Carrusel pensional, en el ojo de Agencia del Estado | El Nuevo Siglo
Lunes, 20 de Agosto de 2012

Lupa al proceso que se sigue por el carrusel pensional en el Consejo Superior de la Judicatura, le anunció a EL NUEVO SIGLO Fernando Carrillo, director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado.

“La Agencia ha venido adelantando las gestiones pertinentes para iniciar las acciones judiciales a que haya lugar a efectos de demandar el reconocimiento ilegal de algunas pensiones, como es el caso del denominado carrusel pensional con el fin de salvaguardar el patrimonio del Estado”, declaró Carrillo.

El alto funcionario también expresó que “la Agencia dentro de su papel coordinador ha adelantado diferentes actividades con los sectores de Seguridad Social, Defensa y Justicia conformando grupos de trabajo con el objeto identificar los temas, causas y procesos que generan mayor cantidad litigios, a fin de analizar diseñar e implementar las diferentes políticas y estrategias de defensa que señalen un derrotero a seguir por parte de las diferentes entidades del nivel nacional”.

EL NUEVO SIGLO: ¿Casos de presuntos yerros judiciales como los del recién excarcelado Sigifredo López, que seguramente demandará a la Nación, cuánto le cuestan al país?

FERNANDO CARRILLO:En la actualidad el Sistema Único de Información Litigiosa del Estado reporta 7.583  procesos con corte a 30 de junio de 2012, en contra de la Fiscalía General de la Nación cuya causa es la privación injusta de la libertad, sus pretensiones acumuladas ascienden a 9.826.700.832.892 pesos.

ENS: Ya en el plano más general, ¿hay algún estimativo de las demandas en curso interpuestas contra entidades oficiales por ex secuestrados por las Farc alegando falencias estatales que llevaron a su cautiverio? ¿Qué señalan los fallos al respecto?

FC:En la actualidad el Sistema Único de Información Litigiosa del Estado reporta 174 procesos judiciales relacionados con hechos de secuestro donde sus pretensiones acumuladas ascienden a 489.750.455.752 pesos.

En relación a la pregunta de qué señalan los fallos al respecto, de manera respetuosa le informamos que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado no cuenta con dicha información.

ENS: ¿Con la depuración de la base de datos que prometió arrancar la ADJ, a cuánto asciende realmente el monto de pleitos contra la Nación o las entidades oficiales? ¿Se mantiene el estimativo de pleitos por más de un billón de pesos?

FC:Con las actividades relacionadas con la depuración de la información de la actual base datos de procesos judiciales, se evidenció, por ejemplo, 199.600 procesos registrados, el valor en pretensiones asciende a la suma de 1.281 billones de pesos, figuran 628 procesos que concentran cerca del 93 por ciento valor total de todas las pretensiones y reclamaciones de tipo laboral concentran más del 80 por ciento del número total de procesos judiciales.

Esta información está siendo depurada, actualizada y consolidada con las entidades y organismos del orden nacional con la Agencia, para su efectiva disposición en el Sistema Único de Gestión de Información de la Actividad Litigiosa de la Nación.

ENS: ¿En ese monto total está contemplado el insólito pleito multimillonario interpuesto contra el Incora y el Ministerio de Agricultura por los herederos de Mirócletes Durango Ortiz, que exigen casi 600 billones por casi 2.000 kilómetros cuadrados de tierras en Antioquia? A propósito, se dice que el fallo en este caso es inminente ¿Cómo le irá a la Nación?

FC:En atención a la trascendencia jurídica, social y económica que comporta la decisión del mencionado pleito que la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado, una vez revisada la estrategia de Defensa del caso, ofició al señor Procurador de la Nación para que éste solicitase ante el Consejo de Estado la prelación de fallo en los términos de ley, la cual fue concedida por la Sección Tercera de dicha corporación mediante providencia del pasado 23 de mayo notificada el día 5 de junio, fecha desde la cual nos encontramos a la espera de la decisión definitiva del caso.

ENS: Aparte de ese pleito, a todas luces leonino, ¿cuál ha sido el caso de demandas contra la Nación que más lo ha sorprendido y por qué?

FC:A la fecha, la Agencia ha identificado 600 procesos, cada uno con cuantías superiores a los veinte mil millones de pesos, sobre los cuales nos encontramos revisando las estrategias de defensa adelantadas por las diferentes entidades del Estado, a efectos de establecer las actividades a seguir en cada caso en concreto.

Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que la Agencia para la Defensa Jurídica del Estado tiene como objetivo el diseño de estrategias, planes y acciones dirigidos a dar cumplimiento a las políticas de defensa jurídica de la Nación y del Estado definidas por el Gobierno Nacional; la formulación, evaluación y difusión de las políticas en materia de prevención de las conductas antijurídicas por parte de servidores y entidades públicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos, y sobre todo la dirección, coordinación y ejecución de las acciones que aseguren la adecuada implementación de las mismas, para la defensa de los intereses litigiosos de la Nación. Sin que ello desplace en principio la obligación que tiene cada entidad para tramitar y vigilar sus litigios. Con el apoyo de un comité asesor compuesto por destacados juristas y el apoyo de varios expertos independientes la Agencia está desarrollando políticas de prevención del daño antijurídico en el proceso de toma de decisiones de la administración pública, y estructurando protocolos de defensa jurídica de casos tipo como los de pensiones y analizando líneas jurisprudenciales sobre asuntos críticos como la responsabilidad extracontractual del estado por falta o falla del servicio.

ENS: ¿Qué porcentaje de las demandas tienen posibilidades de llegar a juicio y cuántas podrían ser desechadas por no tener piso jurídico viable?

FC:Cuando se presenta una demanda ante la jurisdicción, corresponde al juez determinar si es viable o no acceder a las pretensiones de los ciudadanos en contra de la Administración Pública, razón por la cual es difícil determinar cuáles podrían ser desechadas, pues depende del desarrollo probatorio y de la estrategia de defensa que se adopte en cada proceso en particular. Sin embargo, como parte de un sistema integrado de manejo de riesgos derivados de acciones judiciales, la Agencia preparará en los próximos meses una metodología de evaluación de dichos riesgos basados en las mejores prácticas internacionales de países de la OECD. Se tratará de una metodología sencilla basada en criterios estandarizados que utilizarán las oficinas jurídicas y de control interno para estimar posibilidades de éxito o fracaso en casos particulares y decidir sobre opciones como la amigable composición o la conciliación. Serán también un insumo valioso para las decisiones de los comités de conciliación.

 

Demanditis

ENS: Así como en penal existe el delito de “falsa denuncia” y castigos de distinta índole a quien produce un desgaste innecesario del aparato judicial, ¿no se podría instituir algo parecido en la jurisdicción contenciosa-administrativa para erradicar la “demanditis aguda” contra el Estado?

FC: Sobre este punto, es necesario tener en cuenta que el Acceso a la Administración de Justicia es un derecho fundamental de las personas, que los habilita para acudir a la jurisdicción a efectos de reclamar las diferentes pretensiones a las que creen tener derecho. Sin embargo, los ciudadanos debe tener en cuenta que el ejercicio de tales derechos no puede ser arbitrario ni abusivo.

A efectos de prevenir el abuso del derecho fundamental de acceso a la Administración de Justicia, el Legislador ha previsto diferentes mecanismos de control como la condena en costas, el juramento estimatorio, la falsa denuncia entre otros que pretenden crear conciencia en los ciudadanos para racionalizarlo e impedir la arbitrariedad en el ejercicio del mismo.

En otros países existen sistemas más severos de castigo contra litigantes frívolos o temerarios diseñados para disuadirlos de intentar ese tipo de acciones. En Estados Unidos los reclamos fraudulentos constituyen un hecho punible con hasta 10 años de cárcel. Sin embargo, un régimen similar en Colombia solo podría ser establecido por el Congreso.

ENS: Desde hace mucho tiempo se sabe que los sectores de seguridad social, judicial, seguridad y defensa concentran gran parte de las demandas. ¿Qué estrategia puntual se está aplicando para hacer frente a esta peligrosa situación?

FC:Al respecto, la Agencia dentro de su papel coordinador ha adelantado diferentes actividades con los sectores de Seguridad Social, Defensa y Justicia conformando grupos de trabajo con el objeto identificar los temas, causas y procesos que generan mayor cantidad litigios, a fin de analizar diseñar e implementar las diferentes políticas y estrategias de defensa que señalen un derrotero a seguir por parte de las diferentes entidades del nivel nacional.

Dicho trabajo se ha adelantado de la mano de las entidades y de expertos en los diferentes temas, que tienen como misión buscar soluciones efectivas para esta problemática, es el caso de las más de 70.000 reclamaciones por  diferencias de IPC en personal de las fuerzas armadas y de policía en retiro antes de 2004 donde actualmente se considera un programa de conciliación masiva basado en una decisión de unificación de jurisprudencia que ya ha sido solicitada al Consejo de Estado.

