Consejo de Estado examinará los decretos de emergencia | El Nuevo Siglo
Foto Diana Rubiano/ El Nuevo Siglo
Domingo, 29 de Marzo de 2020
Redacción Nacional

A pesar de que el Consejo Superior de la Judicatura suspendió hasta el próximo 12 de abril los términos de las actuaciones judiciales en procura de proteger la salud de servidores judiciales y usuarios de la justicia por efecto de la crisis que se presenta en el país por el coronavirus, decidió levantarla para el caso del Consejo de Estado y los tribunales contencioso administrativos, con el fin de que puedan hacer control de legalidad a las normas expedidas por las autoridades nacionales, departamentales, distritales y municipales en el marco del Estado de Emergencia decretada por el Gobierno nacional.

De igual manera la semana pasada la Corte Constitucional sesionó virtualmente con sus nueve magistrados, debido a la cuarentena que prohíbe salir de la casa hasta el próximo 13 de abril con el fin de frenar la propagación del coronavirus. Así inició el control automático al Decreto 417 de 2020, por medio del cual el presidente Iván Duque declaró el Estado de Emergencia para tomar las medidas necesarias y enfrentar esta pandemia.

Además la Corte Constitucional asignó ponentes para iniciar el examen de exequibilidad de 14 decretos que ha expedido el presidente Duque al amparo del Estado de Emergencia.

Como consecuencia desde ya el Consejo de Estado puede hacer el estudio de legalidad de estos decretos que dicte el Gobierno nacional en el marco de la Emergencia ordenada a propósito de la crisis sanitaria.

A su vez, los tribunales administrativos de los distintos distritos judiciales del país podrán adelantar el juicio respectivo a los decretos que dicten las autoridades locales por motivo de esta emergencia.

El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece en su artículo 136 el control inmediato de legalidad, lo cual implica que las medidas de carácter general que sean dictadas en ejercicio de la función administrativa y como desarrollo de los decretos legislativos durante los Estados de Excepción, tendrán un control inmediato de legalidad, ejercido por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en el lugar donde se expidan, si se tratare de entidades territoriales, o del Consejo de Estado si emanaren de autoridades nacionales.

Agrega que las autoridades competentes que los expidan enviarán los actos administrativos a la autoridad judicial indicada, dentro de las 48 horas siguientes a su expedición. Si no se efectuare el envío, la autoridad judicial competente aprehenderá de oficio su conocimiento.

Decretos

Uno de los decretos expedidos por el Gobierno nacional que pasará por la lupa del Consejo de Estado es el 444 del 21 de marzo de 2020,  a través del cual creó el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) para garantizar la plata necesaria para atender las necesidades generadas por el covid-19, priorizando los requerimientos del sector salud.

Este Decreto fue motivo de polémica debido a que permite al Gobierno acudir a título de préstamo de los recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), lo que causó malestar en varios alcaldes y gobernadores, especialmente porque entre sus disposiciones establece que los recursos del FOME se podrán utilizar también para “efectuar operaciones de apoyo de liquidez transitoria al sector financiero a través de transferencia temporal de valores, depósitos a plazo, entre otras". Así como “proveer directamente financiamiento a empresas privadas, públicas o mixtas que desarrollen actividades de interés nacional".

La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, dijo que es “inaudito que el Gobierno nacional se aproveche de emergencia económica para autoprestarse recursos de los entes territoriales para dárselos a bancos y empresas. Abuso absurdo que además nos disminuye recursos que deben ser para la salud y el cuidado de la gente y los hogares”.

Mientras que el viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, dijo que “ninguno de los recursos que se están asignando son para la banca. Nosotros estamos dándoles recursos a los ciudadanos que más lo necesitan. Nadie está saliendo a salvar un banco”.

Otro de los decretos presidenciales que pasará por el tamiz del Consejo de Estado es el 482 de marzo de este año, el cual entre otras establece que durante el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica se permite operar el servicio público de transporte automotor en la modalidad de pasajeros por carretera ­ intermunicipal, con fines acceso o de prestación de servicios salud; y a personas que requieran movilizarse y sean autorizadas