Lupa de la Corte a tratamiento especial a militares en la JEP | El Nuevo Siglo
Foto Ejército.
Martes, 3 de Julio de 2018
Redacción Nacional

Existe gran expectativa por el pronunciamiento que hará la Corte sobre la ley de procedimientos de la JEP (Jurisdicción Especial de Paz) que aprobó el Congreso la semana pasada, especialmente por los cambios que promovió el Centro Democrático, uno de los cuales apunta a la creación de una sala especial para el procesamiento de los militares, que a juicio del Gobierno es inconstitucional.

Sin embargo antes de que el alto Tribunal falle al respecto tiene previsto en su sala de mañana manifestarse acerca del decreto presidencial que estableció en esta instancia el tratamiento especial a los miembros de la Fuerza Pública.

Se trata del Decreto 706 de 2017 que expidió el presidente Juan Manuel Santos en uso de las facultades extraordinarias que le confirió el Acto Legislativo 01 de 2016 para implementar algunos aspectos normativos del acuerdo de paz, en lo que tiene que ver con el tratamiento especial a los miembros de la Fuerza Pública, en desarrollo de los principios de prevalencia e inescindibilidad del Sistema Integral de Verdad Justicia, Reparación y No Repetición.

Durante las negociaciones de paz en La Habana (Cuba) con la entonces guerrilla de las Farc una de las mayores críticas de los contradictores de estos diálogos y de la oposición encarnada en el Partido Centro Democrático fue que los militares tendrían igual tratamiento que los subversivos en el sistema de justicia transicional que sancionaría los graves delitos cometidos en el conflicto armado, además que no contarían con las suficientes garantías.

No obstante el presidente Santos se comprometió a que los uniformados tendrían en la JEP un trato diferenciado. En ese sentido el artículo transitorio 17 del Título Transitorio de las Normas para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, incorporado a la Constitución mediante el Acto Legislativo No. 1 de 2017, señala que "el componente de Justicia del SIVJRNR también se aplicará respecto de los agentes del Estado que hubieren cometido delitos relacionados con el conflicto armado y con ocasión de éste, aplicación que se hará de forma diferenciada, otorgando un tratamiento equitativo, equilibrado, simultáneo y simétrico. En dicho tratamiento deberá tenerse en cuenta la calidad de garantes de derecho por parte del Estado".

Sin embargo el artículo nuevo que el Centro Democrático impulsó en la ley de procedimientos de la JEP, que fue aceptado a regañadientes por el Gobierno para que se aprobara la iniciativa por las nuevas mayorías duquistas en el Congreso, indica que “los procesos de los miembros de las Fuerzas Armadas de Colombia iniciarán y continuarán su trámite una vez el procedimiento especial y diferenciado para el juzgamiento exista”, y deja abierta la puerta a que los militares soliciten de “manera expresa” que su proceso continúe con la reglamentación como está.

Y agrega que “mientras mantengan los compromisos de sometimiento a la JEP, podrán mantener los beneficios del sistema y las medidas provisionales decretadas a su favor antes de la entrada en vigencia de esta ley”.

 

Eventual efecto

El Decreto 706 de 2017 tiene por objeto regular un tratamiento especial en desarrollo de los principios de prevalencia e inescindibilidad del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición para los miembros de la Fuerza Pública procesados por conductas punibles cometidas por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado interno.

Entre otras de sus disposiciones contempla la revocatoria o sustitución de la medida de aseguramiento o la sustitución por una no restrictiva de la libertad para los uniformados. De hecho 1.206 militares y policías de los 2.159 que se han sometido a la JEP les fue otorgada la libertad condicional y unos 172 fueron trasladados de centros de reclusión militar a unidades militares.

El artículo 3° de este Decreto hace referencia a la inescindibilidad, es decir que si bien los principios contenidos se aplicarán de forma diferenciada a uniformados y exguerrilleros, son inseparables del Sistema de Verdad, Justicia y Reparación.

En ese sentido si la Corte declarara exequible este Decreto sobre el trato diferenciado de los militares en la JEP y ratificara de paso la inescindibilidad de este sistema de justicia transicional, hay quienes consideran que sería poco probable que cuando llegue a sus manos la ley de procedimientos de la JEP, que sancionará esta semana el presidente Santos, le dé luz verde a una sala exclusiva para los uniformados y con magistrados distintos a los que ya fueron escogidos para esta jurisdicción.