Pensiones: aumento de edad debe ser gradual | El Nuevo Siglo
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Martes, 10 de Abril de 2018
Redacción Economía

La reforma pensional en Colombia parece inminente y por ello, todo el tiempo surgen fórmulas para llevar a cabo, considerando siempre el aumento de edad para obtener el beneficio.

Colpensiones debería empezar a construir su Fondo de Garantía para Pensión Mínima (FGPM), y también proceder con criterios de transparencia para las AFP.

Este esquema tendría la virtud de actuar sin alterar las reglas del juego del origen y propósito inicial de los recursos del FGPM, mantieniendo una competencia AFP-Colpensiones, la cual por fin, sería equitativa una vez se reduzcan los subsidios paramétricos que hoy se dan en Colpensiones en montos superiores a un Salario Mínimo Legal.

En particular, el FGPM deberá destinar recursos a completar las pensiones de AFP, evitando discrecionalidad por parte del Ministerio de Hacienda. Por ejemplo, en el caso de cotizantes de dos Salarios Mínimos Legales, dicho subsidio podría llegar a ser de unos $84 millones.  Si fueran cotizantes de un Salario Mínimo Legal, el subsidio se elevaría hasta $132 millones.

Un análisis de la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (ANIF) señala, que sobre este debate parece existir relativo consenso en que la política óptima en materia de reforma pensional pasa por tres elementos vitales.

El primero es ajustar al alza la edad de pensión, pero de forma muy gradual; esto quiere decir que las mayores edades entrarán a regir de forma gradual hacia el 2029 y solo para aquellas mujeres que tengan hoy menos de 47 años y 52 años en los hombres.  En segundo lugar, ajustar a la baja los beneficios pensionales que se calculan mediante la llamada Tasa de Reemplazo. Como tercera medida, hay que ajustar a la baja la garantía de pensión mínima, probablemente hacia un 75% de un Salario Mínimo Legal, tal como ocurre hoy en Chile.

 

Mejor cobertura

Uno de los problemas de baja cobertura en rentas vitalicias ha tenido que ver con la elevada informalidad laboral, la cual se traduce en bajas densidades de cotización.

Éstas impiden alcanzar los requisitos de tiempos mínimos de cotización, cercanos a los 25 años en Colpensiones o de 22 años en AFP, o montos mínimos de ahorro (cercanos hoy a los $180 millones en las AFP), para así poder financiar una “renta vitalicia”.

Es imposible reducir esos tiempos mínimos de cotización en Colombia (que en Europa bordean los 30-35 años), pues ello implicaría agravar los faltantes fiscales o comprimir aún más la Tasa de Reemplazo.

Deben entonces hacerse prontos esfuerzos estructurales para aligerar las pesadas cargas no-salariales provenientes del mercado laboral y de la seguridad social.

Recientemente, hasta el FMI mencionó la importancia de eliminar el 4% de la nómina destinada a las Cajas de Compensación Familiar y claramente la UGPP debe cesar sus extralimitaciones como cobradora de una “impo-riqueza” que ya expiró con la Ley 1819 de 2016, sostuvo la ANIF.

También parece existir relativo consenso en que, de forma paralela a estas reformas paramétricas-pensionales, se requiere urgentemente asegurar una mejor cobertura pensional en las pensiones de menor monto. 

Pero aquí las propuestas sí difieren tanto en enfoque como en procedimientos. La postura de ANIF a este respecto, ha sido que no se requiere inventar un esquema diferente al ya existente en materia del FGPM, pues alternativas que busquen monopolios a favor de Colpensiones en lo que tiene que ver con trasladar allí forzosamente a todos los cotizantes en un pilar-básico de un SML, pondrían en serio riesgo el crecimiento del ahorro privado de las AFP.