EL ACUERDO del Gobierno nacional con al menos seis EPS y Acemi para lograr transformar el sistema de salud, donde estas entidades tendrán que convertirse en Gestoras de Salud y Vida, tal y como lo propone el presidente Gustavo Petro, fue hecho público por varios medios.
Esta iniciativa, que podría radicarse el 1 de mayo, contaría con mensaje de urgencia para lograr su aprobación antes del 20 de junio, fecha en la que finalizan las sesiones ordinarias del Congreso.
Aunque la nueva propuesta parece una reforma más moderada respecto a la anterior, no dejó de tener críticas por parte de académicos y expertos del sector.
El borrador de reforma consta de 47 artículos y tiene el espaldarazo de Acemi y de las EPS Compensar, Sura, Salud Total, Mutal Ser, Coosalud y Nueva EPS.
En el comunicado que firmaron con el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, señalan que “naturalmente, esta propuesta de una nueva reforma a la salud será enriquecida con los aportes de los demás actores del sistema, especialmente pacientes, personal de salud y prestadores de servicios de salud, una vez sea presentada para su posterior debate en el Congreso de la República”.
No mejora
Andrés Vecino, médico y experto en salud pública de la Universidad Johns Hopkins, fue uno de los primeros en advertir que la propuesta del articulado no mejora las condiciones estructurales del sistema, sino que podría “empeorarlos”.
El experto señaló que −como en el articulado que resultó hundido en la Comisión Séptima− el nuevo borrador establece el manual tarifario (dinero fijo que pagaría el estado por cada atención médica) como el principal método de control de costos. Según él, esto representa un riesgo financiero.
En el articulado se indica que los CAPS siguen siendo la primera puerta de entrada al sistema, pero todavía no está clara cuál será la ruta para las personas que requieren un manejo especializado y continúo: “la fuente de ingresos/gobernanza es diferente al nivel superior”.
“Lo veo prácticamente igual. Está un poco mejor organizado. Parece un articulado más corto, pero porque resumen o unen varios artículos. En la práctica es lo mismo: CAPS, gestoras, redes integradas, tarifario, equipos básicos, sistema interoperable, etcétera. Casi ni se esforzaron”, señaló, por su parte, Johnattan García, investigador del Departamento de Salud Global de la Universidad de Harvard.
El patrimonio
Entre los puntos clave de la iniciativa se destaca que durante el proceso las EPS no serán liquidadas, sino disueltas y los activos pasivos y patrimonio de todas las EPS pasarán a las Entidades Gestoras de Salud y Vida.
La nueva propuesta solo tiene 47. Entre otras cosas, elimina un artículo que establecía la intervención del Estado a todo el sistema. Mantiene la necesidad de hacer consultas previas a los pueblos indígenas y comunidades afro.
El texto contiene el objetivo y campo de aplicación, gobernanza y rectoría, también fuentes, usos y gestión de los recursos financieros del sistema de salud, así como la organización del servicio de salud con un capítulo especial para las Gestoras de Salud y vida.
También las redes integrales e integradas territoriales de servicios de salud (RIITSS), instituciones de salud del Estado, personal de salud inspección vigilancia y control, disposiciones generales y disposiciones transitorias.
Uno de los artículos importantes es el 22 que define la transformación de las Entidades Promotoras de Salud (EPS).
“Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que actualmente se encuentran operando en el Sistema General de Seguridad Social en Salud continuarán haciéndolo hasta por dos (2) años siempre que cumplan las condiciones de permanencia que les aplica, más aquellas que se consagran en el periodo de transición previsto en la presente ley”, se señala en el texto.
Las gestoras
El mismo indica que “podrán transformarse en Gestoras de Salud y Vida, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que presenten un plan de saneamiento de pasivos aprobado por la Superintendencia Nacional de Salud, en los términos definidos en el artículo 23, y cumplan con las condiciones que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social en relación con indicadores de satisfacción al usuario y resultados en salud; durante este periodo deberán cumplir progresivamente, en las fechas que defina el reglamento”.
Establece la regionalización de las nuevas Gestoras de Salud para garantizar la atención de las personas.
“Se organizarán progresivamente por territorios para la gestión en salud, reconociendo su experiencia en los sitios en donde históricamente han gestionado el riesgo en salud con buenos resultados y conservando sus afiliados. En los mencionados territorios y acreditando los requisitos necesarios, se podrán establecer como Gestoras de Salud y Vida, articulándose con los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) presentes en el correspondiente territorio para la gestión en salud”, apuntó.
El giro directo a prestadores
La iniciativa recalca en el giro directo para evitar la intermediación. “Antes de cumplir los dos años de transición previstos en esta Ley, las Entidades Promotoras de Salud que cumplan los requisitos podrán transformarse en Entidades Gestoras de Salud y Vida (EGSVI), las cuales podrán ser de naturaleza privada o mixta y su conformación, habilitación y funcionamiento estará conforme a las condiciones y plazos señalados en la presente Ley”, sostiene el borrador.
“Todas las Entidades Promotoras de Salud tendrán plazo máximo de dos (2) años para cumplir con la disposición de prohibición de integración vertical en la mediana y alta complejidad”, apuntó.
Destaca que “la transformación de las actuales Entidades Promotoras de Salud EPS en Entidades Gestoras de Salud y Vida no implica su liquidación, sino un proceso de disolución. Los activos, pasivos, patrimonio, pasarán en bloque a la Entidad Gestora de Salud y Vida con subrogación de todos los deberes, derechos y obligaciones, en los términos en que lo reglamente el Gobierno nacional”, manifestó.