Defensa emotiva | El Nuevo Siglo
Sábado, 31 de Diciembre de 2016

El drama humano de quien infringe la ley es algo que conmueve incluso a quienes tienen el corazón duro. También debe conmover a quienes fríamente tienen que aplicar la ley en forma ciega. No deben caber consideraciones de clase alguna, salvo las de respeto a la ley. El derecho a la defensa, que tiene que ser uno de los  fundamentales, como es el de verificar y en cierta manera ayudar a la justicia a verificar que la conducta examinada viola o no las normas que establecen el castigo o penas por  las conductas examinadas.

El exministro Andrés Felipe Arias tal como lo conoce el país, es un muchacho inteligente, despierto, vivo y ambicioso; también muy leal y dedicado con alma, vida y sombrero como dicen nuestros campesinos, a  Álvaro Uribe, pero caído ahora en desgracia por circunstancias que lo pusieron en manos de la justicia que lo condenó a una pena  que él ha calificado de política, por lo cual se considera un perseguido ídem. Antes de conocer formalmente su condena resolvió ausentarse del país y pedir asilo en un país amigo como es Estados Unidos y allá ha vivido las condiciones de inmigrante con la espada de Damocles encima como es la condena vigente y no cumplida en Colombia. No ha tenido hasta ahora éxito alguno en su solicitud de asilo; la justicia colombiana trata de que todo ciudadano condenado conforme a las leyes vigentes, cumpla con la sentencia que se le ha impuesto.

Ha solicitado entonces al poder ejecutivo que le solicite por la vía adecuada como es el Ministerio de Relaciones Exteriores al país en donde está el sentenciado Arias,  se sirva interponer sus acciones gubernamentales con el objeto de poner al ausente a su cuidado y disponer lo necesario a efectos de que venga a cumplir su condena. No ha habido respuesta alguna a esta solicitud no del poder ejecutivo colombiano sino del judicial por su intermedio.

No se puede entonces hablar con propiedad de persecución política del Presidente Santos; si no lo hace bien puede el Poder Judicial llamarle la atención, por lo menos, por no cumplir una  solicitud suya. Pero como si no fuera poca la desgracia de Arias, un juez de Estados Unidos resolvió arrestarlo, situación que  ya fue superada. Ante la solitud de libertad que le fueron presentadas al juez, ésta se abstuvo de considerarla por haber evadido la acción de la justicia de este país. ¿Es extradición la acción que está pidiendo Colombia, o la cooperación de un país amigo conducente a obtener que un evadido de la justicia colombiana venga a cumplir?

En el campo de la propia defensa ante el convencimiento del condenado de su propia inocencia todos los recursos legales son válidos. Los argumentos de oídas no son válidos judicialmente.  Incluso los emotivos con los cuales nos regala el reportaje de Semana son válidos pero en visita. Declararse perseguido político de la Corte Suprema y del Presidente Santos, significa la unión de dos de los tres poderes públicos coaligados en su contra. ¿Hay registro en la historia de Colombia de algo de esta naturaleza?