Las comisiones económicas conjuntas (terceras y cuartas de Senado y Cámara) discutieron en primer debate la iniciativa que busca aprobar el Presupuesto General de la Nación por un valor total de $350,4 billones, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2022.
Sin embargo, en esta ocasión, la lupa estuvo centrada en dos de los 126 artículos que componen la iniciativa, que ahora pasa a segundo debate. El primero, el artículo 104, que propone que durante el próximo año se permita el traslado de afiliados de fondos de pensiones privados a Colpensiones.
Y el otro punto de discusión fue el artículo 125, que modificaría la Ley de Garantías, al permitir que “las entidades del orden nacional y las entidades territoriales podrán celebrar convenios administrativos e interadministrativos para la ejecución de recursos públicos”.
Al pasar el primer debate, explicamos con detalle cada uno de estos artículos.
Traslado de pensiones
1. ¿Quiénes podrían hacer el traslado de pensiones?
Se permitiría el traslado de afiliados del Régimen de Ahorro Individual a cargo de las Administradoras de Fondo de Pensiones al Régimen de Prima Media, siempre que sean hombres mayores de 52 o mujeres mayores de 47 años.
2. ¿Existe un mínimo de semanas?
Sí. Que hayan cotizado como mínimo 750 semanas al Régimen de Prima Media.
3. ¿Cuántas personas de los fondos privados se podrán pasar a la administradora del Estado?
Con esta norma se calcula que 32 mil afiliados de los fondos privados podrán trasladarse a Colpensiones. Según el Ministerio de Hacienda el impacto fiscal por ese traslado extraordinario será de $3.8 billones de pesos.
4. ¿En qué momento se podrá hacer el traslado?
Esto solo aplicaría en la vigencia de 2022.
5. ¿A quiénes les conviene salir y a quiénes no?
Según Santiago Montenegro, presidente de Asofondos, el gremio que reúne a los fondos de pensiones, en el caso particular de las mencionadas propuestas, cálculos de la entidad muestran que a 4 de cada 5 personas no les convendría trasladarse. ¿Por qué? Las cifras de afiliados que cumplen los requisitos de tener por lo menos 750 semanas cotizadas en el régimen público, muestran que 73,4% de ese grupo de trabajadores tiene ingresos entre 1 y 2 salarios mínimos “para ellos, la mejor opción es seguir con sus fondos de pensiones, puesto que con menos tiempo cotizado (22 años) tendrán idéntica o similar mesada que en Colpensiones donde se exigen 25 años de cotizaciones”.
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Y agrega, para el caso de la propuesta gubernamental queda planteado que a personas de ingresos más altos se les entregarían subsidios con un costo estimado por el Ministerio de Hacienda en $3,8 billones. “El traslado sería conveniente justamente para personas de mayores ingresos, quienes representan menos del 40% de aquellos que tendrían las condiciones para proceder con el traslado”, explicó Montenegro.
6. ¿Qué otro beneficio tendría quedarse en el fondo de pensiones?
Desde hace 27 años las empresas administradoras de fondos de pensiones gestionan el ahorro de más de 17’.5 millones de afiliados, de ellos, 80% son jóvenes menores de 45 años. El ahorro de estos trabajadores supera los $340 billones, de los cuales el 60% corresponde a rendimientos generados por las administradoras.
Este régimen, según Montenegro, le conviene al 95% de los trabajadores que están en el sistema de pensiones, toda vez que logran su pensión vitalicia más fácilmente (1.150 semanas cotizadas o capital ahorrado) y tienen más beneficios, uno de ellos, en caso de no lograr requisitos para pensión, las devoluciones del ahorro (aportes más rendimientos) han sido mayores en este régimen, hasta siete veces más que en Colpensiones.
“De hecho, hay casos de algunas personas cercanas a los 60 años que, aunque tienen las 750 semanas cotizadas, estarían muy lejos de las 1.300 semanas exigidas en la administradora del Estado para alcanzar una pensión, esto implica que tendrían que cotizar poco más 10 años de forma continua. Y en tal caso, sin lograr pensión en la administradora del Estado les van a devolver la séptima parte de la plata de su ahorro pensional. En el fondo privado tendrían más chance de pensionarse y si no, les devolverían hasta siete veces más plata”, puntualizó.
7. ¿Cuántas personas logran pensionarse en Colombia?
Nueve de 10 trabajadores no logran pensionarse en el sistema colombiano por las fallas del mercado laboral; de hecho, al llegar a la edad de pensión un trabajador, en promedio, solo logra 10 años cotizados”, explicó Montenegro.
8. ¿Cómo tomar la mejor decisión?
La invitación del sector es que los trabajadores hagan su doble asesoría y analicen con cabeza fría el régimen que más les conviene.
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Ley de Garantías
En cuanto al artículo 125, este habla de la Ley de Garantías que debe empezar a regir a mediados de noviembre y que restringe la posibilidad de contratación pública, nombramientos de cargos oficiales, inauguraciones de obras y otras actividades que puedan llegar a ser utilizadas con fines proselitistas.
1. ¿Cuál sería la modificación que incluye el Presupuesto en esta norma?
“A partir de la publicación de la ley, suspéndase el inciso primero del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 y, en consecuencia, las entidades del orden nacional y territorial podrán celebrar convenios administrativos e interadministrativos para la ejecución de recursos públicos”.
2. ¿Por qué lo defiende el senador Ciro Ramírez?
Según él, con esto no se va a evadir las normas sobre la transparencia en los procesos de contratación pública. “Para no frenar el desarrollo de los territorios se quiere modificar un parágrafo de la Ley de Garantías que permita los convenios interadministrativos entre alcaldías, gobernaciones y Gobierno nacional. De otra manera, estas administraciones tendrían que tener los convenios interadministrativos antes del 13 de noviembre y después solo se podría con el siguiente Gobierno porque la Ley de Garantías se acabaría en junio y el presidente se va el 7 de agosto”.
3. ¿Qué dicen los que están en contra de esa modificación?
La negativa a este artículo del presupuesto general lo expresó, entre otros, el senador del Polo Democrático, Iván Cepeda, quien sostuvo que “el intentar que la Ley de Garantías no opere es ni más ni menos que una especie de licencia para que se utilice la contratación estatal con fines electorales por parte del uribismo y del actual Gobierno. Esa propuesta es demostrativa que el Gobierno de Iván Duque no da garantías para que el certamen electoral del 2022 transcurra de manera transparente y segura”.