Aborto, debate jurídico inagotable | El Nuevo Siglo
Martes, 10 de Septiembre de 2013

El debatejurídico entorno al aborto parece no tener fin. Luego de varias demandas contra la sentencia que reglamenta su práctica en tres casos excepcionales, dos comités promotores buscan, vía referendo, que se prohíba esta práctica totalmente.

Independiente de las posiciones conceptuales y morales de las partes, el debate jurídico plantea una disputa que no será fácil de resolver. Por una parte, expertos juristas señalan que la discusión ya es un asunto juzgado que muy difícilmente pueda cambiarse, mientras que otros opinan que la medida puede salir adelante e incluso sentar las bases para que se legisle en contra del aborto.

Consultado por EL NUEVO SIGLO el expresidente de la Corte Constitucional Jaime Córdova Triviño, descartó que los referendos que están en proceso logren reversar las decisiones del alto tribunal, al tiempo que señaló que no sería bueno para la seguridad jurídica del país.

“Yo creo que ese es un asunto ya definido por la Corte Constitucional que es el intérprete autorizado de la Carta Magna. Es una sentencia con fuerza de cosa juzgada constitucional. Por la seguridad jurídica del país, es un debate que ya está concluido, incluso las solicitudes de nulidad y de aclaración de ese fallo no han prosperado, de tal manera creo que es inútil e innecesario insistir en una vuelta hacia atrás por cualquier vía, ya sea por intentar reformar la Constitución o por un referendo, creo que eso es inútil”, explicó Córdova.

Aunque lo consideró teóricamente viable, el exmagistrado dijo que es políticamente improbable por el momento que atraviesa el país.

“La Constitución establece mecanismos de reforma de la Constitución. Ese es un escenario teóricamente posible, pero políticamente improbable porque se trata de un asunto que ya ha alcanzado en la Corte un consenso importante en la sociedad”, enfatizó.

El especialista insistió que no es recomendable promover cambios a la Constitución cada vez que a la opinión pública no le gusta una decisión de la Corte. “Yo no soy partidario de que se intenten reformas a la Constitución para salirle al paso a sentencias del tribunal constitucional porque eso genera inestabilidad en nuestro sistema constitucional. Cada vez que a algún sector no le gusta una sentencia de la Corte, el remedio no puede ser reformar la Carta porque entonces se tendrían tantas reformas con sentencias con las que no esté de acuerdo algún sector de la opinión”, puntualizó.

 

 

Alcances

 

Otra postura expresó el también ex presidente de la Corte Constitucional, Carlos Gaviria, quien a pesar de estar de acuerdo en la despenalización, reconoció que un referendo podría cambiar la postura de la sentencia C-355 de 2006.

“Soy partidario del aborto en los tres casos especiales, pero reconozco que existe la posibilidad de que se cambie la normalidad constitucional y que una de las vías para hacerlo es el referendo. Aunque no me gustaría que se diera un resultado contrario a mi convicción, pero respetaría ese resultado”, señaló Gaviria.

El exmagistrado aseguró que de ganar dicho referendo, se sentarían las bases para cambiar la legislación al respecto.

“Si vía referendo se cambia la Constitución, seguramente ese cambio dará base para que se dicte una legislación en la que se penalice nuevamente el aborto que sería lamentable”, dijo.

En todo caso, el jurista indicó que “lo que no se puede es sancionar a las personas que apelen a estos métodos”. Gaviria proyectó un agudo debate nacional político y jurídico entorno al aborto y al referendo.

 

 

Mal uso

 

A su turno, la especialista en derecho constitucional, Ligia Galvis dijo que los mecanismos de consulta popular no están hechos para cambiar sentencias.

“No es una disputa jurídica, eso es una disputa política. Lo político pretende interferir en lo jurídico y me parece que esa no es la vía en una democracia. Los referendos y las consultas populares no están hechas para modificar la democracia en sus estructuras básicas. No creo que esa sea una vía adecuada”, precisó Galvis.

La abogada aclaró que “los referendos no están hechos para cambiar cualquier ley y cualquier disposición. Es para cuando de verdad se amerita para tomar una decisión sobre un asunto político, no para reformar el sistema jurídico”.

