Pacto Histórico amplió a 19 sus curules en el Senado | El Nuevo Siglo
Alex Londoño/ El Nuevo Siglo
Viernes, 18 de Marzo de 2022
Redacción Web

El registrador nacional del Estado Civil, Alexánder Vega Rocha, y la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Doris Ruth Méndez, entregaron la consolidación parcial de los escrutinios municipales del Senado 2022 y los resultados de las consultas interpartidistas.

Respecto al escrutinio de las votaciones para el Senado de la República, con el 97% de las mesas escrutadas los partidos políticos obtuvieron los siguientes resultados:

Comunicado

De esta manera, el Pacto Histórico logró 19 curules para el Senado y los partidos Centro Democrático, Centro Esperanza y Partido Conservador perdieron una curul cada uno.

Los tres senadores adicionales del Pacto que estarían son: César Augusto Pachón, Sandra Jaimes Cruz y Paulino Riascos Riascos.

En vista de lo sucedido, los senadores que perdieron su curul son: Esperanza Andrade Serrano del Partido Conservador, quedando con 15 senadores; León Fredy Muñoz de la Alianza Verde y Centro Esperanza con 13, y María Angélica Guerra López, del Centro Democrático, que terminó con 13 senadores.

El Partido Conservador quedó con 2.201.000 votos y perdió cerca de 12 mil, pues contaba inicialmente con 2.213.000 sufragios. Tendrá 15 curules.

En el caso de Centro Esperanza, tendrá 50 mil votos menos ya que se quedó con 1.900.000 con relación a los 1.956.000 sufragios con los que quedó el domingo. Se queda con 13 puestos en el Capitolio.

En cuanto al Centro Democrático, se tuvo que conformar con 1.874.000 votos de los 1.929.000 que había conseguido en la jornada electoral dominical. Contará con 13 curules.

Por parte de los otros movimientos, estos quedaron conformados con los mismos puestos que terminaron el domingo. El Partido Liberal, con 15 curules; La U, con 10 escaños, y la coalición de los partidos cristianos Colombia Justa Libres y MIRA conserva los cuatro senadores con los que ya contaba.

Reclamos

Por su parte, los dirigentes del Centro Democrático le están solicitando al registrador nacional, Alexánder Vega, explicar por qué con un desfase de 948.283 votos para la colectividad, solo se beneficia a un solo partido.

De otra parte, y tras calificar como inaceptable la inexactitud de los resultados entregados por la Registraduría, que representan un desfase de más del 7% entre el preconteo de votos y el escrutinio, el Centro Democrático instó a explicar a la opinión pública lo ocurrido, tanto por las implicaciones que tiene en la conformación del nuevo Congreso como por el duro golpe a la confianza de los electores.

A través de un comunicado, este partido destaca que debe explicarse la actual contingencia, por la cual “dicho desfase beneficia únicamente a un Partido político mientras los demás presenciamos la pérdida de curules sin información suficiente para contrarrestarlo”.

En tal sentido, pide a la Registraduría extender los plazos previstos para la presentación de reclamaciones y llama a las organizaciones de transparencia electoral a que de “manera decidida y concreta, hagan una verificación de lo ocurrido”.



Causales

Por otro lado, y para que los lectores entiendan esta situación, EL NUEVO SIGLO presenta un ABC de las razones contempladas en la norma por las que se puede impugnar. 

Una causal de reclamación se aplica cuando funcionen mesas de votación en lugares o sitios no autorizados conforme a la ley.  

El pasado domingo varios puestos de votación fueron trasladados por la Registraduría por motivos de orden público o de fenómenos naturales como invierno o deslizamientos. Sin embargo, ello no amerita reclamación pues una autoridad tomó esta determinación por razones motivadas. 

Se registró el traslado de puestos de votación el pasado domingo en Puerto Alegría (Amazonas); en el centro educativo San Pablo de Bijagual, en Córdoba (Nariño); en Tres Bocas, en Tibú (Norte de Santander); el puesto del Socorro, en Ituango (Antioquia); el puesto de Vijagual, en Nechí (Antioquia) y en Algeciras (Huila). 

Otra causal de reclamación en el escrutinio se da porque la elección se verifique en días distintos de los señalados por la ley, o de los señalados por la autoridad con facultad legal para este fin.  

De igual forma porque los cuatro ejemplares de las actas de escrutinio de los jurados de votación estén firmados por menos de tres de estos.  

Otra causal de reclamación en el escrutinio prevista en el Código Electoral es cuando se hayan destruido o perdido los votos emitidos en las urnas y no existiere acta de escrutinio en la que conste el resultado de las votaciones. 

De igual manera, cabe reclamación cuando el número de sufragantes de una mesa exceda a los ciudadanos que podían votar en ella. 

También se puede reclamar durante el escrutinio cuando el número de votantes en una cabecera municipal, un corregimiento, una inspección de policía o un sector rural exceda al total de cédulas aptas para votar en dicha cabecera, corregimiento, inspección de policía o sector rural, según los respectivos censos electorales.  

Se debe garantizar el reconteo: MOE

La Misión de Observación Electoral (MOE) manifestó, en horas de la mañana, su rechazo hacia los diferentes videos difundidos en redes sociales, donde se muestra cómo algunas personas, en su rol de jurados de votación el pasado 13 de marzo, sostienen haber realizado actos que pueden constituirse como fraude electoral. 

La entidad señaló que, debido a la gravedad de estos hechos, que van en detrimento de la legitimidad del proceso electoral y sus resultados, "la organización electoral debe garantizar la realización del reconteo de los votos en las mesas en las que estas personas tuvieron presencia, sin importar la instancia en la que en este momento se encuentre el proceso de escrutinio".

En este sentido, la MOE expresó que "se debe informar a la ciudadanía votante de dichas mesas para que revisen su certificado electoral y verifiquen sus datos como nombre y número de identificación, con el fin de legitimar que estén correctamente registrados". En caso de que no sea así, este organismo solicitará "a la Registraduría Nacional del Estado Civil que proceda a hacer el cambio en el registro del votante en los respectivos certificados para que sus datos queden correctamente asentados en los mismos".

Cabe señalar, y tal como lo advierte la MOE, que los ciudadanos que fueron jurados de votación "están cumpliendo funciones públicas transitorias y -por tanto- están sujetos al régimen disciplinario. Por esta razón, sus actuaciones tienen consecuencias tanto de tipo administrativo como de tipo penal".

Por último, la MOE invitó, desde un proceso pedagógico, a las instituciones educativas a fortalecer la formación democrática y cívica de sus estudiantes, "pues la lucha contra la corrupción inicia precisamente desde la forma en que los jóvenes afrontan sus responsabilidades individuales y colectivas, y contribuyen a garantizar que la voluntad y libertad en la toma de decisiones sea respetada".