Detenciones en centros transitorios no deben superar 36 horas: C. Constitucional | El Nuevo Siglo
Hacinamiento en centros transitorios constituye la violación de derechos humanos/ Foto: archivo AFP
Lunes, 29 de Julio de 2024
Redacción Política

La Corte Constitucional se pronunció nuevamente en contra del hacinamiento en los centros de detención transitoria que se viene presentando de manera reiterativa y que pone en riesgo la salud de quienes se encuentran en estos sitios, además de establecer una vulneración a los derechos humanos en estos casos.   

 

Según señala el alto tribunal, “los Centros de Detención Transitoria representan una tragedia humanitaria para Colombia y avergüenzan a la República”, explica la corte en medio de un fallo al respecto. Posteriormente reitera que “La Sala Especial de Seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) Penitenciario, Carcelario y en los Centros de Detención Transitoria estableció que exceder el límite de 36 horas de detención en un centro de detención transitoria, no solo constituye una violación a la Constitución y la ley, sino que también resulta en una reclusión en condiciones inhumanas”

Posteriormente, la corte advirtió de igual manera que “Esta situación les impide a las personas privadas de la libertad tener un lugar adecuado para dormir y los priva de la dignidad al realizar sus necesidades fisiológicas sin acceso a instalaciones básicas como lavamanos, sanitarios o duchas en condiciones mínimas de funcionamiento”.

Así mismo, este hace parte de un nuevo pronunciamiento en relación con este tipo de hechos, pues hace unos meses la Corte Estableció que la Policía, el Inpec, y las entidades encargadas del procesamiento y detención de las personas judicializadas, debía realizarse a partir de este año de manera que no se violaran derechos fundamentales, ni el Derecho Internacional Humanitario.