La Corte Constitucional tumbó la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT) al declarar como inexequible el artículo 162 de la Ley 2294 de 2023, al considerar que el Congreso de la República incumplió los principios fundamentales del trámite legislativo al incluir la norma dentro del Plan Nacional de Desarrollo (PND).
"Declarar la inexequibilidad del artículo 162 de la Ley 2294 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de Vida”", señaló la Corte Constitucional.
En el fallo, el alto tribunal consideró que el Congreso "desconoció los principios de consecutividad e identidad flexible, que dotan de racionalidad y coherencia al trámite legislativo, al incluir la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos mediante una proposición para los debates de las plenarias de Senado y Cámara".
Agregando que la Sala logró verificar que el principio de unidad de materia fue desconocido al momento de incluir la norma en el PND, resaltando que la ley no resulta de carácter instrumental para conseguir lo proyectado y planeado dentro del Plan, sino que lo que busca es una transformación nacional.
De la misma forma, el magistrado Antonio José Lizarazo aclaró que su voto en la decisión tomada por la Corte Constitucional se basa en su propósito de insistir en el que el Alto Tribunal debe ser más estricto en el proceso de análisis y valoración del cumplimiento de las normas.