La Sección Quinta del Consejo de Estado, en sentencia de segunda instancia del 30 de enero de 2025, resolvió negar la nulidad de la elección de los diputados de la Asamblea Departamental de La Guajira para el periodo 2024-2027. La decisión ratifica la validez de los comicios, luego de un análisis exhaustivo sobre las supuestas irregularidades en el conteo de votos entre los candidatos 55 y 60 del Partido de la U.
El demandante, Dubán Puente Villarreal, quien perdió por menos de 30 votos ante Luis Geneco Bustamante, había interpuesto la acción legal solicitando que se anulara la elección de Bustamante, argumentando inconsistencias entre los formularios E-14 y E-24 del preconteo y los registros finales de votación. Según Puente, dichas discrepancias habían afectado el resultado de los comicios.
Sin embargo, el alto tribunal concluyó que, de los 34 registros en los que se alegaron irregularidades, solo en 8 no se encontraron diferencias entre los candidatos, y en 25, las pequeñas variaciones fueron debidamente justificadas por la Comisión Escrutadora Municipal. Solo en un caso no se presentó justificación para una diferencia, pero se determinó que dicha inconsistencia no afectó la asignación de curules. La diferencia final entre los candidatos 55 y 60 fue de solo 2 votos a favor de Bustamante, quien mantuvo una ventaja de 22 sufragios sobre Puente, lo que ratificó su lugar en la Asamblea Departamental.
La sentencia del Consejo de Estado subraya que las irregularidades detectadas no tuvieron una incidencia significativa en los resultados, dado que el margen de diferencia entre los dos candidatos fue mínimo y no alteró la distribución de escaños del Partido de la U.
Con esta resolución, queda confirmada la elección de los diputados para el periodo 2024-2027, rechazando así la demanda de nulidad electoral presentada por Puente Villarreal.