Se abren las urnas en el exterior para la C. Anticorrupción | El Nuevo Siglo
Foto Cortesía Ministerio de Relaciones Exteriores
Sábado, 18 de Agosto de 2018
Redacción Nacional

A las 3 de la tarde del domingo se iniciarán las votaciones de la Consulta Anticorrupción en el exterior, informó el viernes en rueda de prensa el canciller Carlos Holmes Trujillo.

De acuerdo con la ley, los colombianos fuera del país tienen una semana para ejercer su derecho, y es por esto que las urnas estarán abiertas en Consulados y Embajadas del 20 al 26 de agosto. Teniendo en cuenta la diferencia horaria, Auckland en Nueva Zelanda, será la primera mesa de votación en abrirse, puesto que cuando en Colombia sean las 3 de la tarde del 19 de agosto, allá serán las 8 de la mañana del 20 de agosto, primer día de votaciones en el exterior.

Para esta jornada estarán dispuestas de lunes a sábado 130 mesas de votación y 1.330 el domingo en 234 puestos de votación en Consulados, para que los 827.635 colombianos habilitados fuera del país puedan participar en la consulta.

Luego de Auckland (que tiene un potencial electoral de 870 colombianos), los siguientes puestos en dar apertura a la consulta serán los ubicados en Australia, con un potencial electoral de 11.054 colombianos en las ciudades de Brisbane (1.768), Canberra (376), Melbourne (3.945), Perth (801) y Sídney (4.164).

De acuerdo con el canciller Trujillo, los connacionales en el exterior podrán ejercer su derecho al voto del 20 al 26 de agosto de 8 de la mañana a 4 de la tarde (hora local del país en donde se encuentran).

Según información suministrada por la Registraduría, de los 827.635 colombianos habilitados para votar en el exterior, 446.422 son mujeres y 381.213 son hombres, que podrán sufragar en 235 puestos de votación, en 69 países del mundo.

Los colombianos residentes en el exterior podrán ejercer su derecho al voto presentando su cédula de ciudadanía colombiana. El pasaporte, la contraseña, la libreta militar, los pases de conducción y cédulas con formato antiguo no son documentos válidos para votar.

Un total de 36.421.026 colombianos están habilitados para votar el 26 de agosto en el país y en el exterior, durante la Consulta Popular Anticorrupción.

Del total de los ciudadanos habilitados para sufragar, 18.819.136 son mujeres y 17.601.890 hombres, los cuales podrán ejercer su derecho al voto en 97.027 mesas distribuidas en 11.233 puestos de votación en todo el territorio nacional.

En la capital del país 5.727.326 colombianos están habilitados para sufragar, de los cuales 3.052.326 son mujeres y 2.675.000 son hombres, en 14.485 mesas que se instalarán en 642 puestos de votación.

La Registraduría, en su sitio web, aclaró que, aunque por supuesto los promotores esperan que se respondan las siete preguntas afirmativamente, el ciudadano puede responder la pregunta o preguntas de su preferencia.

En caso de que el sufragante marque mal una pregunta, solo se anularía esa pregunta y las demás se contabilizarán como válidas.

Así, es posible que algunas preguntas sean aprobadas y otras no, ya que cada pregunta tiene su propio umbral.

El umbral es el número de votos que debe alcanzar un mecanismo de participación ciudadana para que sea habilitado. En el caso de la Consulta Anticorrupción la Ley estipula que para ello se requiere que vote la tercera parte del censo electoral nacional.

La consulta popular será aprobada cuando la pregunta haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral. El censo electoral para la consulta es de 36.421.026 colombianos, esto quiere decir que para que la consulta prospere tendrían que votar 12.140.342 ciudadanos.

Si la consulta alcanza el umbral que determina le Ley, luego cada pregunta debe también alcanzar el umbral, es decir que la opción del Sí alcance la mitad más uno de los votos válidos en la pregunta depositados por esa pregunta.

La aprobación de la consulta depende del umbral de participación, no del número de preguntas que se respondan.

Por participar en los mecanismos de participación ciudadana previstos en la Ley 134 de 1994 y 1757 de 2015, no se entrega certificado electoral. No se conceden los estímulos a los sufragantes, ya que en estos casos la abstención es una forma de participación política que incide en el resultado de la jornada democrática.