Destituyen e inhabilitan a cinco militares por muerte de Dimar Torres | El Nuevo Siglo
Martes, 11 de Agosto de 2020
Redacción Web

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó este martes a cinco miembros del Ejército Nacional por el asesinato del desmovilizado Dilmar Torres, en hechos ocurridos el 22 de abril de 2019 en la vereda Carrizal, municipio de Convención (Norte de Santander).

El organismo de control disciplinario sancionó con destitución e habilidad general por 20 años al coronel Jorge Armando Pérez Amézquita, comandante del Batallón de operaciones terrestres No. 11 del Ejército Nacional, como “determinador, provocador instigador de la muerte" de Torres.

Similar suerte corrió el cabo segundo Daniel Eduardo Gómez Robledo, destituido e inhabilitado por 14 años, al encontrar que "fue el autor material del crimen”, según señaló el Ministerio Público.

También fueron objeto de sanción tres soldados adscritos a la compañía Alabarda Cuatro, de dicho batallón, Cristian David Casimilas Pulido, William Andrés Alarcón Castrillón y Yorman Alexánder Buriticá Duarte, como cómplices de la conducta delictiva.

Desmovilizado

Torres, desmovilizado de la lucha guerrillera y dedicado a las labores del campo tras su reincerción en el marco de los acuerdos de paz entre el gobierno y las Farc, estaba catalogado como persona protegida conforme a las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

El exguerrillero fue erradamente responsabilizado de la muerte del soldado Paul Emilio Borja García, que el 12 de abril de 2019 falleció cuando pisó un campo minado, siendo ex-Farc señalado de ser explosivista de Eln, que delinque en esa región.

A partir de documentos y testimonios, la Procuraduría demostró que el teniente coronel Pérez, pese a su condición de oficial superior y su deber de garantizar el derecho a la vida ,así como el acatamiento al DIH, la constitución y las leyes, habría buscado vengar la muerte del soldado Borja.

Pérez impartió órdenes a sus subalternos para identificar al posible responsable de la muerte del militar, y “desde un comienzo hizo explícita su intención de no judicializarlo sino de matarlo”.

Ejecutores

En el caso del cabo segundo Gómez Robledo, el ente de control estableció que fue quien retuvo, requisó y luego disparó a la espalda y a la cara de Torres Arévalo con su fusil de dotación. Posteriormente obtuvo ayuda para ocultar el cuerpo y la motocicleta donde viajaba el exintegrante de las Farc, y seguidamente preparó la coartada del forcejeo.

A juicio del ente de control el disciplinado era tan consciente del carácter delictivo de su conducta que hasta se ocupó de grabar conversaciones en las que su determinador, el coronel Pérez Amézquita hacía afirmaciones comprometedoras para ambos.

Con respecto de los soldados profesionales la Procuraduría encontró probado que, sin ninguna justificación, conscientes e intencionalmente prestaron colaboración al cabo segundo Gómez Robledo para ocultar el cuerpo sin vida y la motocicleta de Torres en zona boscosa, al lado de la vía veredal donde fueron hallados, y además para lavar las huellas de los hechos.

Para el Ministerio Público con el comportamiento de los uniformados “es claro que la expectativa de la sociedad, en relación con el quehacer funcional de los miembros del Ejército Nacional, se ve traicionada cuando cualquiera de ellos, prevalido y abusando de su cargo y de la función derivada del mismo, utiliza su investidura para cometer homicidio de una persona protegida”.

En fallo de primera instancia la Procuraduría calificó la falta de los disciplinados como gravísima a título de dolo, por incurrir en graves violaciones al DIH. Contra esta decisión los apoderados de los disciplinados presentaron recurso de apelación que será resuelta en segunda instancia por la Sala Disciplinaria de la Entidad.