La eventual extradición a Estados Unidos del desmovilizado y actual dirigente del partido Farc, Jesús Santrich, podría tomar más de los 10 meses que inicialmente se habían presupuestado, después de que ayer la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidiera que suspende el trámite que apenas la semana pasada inició para determinar la fecha en que esta persona habría delinquido, esto mientras que la Corte Constitucional dirime el conflicto de competencias que se ha planteado entre esta Jurisdicción y la Fiscalía acerca de a cuál de las dos corresponde este caso.
El organismo creado por el acuerdo de paz para impartir justicia por los delitos graves cometidos en el conflicto armado indicó en un comunicado que “la Sección de Revisión (…) mediante auto proferido el pasado 8 de junio, envió a la Corte Constitucional la actuación correspondiente a la aplicación de la garantía de no extradición solicitada ante el Tribunal por el señor Seuxis Paucias Hernández Solarte”.
Agrega la JEP que la decisión se adoptó en cumplimiento del acto emitido el 1° de junio de 2018 por el magistrado Alberto Rojas con ocasión del alegado conflicto de jurisdicciones invocado por la Fiscalía General de la Nación.
Por ello, la JEP determinó que “el acto del 8 de junio de la Sección de Revisión implica la suspensión del trámite que se realiza en el Tribunal para la Paz respecto al señor Hernández Solarte, hasta tanto se pronuncie la Corte Constitucional”.
Finalmente la JEP indicó que “en el despacho del magistrado Luis Guillermo Guerrero Pérez, de la Corte Constitucional, se realiza otro trámite que apunta a propósitos similares respecto al caso del señor Hernández”.
El jueves pasado, la embajada de Estados Unidos en Colombia radicó en el Ministerio de Relaciones Exteriores la solicitud formal de extradición de Jesús Santrich. Ese mismo día, la Cancillería se encargó de enviar la documentación al Ministerio de Justicia.
Dentro del trámite establecido por la normativa vigente el Ministerio de Justicia procederá a revisar los 244 folios que sustentan el pedido formal de extradición por parte de la justicia de Estados Unidos y en los cinco días hábiles siguientes, hasta el viernes próximo, término establecido por ley, dicha documentación se enviará a la JEP para que determine a más tardar en 120 días (a mediados de octubre), la fecha en que Santrich supuestamente participó de una conspiración para enviar 10 toneladas de cocaína al país del norte.
Sin embargo con la decisión que adoptó ayer la JEP el término de 120 días para establecer la fecha en que supuestamente Santrich cometió el delito queda suspendido hasta que la Corte Constitucional dirima el conflicto de competencias planteado con la Fiscalía acerca de a quién le corresponde este caso.
Si la JEP encuentra que el delito fue cometido por Santrich antes del 1 de diciembre de 2016, fecha establecida en el Acuerdo de Paz como límite para cualquier delito cometido por los desmovilizados de las Farc, asumirá la investigación y el pedido de extradición queda archivado.
En caso contrario el expediente corresponde a la justicia ordinaria y sigue el proceso de extradición, que según explicó el ministro de Justicia, Enrique Gil, podría tomar entre 4 y seis meses, el cual finaliza con la firma del presidente de la República.
Hace unas semanas se dio una polémica por la decisión de la JEP de suspender el proceso para la extradición de Jesús Santrich, cuando no había llegado por parte de Estados Unidos la solicitud formal en ese sentido.
El fiscal Néstor Martínez dijo que la JEP no está facultada para ordenar suspender un proceso de extradición y por ello con este tipo de determinaciones viola el orden constitucional.
Santrich está privado de la libertad desde abril pasado por decisión de la justicia ordinaria, con base en las pruebas que entregó la DEA de Estados Unidos a la Fiscalía colombiana que lo vincularían con la supuesta comisión de este ilícito.
Martínez indicó sobre la decisión de la JEP de suspender el trámite para determinar la fecha en que Santrich habría delinquido, que "la Fiscalía General de la Nación reconoce que la JEP es la única autoridad competente para determinar la fecha de los hechos de cara al trámite de la extradición. En esa materia no hay ningún conflicto de competencias, de manera que el trámite de extradición debería continuar su curso normal en la Sección de Reconocimiento" de la JEP.
JEP envía a la @CConstitucional actuaciones sobre Seuxis Paucias Hernández Solarte para que resuelva conflicto de competencias invocado por @FiscaliaCol. pic.twitter.com/OLeZKS4DCy
— JEP (@JurisdiccPaz) 12 de junio de 2018