Un fallo ejemplarizante | El Nuevo Siglo
Miércoles, 17 de Abril de 2024

La figura del abatido capo del narcotráfico Pablo Escobar genera cada tanta controversia. Entre las últimas, por ejemplo, están las discusiones en Medellín en torno a algunos operadores turísticos informales que ofrecen una especie de “tours” a extranjeros en donde el tema central es la vida, muerte y principales escenarios de los hechos delictivos cometidos por el otrora jefe del Cartel de Medellín, principal causante del narcoterrorismo en Colombia en la década de los 80 y 90, que dejó miles de muertos.

La banalización y comercialización de la figura de Escobar, incluyendo las marcas de ropa y otros productos inspirados en su larga carrera delictiva, ha sido fuertemente criticada en nuestro país, no solo por las víctimas de sus crímenes, sino por muchos sectores que consideran que se incurre en una especie de apología del delito y tergiversación de los valores humanos más fundamentales.

Incluso las series televisivas y cinematográficas que se han realizado sobre Pablo Escobar han generado hondo debate entre la ciudadanía y llegado a los estrados judiciales por las demandas y recursos de algunas personas y juristas que consideran inconveniente y atentatorio con la memoria de las víctimas y el país dar semejante vitrina a quien está considerado entre los criminales más peligrosos y sanguinarios en la historia nacional e internacional.

Un elemento determinante se sumó ayer a esa discusión. El Tribunal General de la Unión Europea, que tiene sede en Luxemburgo y es una de las más altas instancias judiciales a nivel de ese bloque multinacional, falló a favor de la Oficina de Protección Intelectual de la Unión Europea, que se había negado a registrar esa marca por juzgarla “contraria al orden público y a las buenas costumbres”.

La causa había sido elevada a ese tribunal por una empresa de Puerto Rico que había solicitado fallidamente a la citada Oficina registrar el “signo denominativo” Pablo Escobar como marca de la Unión en 2021 con miras a vender varios productos y servicios en España.

Ante la negativa de la agencia, según indicaron ayer los reportes de prensa internacional, la compañía presentó un recurso, estimando que se estaba vulnerando el derecho a la presunción de inocencia de Pablo Escobar, que nunca fue condenado penalmente.

El Tribunal, obviamente, no aceptó el recurso y, por el contrario, recalcó que en España Pablo Escobar es percibido públicamente como símbolo de la delincuencia organizada, responsable de numerosos delitos, tráfico de drogas y narcoterrorismo, “así como con los crímenes y el sufrimiento derivados de ellos, más que con sus posibles buenas obras a favor de los pobres en Colombia”, como defendían los promotores de la marca. Un fallo ejemplar.