Caso Santrich: niegan recusación a juez | El Nuevo Siglo
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Martes, 28 de Mayo de 2019
Redacción Web

Una nueva batalla jurídica perdió la defensa del exnegociador de las Farc, Seuxis Paucias Hernández, Solarte  alias “Jesús Santrich” al serle negada la recusación que la defensa  había presentado a la juez 16 penal municipal con función de control de garantías, a cargo de la audiencia de imputación de cargos.

En la diligencia del pasado 18 de mayo, la Fiscalía presentó a Hernández Solarte en audiencia preliminar concentrada a efecto de resolver las solicitudes de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento, actuación que correspondió por reparto al Juzgado Dieciséis Penal Municipal con Función de Control de Garantías.

Previa a la instalación de dicha audiencia, la juez 16 al declarar la legalidad del procedimiento de captura se pronunció haciendo referencia al artículo 295 del Código de Procedimiento penal, adoptando consideraciones que a juicio del abogado defensor que presentó la recusación contra la funcionaria judicial “son propias de la determinación con la que se define sobre la imposición de medida de aseguramiento” y argumentó que así se tenía un juicio anticipado obre lo que definiría en tal diligencia.

Tal recusación fue estudiada y fallada este martes por el juez octavo penal del circuito con función de conocimiento de Bogotá, quién consideró que la juez 16 no incurrió en ningún tipo de anomalía y se fundamenta en dos razones para negar la recusación presentada por la defensa de Santrich.

Así determinó que “la causal invocada no está formulada en términos de apreciación probatoria anterior del funcionario judicial dentro de una solicitud distinta a aquella en la cual se aduce, se verá afectada su imparcialidad.  Esto significa, que la causal de impedimento propuesta, emerge para aquellos casos en que el funcionario judicial a cargo de resolver el asunto, ha tomado con antelación una decisión que en ese instante va a ser revisada”.

Y agrega que “el argumento planteado por quien propone la recusación, en nada se compadece con la causal que invoca, por cuanto a su juicio, en la legalización de captura se anunció el cumplimiento de los condicionamientos constitucionales necesarios para la imposición de una medida de aseguramiento, y ello no resiste la interpretación que se ha dado a la aludida causal”

Con esta determinación se supera uno de los obstáculos que tiene, por el momento, “frenada” la reanudación de la audiencia de imputación de cargos de la Fiscalía contra alias “Santrich” por los delitos de concierto para delinquir por narcotráfico y narcotráfico.

Como se recuerda si bien la Sala de Revisión de la JEP otorgó a Santrich la garantía de no extradición y ordenó su libertad inmediata, al no encontrar evidencia de que éste había delinquido después del 2 de diciembre de 2016, cuando se firmó el acuerdo de paz, la Fiscalía General de la Nación le abrió un nuevo proceso, aquí, en Colombia, con base en nuevas pruebas sobre su participación en un intento de tráfico de drogas entre 2017 y 2018.

La base de ese nuevo proceso, según la Fiscalía, son nuevas declaraciones de Marlos Marín, testigo protegido de la justicia norteamericana y sobrino de Iván Márquez.

Si bien es cierto que al negarse la recusación presentada por la defensa debería reanudarse la audiencia de imputación de cargos ante la juez 16, se recuerda que también está pendiente un pronunciamiento de la corte Suprema de Justicia en torno a un conflicto de competencias que presentó la defensa de Santrich, alegando que éste tiene condición de parlamentario y que por lo tanto su caso debía ser asumido por la Sala Penal del Alto Tribunal y no por un juez ordinario.

Coincidencialmente ayer el Consejo de Estado emitió un fallo dejando en firme la investidura como parlamentario de Hernández Solarte, por considerar que fue una excusa válida de que no pudo posesionarse de la curul por encontrarse detenido.

En este fallo, dos magistrados presentaron salvamento de voto al considerar que la privación de la libertad no es un motivo de fuerza mayor y por estos hechos no tiene justificación alguna que no se hubiese posesionado.

No hubo pronunciamiento alguno sobre si Hernández Solarte tiene fuero y esa es, precisamente, una de las razones que aduce la defensa del exnegociador de las Farc en el proceso que la justicia ordinaria le abrió por delitos de narcotráfico y que llevó a que la juez 16 elevara una consulta, en tal sentido, a la Corte Suprema de Justicia, que deberá pronunciarse en los próximos días.