FERNANDO NAVAS TALERO | El Nuevo Siglo
Miércoles, 30 de Mayo de 2012

La cárcel no es la solución

 

Se hundió el proyecto de ley que penalizaba a título de delito la conducción de vehículos bajo los efectos del alcohol. La decisión alborotó a la opinión pública y al público, entre otras razones porque coincidió el hecho político con uno de policía: al senador Merlano lo sorprendieron agentes del orden conduciendo sin licencia y, sin que esto se haya probado, en estado de alicoramiento; de contera, el congresista se negó a la práctica del examen de alcoholemia, alegando razones vulgares, muy propias de todo el que en Colombia tiene poder, desde el portero hasta el Presidente y todo porque la herencia cultural del país es el privilegio. Este episodio, coyuntural, sirvió de motivo a la equivocada propuesta legislativa.

Independientemente de lo anecdótico y como quiera que la intención de penalizar esta conducta a título de delito sancionado con pena privativa de la libertad de locomoción sigue en pie, vale la pena examinar la utilidad de la iniciativa o si, por el contrario, otras acciones punitivas más ágiles y efectivas podrían adoptarse, sin necesidad de congestionar el aparato judicial con el trámite de asuntos de poca monta y que si alguna consideración merecen es por el número considerable de contraventores que patrocina el alcoholismo nacional.

Enseña la criminología que, a partir de la consagración del proceso de extinción de dominio de los bienes originados en el narcotráfico, muchos comerciantes se privaron de comerciar con la delincuencia por miedo a perder su patrimonio. Esta reacción enseña que a muy pocos les importa su libertad pero sí perder sus bienes. Pues bien, siguiendo este ejemplo podría pensarse que si se acude a una medida correctiva similar con respecto a quienes conducen en estado de embriaguez la solución sería más fácil y efectiva. Veamos.

Al que porta un arma en estado de embriaguez o la dispara sin motivo alguno, dado el riesgo que su conducta encierra, se le impone la pena de decomiso. Igual procedimiento debe seguirse con quien conduce bajo los efectos del alcohol, se le debe decomisar el vehículo que, para los efectos preventivos, representa el mismo peligro que el arma.

El decomiso se decretaría por un tiempo no superior a seis meses, independientemente de si se trata o no del propietario, lo que importa es colocar al infractor en imposibilidad de reincidir en la contravención y al dueño obligarlo a ser cuidadoso de sus cosas. Téngase en cuenta que esta sanción no exige la intervención del juez, puede ser impuesta por una autoridad de policía, agotando un procedimiento breve y sumario.

Por supuesto que, desde ahora, se adivina que esta propuesta no tendrá acogida y no, porque para defender la propiedad saldrán todos. Lo importante es que el interés por los bienes haría que se multiplicaran los vigilantes, pues en la familia o en la empresa y en todo lugar se redoblarían esfuerzos para cuidar el patrimonio sagrado de manos de irresponsables borrachos.