La soberanía colombiana | El Nuevo Siglo
Martes, 24 de Abril de 2012

* Litigio con Nicaragua

* El legado de Holguín

La soberanía de Colombia en San Andrés y Providencia nos viene desde tiempos coloniales, cuando por Real Orden de 1803 el Rey de España dispuso que esas islas pasaran al dominio de la Nueva Granada. Según la doctrina que predica el Libertador Simón Bolívar, del uti possidetis iure, en el momento de la Independencia, esas islas y los cayos forman parte de nuestro territorio. Sin contar que mucho antes desde Cartagena en tiempos coloniales salen los barcos de guerra que defendieron o expulsaron a los aventureros foráneos que intentaron apoderarse de las islas. Por cuenta de nuestra soberanía en la zona se firma el Tratado de 1825 con Centroamérica. Al desintegrarse la unidad centroamericana se presentaron roces en la región por las maniobras de Inglaterra que apoya a un indígena que se proclama Rey de la Mosquitia, reinado que se pretendía instaurar en territorio colombiano y que el país en distintos gobiernos defendió con resolución y argumentos legales. Las discrepancias con los EE.UU. por la explotación del guano en los cayos de Roncador y Quitasueño, después de varias negociaciones se resuelven favorablemente para Colombia, al reconocer esa potencia nuestra soberanía.

A finales del siglo XIX el ministro Jorge Holguín, esgrimió argumentos legales, dialécticos y diplomáticos para rechazar la ofensiva nicaragüense de Isidro Urtecho de apoderarse de San Luis del Mangle. El carácter y razonamiento del ministro Holguín, siguen vigentes hasta hoy. Dijo entonces el ministro: “Colombia ha sostenido, sostiene y seguirá sosteniendo, hasta la consumación de los siglos, que las islas del Archipiélago de San Andrés, formado por tres grupos de islas que se encuentran diseminadas desde las Costas de Centroamérica, frente a Nicaragua, hasta el cayo o bajo de Serranilla que demora entre los 15 º 52, de latitud norte, 80º 20, longitud oeste del meridiano de Greenwich, formado el primero de este grupo de islas de Providencia y Santa Catalina y los bancos de Roncador, Quitasueño, Serranilla y Bajonuevo, formando el segundo las islas de San Andrés y los cayos de Alburquerque, Courtown Bank y otros de menos importancia y componiendo el tercero la isla de San Luís del Mangle, Como Mangle Grande, Mangle Chico y los cayos de Perlas, así como la Costa de Mosquito, son de su propiedad y le pertenecen por herencia, en virtud del uti possidetis”.

A la defensa de Jorge Holguín se suma, entre otros, la del erudito diplomático Raimundo Rivas, que indujo a Nicaragua a reconocer nuestra soberanía y derechos en la región, puesto que demostró que desde el emperador Carlos V por Real Cedula de 1537 “se puso la Provincia de Veraguas, bajo la jurisdicción del gobierno de Tierra Firme” léase Nueva Granada. Frente al hecho de nuestra indiscutible soberanía se acuerda en 1928 el Tratado Esguerra-Bárcenas, entre Colombia y Nicaragua, en el cual se fija por sugerencia del Congreso de ese país el Meridiano 82, una línea imaginaría en el mar entre los dos países. En ese mismo tratado, como antes lo habíamos hecho con Costa Rica en el siglo XIX, le cedimos nuestra costa en el mar Atlántico a cambio de nada. Cuando el gobierno de Daniel Ortega, violando los tratados aprobados por los gobiernos y los congresos de ambas naciones, resolvió incoar una demanda en la Corte Internacional de Justicia de La Haya, para reclamar las islas de San Andrés y Providencia, junto con los cayos y otras posesiones, ese alto tribunal no estaba facultado para aceptar ni dirimir el pleito, puesto que el tratado y los acuerdos eran anteriores a la creación del mismo. Colombia podría haber defendido esa postura o reconocer la nulidad del tratado y exigir que en esa condición las cosas volvieran a como estaban en 1928, es decir, que nos devolviesen la costa en el Atlántico. La diplomacia derivó de otra manera y se siguió la rutina del pleito internacional en su compleja evolución.

Después, la Corte Internacional falló a favor de Colombia en cuanto a la soberanía de San Andrés y Providencia, junto con los cayos y otras zonas. Y dejó en claro que era competente en el “diferendo de otras formaciones marítimas” y “sobre el diferendo relativo a la delimitación marítima entre ellas”. Ya se sabe, pues, que San Andrés, Providencia y Santa Catalina no están en juego. A lo que desde el principio apostó Nicaragua, pidiendo lo más para obtener lo menos -que en este caso es lo más valioso- por las reservas que se supone existen de crudo, es al mar y sus derechos en 50.000 Km.2. Con miras a ese objetivo estratégico pretende que las islas e islotes colombianos se transformen en enclaves en su mar. Está claro, además, no solo por la delimitación con Costa Rica y Honduras, sino por el ejercicio vernáculo y permanente de Colombia sobre ese mar, que ello corresponde al país. Por el contrario, trazada la línea media desde San Andrés y Providencia hacia el continente, se espera que muchos de los islotes adicionales que hay hasta la costa Mosquitia retornen al país.