De igual manera, la Agencia ha venido adelantando las gestiones pertinentes para iniciar las acciones judiciales a que haya lugar a efectos de demandar el reconocimiento ilegal de algunas pensiones, como es el caso del denominado “carrusel pensional” con el fin de salvaguardar el patrimonio del Estado.

Es de notar que se trata de problemáticas que deben ser tratadas de manera conjunta con las entidades reconociendo la autonomía que estas tienen en el manejo de sus asuntos judiciales pero teniendo en cuenta el papel coordinador  de la Agencia dentro de lo que comporta el concepto de Defensa Jurídica del Estado.

ENS: ¿Hay alguna coordinación con el Consejo Superior de la Judicatura para sancionar a quienes integran los llamados ‘carteles de abogados’ que se dedican a demandar a la Nación por cualquier cosa?

FC:Actualmente, la Agencia para la Defensa Jurídica del Estado se encuentra realizando un proceso de adecuación de sus sistemas de información, a efectos de recopilar la información necesaria que permita identificar la presunta comisión eventuales conductas disciplinarias por parte de los apoderados judiciales a fin de solicitar a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el inicio de las investigaciones correspondientes.

 

Acciones de repetición

ENS: ¿Qué tanto ha avanzado el Estado en las acciones de repetición contra funcionarios públicos que, por acción o omisión, llevan a que la Nación sea condenada? ¿El vigilar estos procesos para decomisar bienes y recursos a los responsables de las fallas en lo público no debe ser también una función de la ADJ?

FC:Sobre este punto, es necesario poner de presente que de conformidad con la normatividad vigente la competencia para iniciar las acciones de repetición recae en primer lugar en las entidades que fueron condenadas por la jurisdicción, quienes a través de sus comités de conciliación examinan si hay lugar o no a la interposición de la demanda contra el funcionario o exfuncionario que por su dolo o culpa grave haya dado lugar a la condena contra el Estado.

Es por lo anterior, que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado solo podrá iniciar dichas acciones de manera residual, cuando la entidad condenada no inicie la repetición habiendo lugar a ello.

De todos modos en este momento la Agencia está diseñando las estrategias jurídicas, administrativas y legales que permitan realizar un seguimiento al debido ejercicio de acción de repetición por parte de las entidades del orden nacional para la recuperación de dineros públicos por ésta vía.

ENS: Y hablando de la debilidad que caracterizaba la defensa jurídica de las entidades públicas demandadas ¿la contratación de abogados externos para llevar procesos no terminó también convertida en un foco de corrupción y desgreño administrativo en muchos procesos?

FC:La contratación de abogados externos no es una mala práctica sino que en muchos casos es conveniente o necesaria. Sin embargo en el ejercicio de sus funciones la Agencia está preparando una política general de selección y evaluación de apoderados externos orientada a garantizar su idoneidad e imparcialidad en la defensa de lo público y para reducir los riesgos de corrupción o desgreño que Ud. menciona. Esta política será  consultada con las principales instituciones que utilizan esta modalidad de defensa jurídica y se basará en las mejores prácticas del sector privado que favorecen la transparencia en el proceso de selección, la comprobación de las calidades personales y profesionales que la justifican, la evaluación periódica del desempeño de los así  contratados, y la prevención de conflictos de intereses.

ENS: ¿Cómo evitar que personas que han demandado al Estado alegando ser víctimas de la violencia por parte de agentes estatales o por omisión de éstos, también busquen indemnización o reparación por el lado de la Ley de Víctimas o de la Reparación por vía administrativa? ¿Se han detectado casos en este aspecto?

FC:Sobre este punto, se debe tener en cuenta que la Ley de Víctimas prevé la posibilidad de que por vía de indemnización administrativa se celebren transacciones en las que manifiestan de manera voluntaria que el pago recibido incluye la totalidad de las sumas que deben ser reconocidas por concepto de su “victimización” con el objeto de precaver futuros conflictos judiciales. Sin embargo, en los eventos en que esto no se realice y las víctimas acudan a la jurisdicción de lo contencioso administrativo vía acción de reparación directa, el Juez al momento de proferir condena deberá tener en cuenta el monto de la indemnización que por vía administrativa se haya otorgado al demandante.