el Decreto.

La excepción para los productos tendrá una duración de seis meses e incluirá el “número de subpartidas arancelarias que se importan al país y que no tienen registro de producción nacional”. Los bienes excluidos tenían aranceles que alcanzaban 5%, 10% y hasta 15%.