De otra parte, Juan Carlos Lancheros, de la Fundación Derecho Justo, celebró que el tema pase a la órbita del Congreso, pero lamentó que se haya tenido que usar este mecanismo para tal fin.

“Es positivo en la medida en que lleva el tema del aborto al Congreso y lo saca de la órbita exclusiva de los jueces, donde hasta ahora se encuentra. La Corte Constitucional no puede reemplazar al Congreso, lo que ha ocurrido es que ante la inactividad del Parlamento le ha tocado al alto tribunal resolver al respecto”, dijo.

“Ahora, lo que uno lamenta es que se usado el mecanismo del referendo para esto, como si todas las decisiones en relación con el aborto tuvieran que ser tomadas por los ciudadanos de forma directa y no pudieran ser adoptadas por el Congreso”, concluyó.

Al respecto, la senadora Claudia Wilches, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), promotora del referendo explicó que debido a que se agotaron los mecanismos, fue necesario apelar a este mecanismo para que se escuche a la gente.

“Los que hemos venido promoviendo la iniciativa pensamos que ya es tiempo que la sociedad se pronuncien sobre temas que tiene una incidencia tan directa porque creo que se han agotado las instancias. La Corte tomó una decisión en lo que ellos consideran que es lo correcto, pero se tiene que escuchar la voz de la gente”, precisó.

 

 

Firmas válidas

 

El pasado mes de julio la Registraduría Nacional anunció que el Comité de Promotores del Referendo ‘Unidos por la Vida’ superó el nivel de firmas requeridas para que la iniciativa continúe su trámite. De esta manera de las 325.619 firmas presentadas fueron aprobadas 195.972.

Comité de Promotores del Referendo que busca reformar el artículo 11 de la Constitución Política de Colombia para prohibir el aborto, incluso en los tres casos excepcionales previstos por la Corte Constitucional. Actualmente el artículo 11 de la Constitución señala que “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte”. Los promotores del referendo buscan que el artículo señale “El derecho a la vida es inviolable. Desde su concepción hasta la muerte natural”.

Siguiendo lo establecido en la Resolución 8362 del 11 de octubre de 2012, hecha la revisión se estableció que las firmas entregadas fueron 330.094 de las cuales 195.972 resultaron válidas superando el 5 por mil del censo electoral exigido en la Ley 134 de 1994, que para la fecha de la entrega de las firmas era de 32.168.200 colombianos habilitados para votar.

La Registraduría Nacional realizó una revisión donde verificó que los datos estuvieran completos, que no existieran firmas repetidas y que todos los apoyos correspondieran a ciudadanos inscritos en el censo electoral aptos para votar.

Así mismo se realizó una técnica de muestreo en la revisión de firmas de acuerdo a la Resolución 5641 de 1996, la cual especifica que para inscribir un comité se debe presentar el formulario correspondiente acompañado de las firmas que lo respaldan. El mínimo requerido de firmas equivale al 5 por mil de los ciudadanos que integran el censo electoral, que para este caso corresponde a 160.841 firmas.

El Comité de Promotores del Referendo “Unidos por la Vida” quedó conformado por Marcela Posada Arbeláez, en calidad de vocera y por Verónica Yulieth Cardona Montoya, Lina Fernanda Morera Montaño, Deyssi Karina Sterling Zuluaga, Amanda Rodríguez López, Claudia Rodríguez de Castellanos, Vicente José Carmona Pertuz, Nicolás David Garzón Contreras, Marcel Fernando Tangarife Torres, quienes completan los integrantes.

Tras la certificación obtenida, el Comité de Promotores deberá inscribir ante la Registraduría la solicitud de referendo y una vez hecha, la Registraduría cuenta con un término de 15 días para diseñar y entregar el modelo del formulario original para la recolección de firmas y a partir de este momento el Comité tiene un plazo de seis meses para recoger apoyos equivalentes al 5% del censo electoral, aproximadamente 1.608.410 firmas.

La Corte Constitucional, en la sentencia C-355 de 2006, despenalizó esa práctica en tres circunstancias: que la salud física o mental de la madre corra peligro, que el feto presente graves malformaciones incompatibles con la vida y que la mujer haya sido víctima de una violación, inseminación artificial no consentida o incesto.