¿Boda cancelada por la crisis? Vea cómo recuperar su inversión | El Nuevo Siglo
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Sábado, 25 de Abril de 2020

LA SITUACIÓN por el coronavirus y la declaración del Estado de emergencia nos está dejando numerosas cancelaciones de eventos en un sinfín de ámbitos. Uno de ellos, las bodas. Todas esas parejas que se han visto en la obligación de cancelar su celebración con motivo de esta pandemia se preguntan si recuperarán su dinero ya desembolsado, por ejemplo, de trajes, fincas, catering o restaurantes, además del viaje reservado para disfrutar de la luna de miel.

Le interesará saber que portales como “Reclamador.es”, una plataforma online de servicios legales, explica qué pueden recuperar todos esos contrayentes que han visto durante estas semanas sus planes de boda truncados, pues tan solo entre marzo y abril, según han indicado desde ese sector, se han cancelado unas 17.000 bodas.

Para dar respuesta a las principales cuestiones que se están planteando todas las parejas que han tenido que cancelar su boda por el Estado de emergencia decretado en varios países con motivo del coronavirus, “reclamador.es” señala que se debe tener en cuenta que el pasado 31 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 11/2020, en el que se modifica el artículo 36 de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, que también es aplicable a ese día tan especial. Por eso vea a continuación algunas sugerencias para evitar pérdidas en esta celebración.

Catering, finca y restaurante

El catering, finca o restaurante suele ser el desembolso más elevado en las celebraciones. Debido a ese elevado coste, las empresas contratadas para este fin suelen pedir a los contrayentes un adelanto como reserva, que en muchas ocasiones se llegaría a perder si la pareja decide no celebrar el evento. Si bien, al tratarse de una circunstancia extraordinaria, en la que están prohibidos este tipo de actos sociales, los contrayentes que se hayan visto obligados a cancelar la celebración de su unión, pueden recuperar el dinero desembolsado en concepto de reserva o pago adelantado de la finca, restaurante, comida, etc.

Pero explican en el portal web que, lo que dice la nueva regulación es que esa devolución, que implica la no celebración del evento, solo tendrá lugar cuando no existan alternativas, como, por ejemplo, el aplazamiento de la fecha e incluso, un bono o vale sustitutorio del precio. Existe un plazo de 60 días para intentar llegar a un acuerdo y si no se alcanza, recalca la plataforma online de servicios legales que, entonces deberán devolver el dinero en el plazo de 14 días, descontándose los posibles gastos en que hubiera incurrido el restaurante o finca, siempre que sean justificados.

Lo cierto es que muchas de las parejas que tenían previsto celebrar su boda en este periodo del Estado de emergencia están aplazando la fecha para más adelante. Si esto es así, la recomendación es hablar con la empresa contratada para que el anticipo por reserva se mantenga y se reste del precio final acordado una vez se celebre el evento.

Fotografía y video

Lo mismo puede suceder con el fotógrafo. Si bien, este tipo de servicios estaba acompañado con un book pre-boda que, de haberse realizado, la empresa de fotografía deberá descontar de las cantidades a devolver.