Como resultado de una Auditoría de Cumplimiento realizada al Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado -(Frisco) y la SAE, la Contraloría General de la República constituyó 82 hallazgos administrativos, de los cuales 20 tienen incidencia fiscal generando un presunto detrimento patrimonial por valor de $28.708 millones, 67 posible connotación disciplinaria, 7 con presunto carácter penal y 2 con otras incidencias, los cuáles serán trasladados para su trámite a las instancias competentes.
La auditoría focalizó 80 sociedades administradas por la SAE y ubicadas en los departamentos de Norte de Santander, Valle del Cauca, Risaralda, Choco, Atlántico, Guajira, Antioquia, San Andrés Islas y Providencia, Córdoba, y Cundinamarca, y las evaluó según su estado jurídico (extintas, en proceso, activas y en liquidación).
Se verificaron procesos de enajenación, denuncias y procesos judiciales que se adelantan en favor y en contra, con el fin de verificar y evidenciar el cumplimiento de las normas en la materia para su correcta administración
Como resultado de esta auditoría, la Contraloría General de la República emitió concepto de Incumplimiento Material Adverso por el incumplimiento de la normatividad relacionada con el análisis integral al proceso de administración, control y seguimiento para la administración de los bienes del FRISCO, por parte de la SAE, específicamente de las sociedades de la muestra seleccionada, con corte a 30 de junio de 2023.
De las visitas realizadas por el equipo auditor de la Contraloría delegada para el Sector Justicia y la evaluación general que se hizo según los diferentes estados jurídicos, se evidenciaron varias situaciones que afectan la adecuada administración, seguimiento y control de las sociedades, como las siguientes:
- La asignación de depositarios no se realiza de manera oportuna.
- En los casos que se nombra al depositario, no se procede a la entrega física de las sociedades.
- Se observan sociedades con depositarios removidos por diferentes causas, evidenciándose casos de hasta 2 años, sin que se cumpla con un nuevo nombramiento.
- Se realizan pagos a depositarios, sin el cumplimiento de requisitos.
- Los términos y cronogramas de los procesos de liquidación de las sociedades se incumplen.
- Los avalúos comerciales y estimados de renta correspondientes a los bienes sociales presentan atrasos de hasta 3 años o más, lo que impide avanzar en los procesos de enajenación para las sociedades que se encuentran en proceso de liquidación y evita la maximización de ingresos por productividad de los bienes sociales.
- Existen bienes sociales improductivos, abandonados, en deterioro y en algunos casos con ocupaciones irregulares.
- Se realizan créditos a sociedades, que se deterioran sin realizar gestión de cobro.
- Se suscriben contratos sin el cumplimiento de lo ordenado por la ley en materia de constitución de garantías.
- No se cuenta con registro de afectados por las medidas cautelares a las sociedades incautadas, con el fin de evitar que continúen ejerciendo administración o intervenciones por terceros que tengan relaciones con estos.
- En las diferentes visitas realizadas por la Contraloría General de la República se evidenció que, como administradora de las sociedades, la SAE no efectúa un adecuado acompañamiento y seguimiento a las mismas.
- La falta de seguimiento a los depositarios designados y la administración ha llevado a la toma de decisiones que condujeron a disolución y liquidación de sociedades.
- Desconocimiento del estado real de las sociedades bajo la administración de la SAE.
- Deficiencias en la funcionalidad y oportunidad del cargue de información en el sistema tecnológico SIGMA, que no cuenta con la información suficiente para el adecuado seguimiento, evaluación, control y adopción de las medidas preventivas y correctivas, para procurar la debida administración de los bienes, por parte de la SAE y los depositarios.
- Falta de mecanismos de seguimiento financiero que no permitieron realizar los análisis de utilidad y de indicadores, que propendieran por la optimización de la actividad de cada sociedad, que ocasionó que aquellas no generaran utilidades y riesgo de pérdida de recursos para el FRISCO.
- Incumplimiento en el ejercicio de las obligaciones, deberes y responsabilidades que las leyes señalan para los depositarios provisionales.
- Apropiación de recursos propiedad de las sociedades que se encuentran en procesos de liquidación, por parte del FRISCO, ocasionando incumplimientos en los cronogramas de liquidación.
- Las sociedades no se encuentran reconocidas correctamente en los Estados Financieros del FRISCO.
Dos (2) son los hallazgos más representativos establecidos en esta Auditoría de Cumplimiento:
*Sociedad Ladrillera La Candelaria (Hallazgo Disciplinario, Fiscal y Pena)
En la sociedad Ladrillera La Candelaria el depositario realizó un contrato de arrendamiento con la Asociación Mutuall de las Américas, por cánones mensuales de $20.000.000, para un total de $2.400.000.000 y una vigencia de 10 años y dos meses. A la fecha se adeuda a la sociedad la suma de $1.994.476.562.
Adicionalmente, en el año 2017 la SAE nombra una nueva depositaria con funciones de liquidador, quien a la fecha no ejerce la administración de la sociedad, debido a la ocupación irregular por parte de personas amparadas en que realizaron pagos a través de un contrato de endoso por acreencias laborales, adeudadas por LADRILLERA LA CANDELARIA. Así mismo, se verificó que la sociedad mencionada desarrolla su objeto social, sin embargo, a la fecha la SAE no tiene el control de la sociedad y no percibe ingresos por conceptos de cánones de arrendamiento ni por utilidades.
Teniendo en cuenta que a la fecha la SAE no tiene la administración de la sociedad y desde el año 2014 no ha realizado ninguna acción Legal, con el propósito de recuperar los bienes sociales o tomar medidas por las diferentes irregularidades realizadas por el depositario, se presenta observación con presunta incidencia disciplinaria, penal y fiscal por valor de $6.754.463.210