Admiten demanda por elección del Senado | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 15 de Agosto de 2018
Redacción Nacional

Una demanda contra la elección de los senadores de la República para el período 2018–2022 fue admitida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, pues según el accionante en más de 800 puestos de votación, en los comicios de marzo pasado, fue inflado el número total de sufragantes en las actas de escrutinio con el fin de justificar una mayor votación y porque, aseguró, fue presentado un candidato inhabilitado.

La acción fue presentada por el abogado José Manuel Abuchaibe Escolar en su nombre propio, en el del partido Opción Ciudadana y de Oswaldo Ferri Ortiz.

El Consejo de Estado indicó que los cargos presentados por Abuchaibe se concentran en “fraude electoral consistente en ‘inflar el total de votantes en las actas de escrutinios con el fin de justificar una mayor votación a favor de determinado candidato o partido político’, respecto de 816 mesas demandadas”.

Así como fraude en los puestos de votación con biometría respecto de 781 puestos de votación y fraude consistente en “presentar un candidato totalmente inhabilitado para sumar una votación producto de un engaño, que no permite que otros candidatos que sí cumplen con los requisitos de ley, puedan ser elegidos, respecto de 915 mesas de votación”, explicó el Consejo de Estado.

El candidato al que hace referencia la demanda es Antanas Mockus, de quien ya el Consejo Nacional Electoral resolvió a favor del exalcalde de Bogotá una impugnación que precisamente presentó el mismo Abuchaibe.

De otra parte, la magistrada ponente dispuso correr traslado de las medidas cautelares solicitadas de acuerdo a lo previsto en el artículo 233 del Cpaca, para que los demandados se pronuncien sobre ellas en escrito separado dentro del término de cinco días, plazo que correrá en forma independiente al de la contestación de la demanda.

Lo anterior teniendo en cuenta, explicó el alto Tribunal, que las medidas pretendidas no hacen referencia a la suspensión provisional de los efectos del acto de elección sino a que se tomen las medidas necesarias para mantener la cadena de custodia de todos los documentos electorales correspondientes a la elección de senadores de la República para el período 2018-2022, hasta tanto se terminen los procesos judiciales que se adelanten.

Además el demandante solicita que se oficie al Consejo Nacional Electoral para que se abstenga de producir un acto administrativo cancelando la personería jurídica del partido Opción Ciudadana por no haber alcanzado el 3% de los votos válidos obtenidos en el territorio nacional para Senado o Cámara de Representantes.

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Opción Ciudadana

El partido Opción Ciudadana alcanzó 346.398 votos en los comicios parlamentarios de marzo pasado, según el escrutinio que adelantó el Consejo Nacional Electoral, que no le fueron suficientes para llegar el umbral del 3%, fijado en esa oportunidad en 458.019 sufragios.

Por ello la colectividad no entró en la repartición de curules en el Senado de la República y se quemaron tres de los cinco senadores que tuvo en el Parlamento 2014-2018: Antonio José Correa Jiménez (69.560 votos), Julio Miguel Guerra Soto (12.389 votos) y Doris Clemencia Vega Quiroz (35.752 votos).

En tanto que los entonces senadores Mauricio Aguilar Hurtado y Teresita García Romero no aspiraron al Senado de la República 2018-2022.

Vale recordar que el Partido MIRA también demandó la elección del Senado en 2014 porque consideró que no le fue computado un importante número de votos. Cuatro años después el Consejo de Estado le dio la razón, devolviéndole tres curules.