Buscarán eliminar gastos de representación de congresistas | El Nuevo Siglo
Foto: Presidencia de Colombia
Lunes, 10 de Agosto de 2020
Redacción Web

Ante el Congreso de la República se radicó este lunes un proyecto de ley que buscará regular el cobro de los gastos de representación y pedirá que se devuelvan los ya cobrados durante la virtualidad.

Esta iniciativa fue presentada por el senador por la Lista de la Decencia Gustavo Bolívar, con apoyo del también senador del Polo Democrático Alexander López y la senadora del Partido Verde Angélica Lozano, para modificar la ley 4 de 1992.

El objeto de la presente ley es introducir un cambio en la ley 4 de 1992, con el fin de limitar la percepción de gastos de representación para los miembros de la Rama Legislativa, en aquellos periodos en los cuales no se desarrollen actividades presenciales del Congreso de la República y se busca recuperar aquellos gastos de representación que han sido pagados durante el periodo de sesiones virtuales.

Casos como el que está viviendo el país actualmente por el Covid-19, que ha impedido el trabajo presencial de los congresistas, por lo que están legislando de manera remota.

Si se logra aprobar esta iniciativa, los congresistas dejarán de recibir dentro de su salario la compensación por gastos de representación establecida en el régimen salarial del Congreso de la República durante los periodos en que no se desarrollen actividades presenciales.

Que se pueden aplicar en los periodos de receso parlamentario, o cuando las actividades parlamentarias se desarrollen bajo el esquema de teletrabajo o sesiones virtuales.

En casos en que las mesas directivas de Senado y Cámara decidan realizar actividades semipresenciales, para aquellos parlamentarios que asistan a dichas sesiones se les garantizará el pago de los gastos de representación.

Por otro lado, buscará que se devuelvan los gastos de representación percibidos por los miembros de la Rama Legislativa durante el periodo de sesiones virtuales.

La Dirección del Tesoro Nacional deberá fijar las cuentas en las que se recepcionarán dichos recaudos, informando de estas a las direcciones administrativas de Senado y Cámara.